Así es ICM, leyendo atentamente el artículo 52, te das cuenta que en centros de menos de 50 trabajadores, la representación la ejercen delegados de personal. Y a partir de 50 la ejerce el comité de empresa. Y también queda claro que los comité de empresa tienen más facultades que los delegados del personal.
Por eso en la LPRL, en su artículo 35 al hablar de Delegados de Prevención dice que serán elegidos de entre los representantes del personal. Esto es, en centros de menos de 50 de entre los delegados de personal y en centros de 50 o más de entre los miembros del comité de empresa. Eso claro, si en el convenio colectivo de la empresa o sector no dispone además de otros mecanismos alternativos.