Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #72877 Agradecimientos: 0
    ochio
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    julio 2008


    Hola,tengo una duda acerca de un tema relacionado con una nave industrial, resulta que ahora mismo esta cerrada porque ceso su actividad, resulta que tiene uralita y amianto y mi pregunta es la siguiente ¿ se puede abrir una actividad de deporte de cara al publico, existe alguna legislacion actual con respecto al tema ?. Muchas gracias

    #431277 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas, ochio.

    Desde el punto de vista de la legislación en materia de prevención de riesgos, que es lo que manejamos aquí (R.D. 396/2006), lo que habría que analizar es la exposición de los trabajadores al amianto.

    No sé si estás familiarizado con los riesgos de esta sustancia, pero están ligados a su entrada en el organismo por vía respiratoria, y para que eso suceda, el amianto debería presentarse en partículas friables suspendidas en el ambiente (para que te hagas una idea, polvo resultante de las operaciones de desmantelamiento de techos, mantenimiento de los mismo que impliquen corte y taladrado, etc.). Obviamente, si el techo no se toca (y está en buenas condiciones) no hay riesgo ninguno, y por lo tanto no habría problemas con el mismo.

    Por otro lado, no conozco legislación industrial o sanitaria que obligue a la retirada forzosa de instalaciones con amianto ya existente (la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 7 de diciembre de 2001, sólo prohibió la comercialización de sustancias con amianto), por lo que en principio, hasta que llegue al final de su vida útil o se tenga que realizar algún desmantelamiento o reparación de importancia, ese techo va a poder seguir donde está.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #431278 Agradecimientos: 0
    Histófenes
    Participante
    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    Que exista material con amianto en una instalación no significa que no sea seguro. El problema del amianto, en este caso en el techo, es que se genere partícula respirable, normalmente por manipulación o reparación.

    El INSHT da un seminario en octubre de 2014 sobre el amianto

    También tienes esta aplicación online gratuita de ASEPEYO que explica el proceso de desamiantado:

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    #431279 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No. No existe ningún problema, salvo el de la imagen pública de la empresa.
    El amianto que no se toca, no supone ningún peligro; menos aún el fibrocemento que es un material poco friable, es decir, con escasa capacidad de liberar fibras al ambiente.
    Únicamente en caso de que su estado sea muy deficiente, de tal forma que cargas de viento o lluvia puedan romper las cubiertas.

    #431280 Agradecimientos: 0
    FORMADOR PRL
    Participante
    3
    0
    febrero 2015

    Iniciado

    Buenas,

    Como ya han comentado mientras no lo manipules (está prohibido para empresas que no pertenecen al R.E.R.A) ,es decir,ni cortar ni mover…estarías dentro de la legalidad ,pero claro depende en que estado esté deberías plantearte cambiar la cubierta.

    Puesto que por ejemplo montar unas pistas de padel ,y que al tiempo se produzcan goteras ,se vuele una placa de fibrocemento …y tengas que meter unas plataformas elevadoras por las pistas y machacar e cesped o la instalación deportiva que sea …Aumentaría los costes económicos de la obra así como parar la actividad.

    saludos

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    #431281 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Dices que tiene Uralita y amianto. La Uralita es una marca comercial de productos de fibrocemento, cuyas fibras eran amianto. Si aparte existe amianto, por ejemplo en aislamientos de estructuras o conducciones calientes, este amianto es mucho más friable que el de las placas, que salvo rotura o manipulación indebida no van a liberar fibras, al menos fácilmente

    En ambos casos, independientemente de leyes, si yo tuviese que estar al frente de este negocio, no admitiría bajo ningún concepto tener amianto en las instalaciones, así que lo desamiantaría siguiendo las normas técnicas y legislación previstas para ello. Muerto el perro, se acabó la rabia.

    Saludos

    #431282 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @Man0706 wrote:

    En ambos casos, independientemente de leyes, si yo tuviese que estar al frente de este negocio, no admitiría bajo ningún concepto tener amianto en las instalaciones, así que lo desamiantaría siguiendo las normas técnicas y legislación previstas para ello. Muerto el perro, se acabó la rabia.

    ¡Buenas!

    Yo sería más cauto en esto. En el único caso de este tipo que conozco, el arrendador de la nave era uno y el arrendatario otro distinto. Luego este último tendría que pedir permiso al primero para hacer las modificaciones precisas en la instalación. ¿Es un engorro? Por supuesto, a lo que hay que añadir que ese arrendatario, como la mayoría, desconoce los riesgos de una instalación con amianto cuando la alquila, si es que se entera alguna vez.

    Personalmente creo que no hay que alarmar innecesariamente a la gente con este tema. Entiendo que el amianto per sé, no es más ni menos maloso que otras sustancias, sino su estado en determinadas circunstancias (igual que el carbón no te mata por mirarlo o tenerlo en las manos, pero puede que sí por exponerte al polvo generado durante su extracción).

    Si la cubierta tiene amianto y está en un estado decente (no hay liberación de fibras friables), ahí se puede quedar porque no pasa absolutamente nada. La cubierta no va a lanzar un rayo maligno desde el techo como si fuera la nave de “Independence Day” al primer usuario que pase por debajo.

    Pero vamos, es mi opinión. ¡Saludos!

    P.D.: si participo en un mismo post pero en distintos años como es el caso… ¿generaré algún tipo de brecha espacio-tiempo?

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #431283 Agradecimientos: 0
    FORMADOR PRL
    Participante
    3
    0
    febrero 2015

    Iniciado

    buenas,

    En tu mano está cambiar la cubierta o no ,pero repito en caso que tuvieras en un futuro que cambiar el fibrocemento te comento plazos.
    Por ley la administración en este caso la inspección de trabajo y los servicios de higiene del instituto regional donde radiquen las instalaciones tienen 45 dias para aprobar el plan de trabajo especifico de amianto.
    Esto quiere decir que mientras llegas a un acuerdo con la empresa perteneciente al R.E.R.A y hacrn el plan y se aprueba ,son 60 dias más la obra con tu instalaciòn parada .
    Ahora multiplica tus gastos indirectos por 90 dias.

    #431284 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Sirgudlab wrote:

    @Man0706 wrote:

    En ambos casos, independientemente de leyes, si yo tuviese que estar al frente de este negocio, no admitiría bajo ningún concepto tener amianto en las instalaciones, así que lo desamiantaría siguiendo las normas técnicas y legislación previstas para ello. Muerto el perro, se acabó la rabia.

    ¡Buenas!

    Yo sería más cauto en esto. En el único caso de este tipo que conozco, el arrendador de la nave era uno y el arrendatario otro distinto. Luego este último tendría que pedir permiso al primero para hacer las modificaciones precisas en la instalación. ¿Es un engorro? Por supuesto, a lo que hay que añadir que ese arrendatario, como la mayoría, desconoce los riesgos de una instalación con amianto cuando la alquila, si es que se entera alguna vez.

    Personalmente creo que no hay que alarmar innecesariamente a la gente con este tema. Entiendo que el amianto per sé, no es más ni menos maloso que otras sustancias, sino su estado en determinadas circunstancias (igual que el carbón no te mata por mirarlo o tenerlo en las manos, pero puede que sí por exponerte al polvo generado durante su extracción).

    Si la cubierta tiene amianto y está en un estado decente (no hay liberación de fibras friables), ahí se puede quedar porque no pasa absolutamente nada. La cubierta no va a lanzar un rayo maligno desde el techo como si fuera la nave de “Independence Day” al primer usuario que pase por debajo.

    Pero vamos, es mi opinión. ¡Saludos!

    P.D.: si participo en un mismo post pero en distintos años como es el caso… ¿generaré algún tipo de brecha espacio-tiempo?

    Estoy totalmente de acuerdo contigo, pero el amianto pasó de ser un material extraordinario con múltiples aplicaciones, a ser uno de los enemigos ácerrimos de ecologistas, abogados, etc. Y evidentemente, los conocimientos acumulados ponen de manifiesto su peligrosidad por inhalación que se manifiesta pasados varios años.

    Evidentemente arrendador y arredantario harán lo que quieran, pero si yo tuviese que emprender un negocio en un local con amianto, NUNCA lo haría y si algún cliente me pide consejo al respecto, le diré lo mismo, NO LO HAGA. Si se desamianta, perfecto, pero jugarme una inversión en un negocio con los cimientos de barro, no. Pero bueno, esta es ya una opinión de negocio, no de PRL, así que lo dejo aquí.

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  • El debate ‘ nave con uralita y tiene amianto’ está cerrado y no admite más respuestas.