Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 20)
  • Autor
    Entradas
  • #63334 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Buenas tardes a todos,
    Me acabo de incorporar a una empresa en la que están informándose sobre temas de PRL y a mi me han encargado parte de este trabajo.
    Me he encontrado con la situación de que no tienen delegados de prevención (es una empresa con más de 50 trabajadores), ya que según la representante de la empresa eso es algo que se puede llevar a votación. Yo, por lo que he podido ver tanto en la LRP como por diferentes foros, no me he encontrado con esa opción, es decir, que sea algo que se pueda llevar a votación, al igual que la creación del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

    Por favor, me podrías aclarar este tema? Muchas gracias de antemano

    #361132 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
    0
    marzo 2004


    Los delegados de prevención son elegidos por y dentro de los delegados de personal y estos últimos salen despues de haberse celebrado elecciones sindicales

    #361133 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Efectivamente, en eso estamos de acuerdo, pero es que en esta empresa no tienen delegados de personal, tienen un comité de empresa que fue el que decidió por votación (comité integrado por 4 trabajaodores) no constituir la figura de delegados de prevención. Y mi duda es esa precisamente, si pueden hacer eso o si por ley tiene que existir la figura de delegado de prevención en una empresa de estas características.

    #361134 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Yo entiendo que entre las obligaciones de los delegados de personal (en defensa de los intereses de los trabajadores a los que representan) está la de elegir, entre ellos mismos, a los delegados de prevención.

    No hacerlo por su parte, sería una dejación de funciones por su parte.

    #361135 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
    0
    marzo 2004


    El comite de empresa lo forman los delegados de personal

    #361136 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Muchas gracias por la aclaración. Es que le he preguntado a la presidenta de dicho comité y no ha sabido contestarme ….

    #361137 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Como te han indicado, el comite de empresa, lo forman los delegados de personal.

    La duda puede surgir porque resulte que no sean delegados sindicales o no esten afiliados a ningún sindicato (aunque sea lo mas común, no es necesario ser delegado sidical ni estar afiliado a sindicato alguno para ser delegado de personal).

    Y en mi opinión, no, no pueden votar no elegir delegados de prevención, pues esta es una obligación implícita en el cargo (si no la quieres, no te presentes). Si se niegan yo:

    1º les informaría expresamente de sus obligaciones al respecto (obligaciones que entiendo irrenunciables, puesto que, repito, se presentan en representación y defensa de los intereses de los trabajadores que les eligen).

    2º de estar afilidados a algún sindicato, me pondría en contacto con este y les explicaría la situación y la indefensión que están generando, en materia de seguridad y salud, de los trabajadores que representan.

    3º en último caso, plantearía a la empresa, llevar el asunto a la inspección de trabajo y seguridad social.

    #361138 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Muchas gracias ICM75, la verdad es que te sigo en este foro y tus respuestas siempre son bienvenidas.
    Solo una cosa, sabes si esto está regulado? Existe documentación al respecto? Me he leido la LPRL y no he encontrado nada que especifique claramente la prohibición de someter a votación si se quiere tener o no delegados de prevención. Lo digo porque necesito estar documentada si quiero ponerlo en conocimiento de la representante de la empresa y por lo tanto llevarle la contraria.

    Muchas gracias de nuevo

    #361139 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Entiendo que el capitulo V de la LPRL te podría servir, puesto que no creo que encuentres explicitamente que no se puede votar lo que comentas, entiendo que es algo implícito al cargo de delegado de personal y como tal no puede negarse, no obstante, encontrarás algo en el estatuto de los trabajadores por ejemplo los art. 64 y 19. “Se conocen los derechos pero rara vez los deberes de la representación de trabajadores”

    #361140 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Artículo 62. Delegados de personal.

    2. Los delegados de personal EJERCERAN mancomunadamente ante el empresario LA REPRESENTACION PARA LA QUE FUERON ELEGIDOS, y tendrán las mismas competencias establecidas para los comités de empresa.

    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

    Artículo 34. Derechos de participación y representación.

    2. A los Comités de Empresa, a los Delegados de Personal y a los representantes sindicales LES CORRESPONDE, en los términos que, respectivamente, les reconocen el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Organos de Representación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y la Ley Orgánica de Libertad Sindical, LA DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS TRABAJADORES en materia de prevención de riesgos en el trabajo. PARA ELLO, los representantes del personal EJERCERAN LAS COMPETENCIAS que dichas normas establecen EN MATERIA DE información, consulta y negociación, vigilancia y control y EJERCICIO de acciones ANTE LAS EMPRESAS y los órganos y tribunales competentes.

    Artículo 35. Delegados de Prevención.

    2. Los Delegados de Prevención SERAN DESIGANOS POR y entre LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo anterior, con arreglo a la siguiente escala:

    PD: de todas formas, de mano, no cites al toro de frente, intenta primero unos pases.

    #361141 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Me ha encantado el simil taurino, Icm.

    #361142 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD2: en todas tus “exigencias” a este respecto, ten en cuenta que lo que te interesa es su colaboración, no tenerlos en frente (tanto en esta como en futuras ocasiones).

    #361143 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Hola a todos de nuevo,

    me he encontrado con esto ( a continuación copio y pego) en la documentación facilitada por nuestro SPA actual. ¿Creeis que es legal?

    Madrid, a __ de ____________ de 200_
    A la Dirección de


    .:
    Muy Sres. nuestros:
    Los trabajadores de


    pone en su conocimiento:
    1.º Que, conociendo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores


    tienen derecho a participar en las cuestiones relacionadas con la
    prevención de riesgos laborales, debiendo canalizar dicha participación, dado que
    cuenta con seis o más trabajadores, a través de sus representantes y de la representación especializada que se regula en el capítulo V de dicha Ley.
    2.º Que, como es bien conocido por ustedes, esta empresa carece de órgano de representación del personal.
    3.º Que por dicho motivo y amparándose en lo establecido sobre designación de DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN en supuestos especiales en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 31/1995, ya citada, los trabajadores de


    , abajo firmantes, en reunión celebrada en Madrid, el __ de ________ de 200_, han acordado mayoritariamente renunciar al derecho de designación de delegado de prevención.
    Sin otro particular, solicito que firme copia del presente escrito como acuse de recibo del mismo.
    Recibido: _____________________________
    Fecha y Firma

    #361144 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Pero no habias dicho que la empresa contaba con Comité de Empresa?

    #361145 Agradecimientos: 0
    Nosmis
    Participante
    0
    febrero 2010


    Si, pero es algo que no entiendo yo tampoco, ya que tienen conformado el comite de empresa pero sus miembros no son, ninguno de ellos, delegados de personal, do you understand it? Raro, raro, raro…

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 20)
  • El debate ‘ Nombramiento de delegados de prevención’ está cerrado y no admite más respuestas.