Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #43900 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    En un archivo-almacen ( de unos 70 mtros cuadrados ) de documentación, formularios, etc de un pequeño centro de trabajo de uso administrativo público sería exigible la instalación de rociadores?

    He consultado la CPI-96 donde establece estos archivos como zonas de riesgo especial pero si el edificio en su conjunto es inferior a los 5.000 m2 no parece obligatoria su instalación. ¿alguien está puesto en esta materia sobre exigibilidad de instalaciones de protección contra incendios?

    #272245 Agradecimientos: 0
    Juanche
    Participante
    0
    agosto 2003


    Claro que si, nuestro lema

    “LA SEGURIDAD EN EXCESO NUNCA ESTA DE MAS”

    #272246 Agradecimientos: 0
    josele
    Participante
    0
    junio 2002


    Pueden aplicarse medidas de prevencion-extinción arternativas, si lo consensuas con el departamento de prevención municipal, bomberos de tu ciudad.Supongamos que no es posible disponer de reserva de agua suficiente, agua nociva para el material almacenado etc.etc… te propongo, solicites compensar la instalación por: materiales de revestimiento ignifugos; detección automatica, extintores de polvo automaticos. Quizas sea más barato y viable. Estudialo.Un saludo

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El debate ‘ Obligatoriedad de rociadores’ está cerrado y no admite más respuestas.