Viendo 10 entradas - de la 16 a la 25 (de un total de 25)
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  • #199803 Agradecimientos: 0
    juancho1
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    septiembre 2002


    Contesto un poco tarde pero espero te sirvan mis comentarios:

    Lo primero a lo que debes apegarte es a las políticas de la empresa, si no las tiene, piensa objetivamente que harías tu?. Hay algún aspecto legal que debas consultar? Codigo de trabajo?, Salud?, etc.
    Que se estipula en el contrato de trabajo de esta persona? Normalmente, si no hay un política clara sobre el uso o abuso de alcohol y drogas en el trabajo, te sugiero te asesores con un abogado laboral y te de una orientacion al respecto.
    Si el trabajador es muy bueno o no tenia record de alcoholismo o consumo de drogas, a lo mejor debes ahondar un poco más y evaluar si se somete a una terapia para darle otra oportunidad.

    Saludos,

    #199804 Agradecimientos: 0
    elosina2001
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    julio 2005


    Hola,

    Te remito links de tu interes:

    Saludos.

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    #199805 Agradecimientos: 0
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    octubre 2005

    Iniciado

    Prueba a darle una paliza
    En mi empresa funcionó

    #199806 Agradecimientos: 0
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    octubre 2005

    Iniciado

    Puedes ofrecerle también la coacción…

    Sabe el trabajador que puede cometer delito de peligro por exponer a terceros a una situación de riesgo de forma imprudente…
    Pues está reflejado en el código penal.

    #199807 Agradecimientos: 0
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    octubre 2005

    Iniciado

    Prueba a prestarle apoyo psicológico y enfrentar el problema con la ayuda de su entorno y su familia.

    Contrata a alguien que sepa hacerlo porque tu no sabes.

    Pero esto es caro y muchas empresas prefieren el despido.
    Además algunas veces el origen está en la situación personal, salarial y/o de condiciones laborales.
    Revisa como tratas a este trabajador antes de hacer de hermanita de la caridad.

    En definitiva lo que prefiere la empresa es el despido procedente.
    Que cabronada verdad.

    #199808 Agradecimientos: 0
    Jeancito
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    diciembre 2005


    En primer lugar por el propio bien del trabajador no se debe permitir que trabaje en estado de alicoramiento o bajo efectos de algún alucinogeno. sin embargo se debe averiguar en la legislación española quien tiene la potestad o la autoridad para declarar ebria o intoxicada a una persona. Una alcoholemia mediría el grado de intoxicación alcohólica y existen metodos para detectar cualquier tipo de droga en el organismo. Lo ideal seria obtener del trabajador su consentimiento escrito para este tipo de exámenes en el momento de ingresar a la empresa y de firmar el contrato porque de lo contrario con o sin testigo el podría alegar ante la ley una persecución por parte del patron.

    #199809 Agradecimientos: 0
    Imanu
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    septiembre 2002


    2000, matándolo también te aseguras que no vuelve a consumir nada. Lo que hay que leer.

    #199810 Agradecimientos: 0
    El Soro
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    diciembre 2003


    Despido inmediato!!

    #199811 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
    0
    marzo 2004


    En primer lugar no se le puede obligar a hacerse un análisis de sangre u otro control de alcoholemia salvo en casos en que existan puestos de trabajo de especial riesgo, riesgo para terceros, investigación de las causas de un accidente laboral, ahí si que la empresa puede obligar legalemente a un análisis de consumo. En los demás casos, se ha de vigilar que en los reconocimientos de la vigilancia de la salud no se realicen pruebas de detección de consumo de drogas: son motivo de vulneración de derechos constitucionales y laborales(aquí en España) y pueden convertirse en un instrumento que facilite a las empresas el despido. Tampoco se deben admitir las pruebas de consumo encubiertas.
    El alcoholismo debe ser tratado como enfermedad común y el trabajador tiene derecho a la baja temporal por estas contingencias para recibir un tratamiento de desintoxicación manteniemdo el puesto de trabajo y los derechos adquiridos; incluso para asistir a los servicios externos de tratamiento que precise, puede solicitar la adaptación del horario y la jornada de trabajo.

    Si el consumo a sido ocasional, lo apropiado es separarle de su actividad hasta que se le pasen los efectos y apercibirle de sus consecuencias a nivel laboral

    #199812 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
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    octubre 2001


    Depende del tipo de trabajo, las veces que lo haya hecho y el convenio colectivo de aplicación, pueden ir desde la amonestación hasta el despido.
    Como toda sanción se ha de tener en cuenta la forma de comunicarse, ésta debe ser por escrito haciendo constar los días concretos así como la posible peligrosidad de su estado para él mismo y para el resto de sus compañeros o terceros, amén de la imagen deteriorada de la empresa…

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  • El debate ‘ Medidas ante trabajador que consume alcohol o drogas’ está cerrado y no admite más respuestas.