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  • #12711 Agradecimientos: 0
    Mikonos
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    julio 2004


    Hola, tengo una duda, sería necesario poner parada de emergencia en una máquina neumática? un taladro fijo neumático?
    En el momento que quitas las dos manos, el taladro se para y se abre, y además la velocidad de trabajo es muy lenta.
    Muchas gracias.

    #143171 Agradecimientos: 0
    Leo9
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    febrero 2007


    Está protegida el area para el trabajo con resguardos y protecciones, en caso negativo es obligatorioLa parada de emergencia en las máquinas o equipos de trabajo puede ser obligatoria: RD 1215/1997 ANEXO I, 1, 3.

    Artículo 2. Definiciones
    A efectos del presente Real Decreto, se entenderá por:

    Equipo de trabajo: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el traba

    Anexo I: Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo
    1. Disposiciones mínimas generales aplicables a los equipos de trabajo

    3.-Cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad.
    Cada puesto de trabajo estará provisto de un órgano de accionamiento que permita parar en función de los riesgos existentes, o bien todo el equipo de trabajo o bien una parte del mismo solamente, de forma que dicho equipo quede en situación de seguridad. La orden de parada del equipo de trabajo tendrá prioridad sobre las órdenes de puesta en marcha. Una vez obtenida la parada del equipo de trabajo o de sus elementos peligrosos, se interrumpirá el suministro de energía de los órganos de accionamiento de que se trate.
    Si fuera necesario en función de los riesgos que presente un equipo de trabajo y del tiempo de parada normal, dicho equipo deberá estar provisto de un dispositivo de parada de emergencia.

    #143172 Agradecimientos: 0
    Estonohayquienloarregle
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    septiembre 2006


    A) Si la máquina tiene ddeclaración de conformidad CE, NI SE TE OCURRA modificar absolutamente nada de nada sin antes ponerte en contacto con el fabricante, ya que al modificar la máquina o cualquiera de sus elementos, dispositivos, resguardos, etc, etc, la conformidad no es válida.

    B) Si la máquina no tiene CE y debes adecuarla al 1215/97, sólo tendrías que recurrir a parada de emergencia si así mejoras las condiciones de seguridad de la máquina; en tu caso, si consigues con ello un tiempo de parada netamente más corto que el que se obtiene mediante la parada normal.

    Te recomiendo leas los comentarios al respecto de la Guía del INSHT del 1215/97. Y sobre todo, algo que parece que hemos obviado todos: con la adecuación al 1215/97 no se pretende aplicar a los equipos en servicio los mismos criterios de seguridad que a los equipos nuevos sujetos al marcado CE.

    Recomiendo encarecidamente leer la Guia del INSHT. Se puede descargar desde la página del Instituto y no tiene desperdicio.

    Saludos.

    #143173 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Se podría llega a justificar la no colocación de determinada protección colectiva debido a la imposibilidad técnica por el propio proceso productivo y al bajo nivel de riesgo pero nunca se podría justificar la no adopción de medidas de emergencia (en este caso parada de emergencia) por estos motivos.

    La razón, pues que una situación de emergencia siempre es posible (a no ser que hayas eliminado completamente el riesgo mediante un diseño intrínsecamente seguro o mediante protecciones colectivas) con lo cual ante esa situación no tendrías ningún medio para detener dicha emergencia con lo que el daño ocasionado se agravaría.

    #143174 Agradecimientos: 0
    Leo9
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    febrero 2007


    La máquina está en fase de construcción o ya está fabricando, es decir, ha sido construída ya, o ya estás funcionando en la fábrica.
    En el caso de que esté funcionando Estonohayquienloarregle tiene ración. RACIÓN, si.

    #143175 Agradecimientos: 0
    Estonohayquienloarregle
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    septiembre 2006


    Si la parada de emergencia no reduce el tiempo de paro con respecto a la parada normal del equipo, no se justifica su adopción. Insisto: comentario al punto 1.3 del Anexo Idel RD 1215/97 de la Guia del INSHT.

    Y vuelvo a insistir:
    Obsevación preliminar del Anexo I del 1215/97:
    “En el caso de los equipos de trabajo que ya estén en servicio a la fecha de entrada en vigor de este RD, la aplicación de las citadas disposiciones no requerirá necesariamente la adopción de las mismas medidas que las aplicadas a los equipos nuevos”

    Leed los comentarios a la observación preliminar de dicho Anexo en la Guia. Y el anexo F de la Guía. Creo que se aclararán muchas cosas.

    #143176 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Evidentemente.

    Si la parada de emergencia, por las particulares características de la instalación, no detiene la situación de emergencia o no lo hace en un tiempo inferior al de parada normal de la instalación, no sirve de nada.

    Es como colocar barandillas habiendo paredes.

    En cuanto a lo de no colocar las mismas medidas que los equipos nuevos, no quiere decir que no debas garantizar las mismas condiciones de seguridad y salud (y en este caso no conozco muchas alternativas, aunque haberlas haylas como las meigas).

    #143177 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: me estoy refiriendo a la instalación genérica de paradas de emergencia no al caso particular del equipo neumático en cuestión.

    #143178 Agradecimientos: 0
    Oldman
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    julio 2006


    El paro de emergencia en máquinas está diseñado para eviatr mayor daño en el accidentado, ten en cuenta que ninguna máquina se va a detener inmediatamente (hablamos de las máquinas rotativas) se detienen por una desaceleración y lo que hace este paro es inciiar la desaceleración. Si dices que las revoluciones de la máquina es baja, y se desactiva al quiatr las manos, es posible que no requieras colcoar este dispositivo, siempre que tengas controlado los riesgos de atrapamiento con guardas u otro sistema.

    #143179 Agradecimientos: 0
    Segurito 1573
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    abril 2007


    Si no tiene un dispositivo que permite el funcionamiento continuo no es tan necesario pero si te recomendaria una valvula de paso en la entrada de aire al equipo.

    #143180 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Por favor, sea respetuoso con el que pregunta en función de una normativa, la española en este caso, y no sabe…

    #143181 Agradecimientos: 0
    De locos
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    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No entiendo bien cómo funciona la máquina que comentas, pero si al quitar las dos manos, la máquina se para, ya tienes la parada de emergencia. Es como las sierras de cadena, si no pulsas no funciona.
    Si no te he entendido bien y la máquina efectivamente la necesitara, podríais sustituir la electroválvula que gobierna el accionamiento por otra con una posición de descarga de aire (o mantenimiento de la presión si es necesario mantener algún elemento sujeto), de forma que al accionar la seta, la electroválvula se coloque en esa posición.

    #143182 Agradecimientos: 0
    Moshi
    Participante
    0
    diciembre 2004


    no nedcesariamente se coloca las paradas de emergencia, pero si es una medida de seguridad

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