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  • #177030 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @fondriest wrote:

    ¿Y si el trabajador quiere participar voluntariamente?

    Esto es lo que aparece en la página de la Fundación Tripartita

    ¿Puede un trabajador con baja por enfermedad participar en un curso?
    Sí, siempre que la formación sea compatible con la enfermedad, y en todo caso, con autorización médica.

    bueno, bueno tal vez poder pueda…pero que me dices de los aspectos “legales”?
    Un trabajador en situación de IT tiene su contrato de trabajo “en suspenso” es decir no le paga la empresa sino la Seguridad social.

    el tiempo de formación es “tiempo de trabajo” (y por tanto actividad laboral). ¿si tiene un “accidente” estando en clase ¿ de quien será la responsabilidad de la empresa o de la Seguridad social? ¿Qué dice a esto la fundación tripartita?

    #177031 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
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    enero 2013


    Experto

    Yo creo que sí que puede acudir con autorización médica siempre que sea de manera voluntaria. Y en ese caso, en caso de accidente, le cubrirá la Mutua si es una formación en el centro de trabajo o la Seguridad Social si está acudiendo a clases por su cuenta.

    Lo que en ningún caso puede pasar es que se le obligue a acudir a la formación si no está de alta

    #177032 Agradecimientos: 2
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @Quierogalletas wrote:

    Yo creo que sí que puede acudir con autorización médica siempre que sea de manera voluntaria. Y en ese caso, en caso de accidente, le cubrirá la Mutua si es una formación en el centro de trabajo o la Seguridad Social si está acudiendo a clases por su cuenta.

    Lo que en ningún caso puede pasar es que se le obligue a acudir a la formación si no está de alta

    Yo me pregunto quien c… es el médico para “autorizar” a un trabajador que está en situación de IT y por tanto bajo la protección del artículo 126 de la Ley General de Seguridad Social a realizar nada. El médico no es nadie para establecer excepciones a una Ley.

    Y en cuanto a la “voluntariedad” del trabajador….en fin todos sabemos lo fácil que es “condicionar” una voluntariedad, cuando tu puesto de trabajo está en manos de otro. Es por eso que el derecho del trabajo es “tuitivo” ( cuida al trabajador ante el empresario -parte más fuerte) y la normativa de seguridad y salud (por lo mismo) es “indisponible”. Porque ya nos conocemos el paño.

    De manera que si se admite, como normal, que el médico (de la Mutua nada menos, osea de asociaciones de empresarios) “permita” asistir a una actividad formativa -laboral- a un trabajador que está de baja, qué nos impide que ese mismo médico admita (por que el lo vale) que otro trabajador asista a reuniones de trabajo, de ponencias, ayuden en determinadas tareas, etc etc estando de baja.

    No se puede poner en “boca” de la ley lo que la ley no dice. Así que el supuesto básico es sencillo:
    ¿es actividad laboral la formación de prevención riesgos laborales? Según la LPRL sí, (punto) La LGSS no permite realizar actividad laboral estando en situadión de IT.

    Cuidado con esto, porque estamos en España, y si teníamos poco con la reforma laboral solo faltaba ideas “originales” a la hora de aplicar la normativa laboral.

    #177034 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
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    enero 2013


    Experto

    Siguiendo la pregunta original, efectivamente la respuesta es que no se puede obligar a un trabajador a que acuda a una formación de riesgos de su puesto de trabajo porque como bien dice carloss es actividad laboral que no se puede realizar en estado de IT.

    Sobre lo que también comenta carloss es verdad que existe mucho mamoneo dentro del mundo empresarial y laboral, y las voluntariedades se pueden volver involuntariedades con pasmosa facilidad (e impunidad) y se debería velar por defender y asegurar los derechos fundamentales de los trabajadores.

    Me he debido de expresar mal al decir que el médico autoriza una actividad. Quería transmitir el hecho de que un médico haya valorado previamente que el hecho de asistir a una formación no puede tener efecto negativo sobre la patología del paciente. Igual, siendo un poco más aséptico con el lenguaje tenía que haber dicho “sin contraindicación médica”.

    Por otro lado, por el tipo de industria en la que he trabajo, son muchos más los trabajadores que intentan ir a las formaciones fuera de su horario laboral que los que lo intentan hacer dentro. En este caso se debe a un cuestión económica. Aunque las horas de formación se consideran horas trabajadas y se pagan como tal, no están sujetas a primas de productividad que sí que se obtienen mientras se está en taller realizando las tareas habituales de producción. Y he conocido a trabajadores con una IT (o trabajadoras en estado de rem) que se han ofrecido a asistir a formaciones en caso de que las hubiera durante el tiempo que dure su IT, si bien es cierto que a día de hoy nunca se ha hecho.

    #177035 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    A ver, separemos temas que aquí hay una liada… 😆

    1. Un curso de prevención estando de baja, y de baja que se prevé larga y gorda, es una burrada. Me da igual lo legal o ilegal que sea. Es una burrada porque para cuando se reincorpore se le habrá olvidado. Que se la hagan cuando se reincorpore. Como dicen algunos de los compañeros, la formación en prevención de riesgos (si es que es la del art. 19) se debe impartir en tiempo de trabajo efectivo. Punto.

    2. Ya que han salido los cursos de la FTFE: Si un trabajador tiene alguna herida o enfermedad que le impide su trabajo pero no le impide realizar dicho cursillo y él quiere hacerlo, no hay problema, y más si fuera un curso en un aula, fuera de su puesto de trabajo habitual. Si él está interesado, se habla con el servicio de VS y que emitan un certificado conforme el trabajador puede realizar esta tarea en concreto, y puede ir. Si no quiere y se le quiere obligar y denuncia, la AL la va a tener de su lado seguro, que me conozco el paño. También es lógico, porque su cometido estando de baja es invertir en su pronta recuperación.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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