Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #629957 Agradecimientos: 0
    Rulo_73
    Participante
    2
    1
    noviembre 2005

    Iniciado

    Buenos días, quería ver si alguien me puede dar luz en el siguiente tema. Voy a intentar resumir.

    Tengo una empresa que cuenta con una línea de fabricación antigua. No tiene marcado CE, no cumple 1215.

    Una de los motivos por los que no cumple 1215 es porque existen zona susceptibles de atrapamiento sin resguardos de protección o zonas de atrapamiento que aún teniendo resguardos de protección hay ciertas tareas que requiere su retirada (ciertos ajustes cuando se cambia de referencia) porque es imposible la producción sin realizar estos ajustes.

    He planteado la opción de que dicho ajuste, si es necesario realizarlo sin el resguardo, deberá realizarse en modo manual a velocidad paso a paso, pero me comentan que no es posible, que para saber si el ajuste se está realizando correctamente se debe poner la máquina a la velocidad normal de trabajo.

    Se ha hablado con mantenimiento y no hay forma (que nosotros veamos o conozcamos) de colocar un resguardo o protección de modo que la zona donde hay que acceder para hacer el ajuste quede separada de alguna forma de la zona de peligro. Evidentemente para realizar dicho ajuste no es necesario acceder a la zona de movimiento de la máquina, pero sí muy próxima, cualquier movimiento involuntario, pequeño despiste… puede suponer un atrapamiento.

    ¿Qué podríamos hacer en esta situación? El RD 1215/1997 indica lo siguiente:

    5. Cuando se empleen equipos de trabajo con elementos peligrosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, deberán adoptarse las precauciones y utilizarse las protecciones individuales apropiadas para reducir los riesgos al mínimo posible. 

    ¿Qué precauciones podríamos tomar además de las que ya se están tomando? Se me ocurre lo siguiente:

    – Solamente realizar el ajuste el conductor de máquina. (Esto ya se hace)

    – Procedimiento de dicha operación por escrito, del que todo el que debe aplicarlo tenga conocimiento y formación.

    – Persona asistente (Recurso Preventivo) durante la operación de ajuste.

    – Dispositivo indicativo de seguridad retirada de modo que a través de un indicador luminoso /acústico se sepa que existe una seguridad retirada para evitar confusiones en los cambios de turno, por ejemplo.
    <p class=”parrafo”>No se me ocurre nada más. Dadme ideas por favor.</p>
     

    #629966 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Tal vez todas estas medidas que propones sean adecuadas…no sé si suficientes. en cualquier caso, si se produjera un accidente a un operario de la máquina de nada le van a servir al empresario, habida cuenta que la primera obligación de éste es tener equipos con marcado CE o certificada su adecuación al 1215. Habría que preguntarse qué coste le supondría (vía inspección de trabajo, o vía responsabilidad civil) si se materializara un accidente con una maquina no adecuada.

    #630154 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No sé si el que no cumpla con el RD1215/97 se refiere a que no tiene el “papelín” (Foto puntual que no sirve más que para quienes no saben de esto) o que realmente la instalación tiene deficiencias normativas de seguridad.

    Si es esto último, entonces todo lo que planteas carece de sentido; porque el empresario está incumpliendo el “padrenuestro”; y probablemente afecte también a la zona que mencionas. Es el fabricante el que -previendo los trabajos necesarios- debe diseñar los modos de protección en diseño. Después es más complicado.

    Dicho esto, si en el ajuste hay procesos de simple observación; actualmente hay dispositivos que te permiten “ver sin estar”, mediante cámaras que serían las que tendrían que acercarse en vez de el operario.

    Si el ajuste implica “tocar” el equipo, podrías analizar si hay forma de mecanizar esos ajustes (quiero decir que si hay que mover algo, quizás se pueda disponer algún accionamiento que permita moverlo no manualmente).

    Si finalmente no es posible hacerlo (no digo que sea caro, sino imposible), entonces tendrán que recurrir a todo lo que has dicho. Supongo que no será posible disponer un accionador de parada de emergencia que -teniendo un operario pendiente del trabajo- se pueda accionar en caso de problemas y detenga la máquina en condiciones de seguridad (debe ser en un tiempo razonable, porque si no de poco le valdría al afectado).

    A mí se me ocurre también que, si la instalación es antigua, entonces la empresa también lo será; y quizás alguna mentalidad también lo pueda ser. Que en una empresa te digan que “no se puede” no quiere decir siempre que efectivamente no se puede.

    Mucha suerte.

    #630728 Agradecimientos: 0
    L.Enrique
    Participante
    5
    3
    marzo 2022

    Iniciado

    la primera obligación de éste es tener equipos con marcado CE o certificada su adecuación al 1215.

    Exactamente, como ya te han dicho antes, lo primordial es la adecuación al 1215/97. Incluso te diría que aún teniendo marcado CE se debería hacer una Evaluación de la adecuación al 1215 puesto que hay jurisprudencia menor donde el marcado CE no ha servido de atenuante puesto que el obligado de garantizar las condiciones de seguridad es el empresario. Que además de la responsabilidad administrativa y civil puede incurrir en penas privativas de libertad, sobre todo cuando la falta de medidas acarreen lesiones o el fallecimiento del trabajador.

    Así que no queda otra que, tanto por bien de los trabajadores como del empresario, donde haga falta resguardo ponerlo y si no es posible por el tipo de maquinaria y el servicio de mantenimiento de la empresa no encuentra solución habrá que buscarla fuera de la empresa con segundas y terceras opiniones, al fin y al cabo hay varias empresas especializadas en la adecuación a las condiciones mínimas del 1215.

    Por otro lado, si todo esto no fuera posible (lo cual es complicado pues expertos en el tema hay), habría que contemplar la sustitución del equipo y si esto no fuera posible por sostenibilidad económica de la empresa pues tanto las medidas que te han dicho (mecanización, robotización, cámaras etc), más las que el autor del post proponía al principio pueden ser útiles. Por supuesto también con la información y formación adecuada de los usuarios, el empleo de PTS, no llevar prendas u objetos que faciliten el enganche o atrapamiento, llevar los equipos de protección que se consideren necesarios, etc…

    De todas formas, y en consonancia con las otras dos opiniones, lo primero es lo primero y eso es la adecuación a los mínimos exigidos por el 1215 y las protecciones colectivas y resguardos contra atrapamientos necesarios.

    #630730 Agradecimientos: 0
    L.Enrique
    Participante
    5
    3
    marzo 2022

    Iniciado

    A mí se me ocurre también que, si la instalación es antigua, entonces la empresa también lo será; y quizás alguna mentalidad también lo pueda ser. Que en una empresa te digan que “no se puede” no quiere decir siempre que efectivamente no se puede.

    Chapó, perfecta frase como colofón al texto. La recordaré en más de una ocasión en el futuro seguro 😆

    #630907 Agradecimientos: 0
    Rulo_73
    Participante
    2
    1
    noviembre 2005

    Iniciado

    “A mí se me ocurre también que, si la instalación es antigua, entonces la empresa también lo será; y quizás alguna mentalidad también lo pueda ser. Que en una empresa te digan que “no se puede” no quiere decir siempre que efectivamente no se puede.”

    Pues es que este es el principal de los problemas, prevención se da cara con producción, y en este caso producción es la “cabeza pensante” (que no sé si pensará mucho) de la empresa.

    Todo lo que me habéis indicado sobre la necesidad de adecuar el equipo al 1215 está por escrito, la empresa lo sabe y conoce las posibles consecuencias (sanciones  costes), dado que recientemente han tenido un accidente “leve” por el que han sido sancionados.

    No es una empresa con muchas (por no decir ninguna) conciencia preventiva, acaban de instalar una línea nueva en la que están trabajando con prácticamente todas las seguridades anuladas o puenteadas porque “lo principal es la producción”.

    Pero dado que yo también tengo responsabilidad en todo este asunto, voy a recopilar todas vuestras respuestas y dejarlo por escrito y ya he organizado varias charlas formativas/informativas de refuerzo sobre atrapamientos y otros aspectos de seguridad.

    Gracias a todos!!

    #630908 Agradecimientos: 0
    L.Enrique
    Participante
    5
    3
    marzo 2022

    Iniciado

    Pues es que este es el principal de los problemas

    Sobre todo no dejes que te desmotiven, este tipo de entornos es dónde más difícil se hace desarrollar nuestro trabajo y en ocasiones le quitan toda la importancia y valor a lo que aportas. Sé consciente de que es todo lo contrario y que precisamente en sitios como ese es donde más haces falta. Imaginate si no estuvieras tú…. aunque parezca que no sirve de nada porque no te hacen caso, sí que sirve y hay que seguir aunque sea poco a poco, paso a paso.

    dejarlo por escrito

    Esto también es importante, ya que si no te hacen caso a tiempo y ocurre algo más grave, por lo menos que quede claro que tu trabajo es diligente y bien hecho.

    he organizado varias charlas formativas/informativas de refuerzo sobre atrapamientos y otros aspectos de seguridad

    Esto también es un buen detalle, ya que no sólo es importante por su aspecto preventivo, sino para que incluso los propios trabajadores o sus representantes puedan llegar a ejercer presión para que se tomen las medidas adecuadas.

    Si necesitas algo más, estamos por aquí, ¡ánimo!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.