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  • #55455 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    quisiera saber como valorar los resultados obtenidos con un sonometro integrador para calcular el valor de un ruido pico.

    Ya he leido lo que indica el real decreto al respecto ,pero no lo entiendo.

    Muchas gracias.

    #310013 Agradecimientos: 0
    VLA
    Participante
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    agosto 2001


    El sonómetro con el que has hecho la medición te da también el valor pico en dB.

    El R.D. toma como valor límite los 140 dB de pico y las consideraciones que hace son las mismas que con un Leq,d (diario equivalente) superior a 90 dBA.

    El RD diferencia:

    – “Niveles diarios” entre 80-85 dBA

    – ” ” entre 85-90 dBA

    – ” ” superiores a 90 dBA o pico superior a 140 dB

    #310014 Agradecimientos: 0
    VLA
    Participante
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    agosto 2001


    Perdón, matizo pico de 140 dB (o sea, 140 y superiores), no excluye el valor de 140

    #310015 Agradecimientos: 0
    FºJavier
    Participante
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    octubre 2001


    Estimada colega:

    Supongo que lo primero que has hecho ha sido una evaluación del nivel sonoro siguiendo todos los pasos necesarios y redactando un informe en el que esta comprendodo

    1º Datos de identificacion de le empresa

    2º Asunto del que se trata.

    3º Condidiones de medición e indicacion del equipo de medida, ya sabes, tipo de nonometro integrador etc..

    4º resultados de la medición obtenidos .

    5º Evaluación del resultado.

    Entiendo que es en este último punto del planteamiento donde tienes dudas, pues bien, sigue los siguientes pasos:

    1º Contrasta los valores obtenidos con lo establecido en el RD que aludes ( RD1316/89 de 27 octubre) “Medidas de protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido”

    a) si el valor sonoro obtenido en el puesto o puestos de trabajo está comprendido entre 80 y 85 dBA , deberas adoptar las medidas de seguridad que marca el RD. (Realizar medidiones cada 3 años,, proporcionar a los trabaadores información, control medico periodico de la función auditiva quinquenalmente, etc….)

    b) si no los superan no estan obligados a doptar medidas complementarias .

    Solo aclararte que cuando hagas la interpretacion del punto 4, dBA es el leqd y dB es Lpico.: el primer caso, los tramos, y el segundo la medición que obtienes con el sonometro. Claro esta, tienes que tener en cuenta el tiempo que esta el trabajador, si tiene rotaciones etc.)

    .

    No se si he respondido a lo que planteas, si no es así, te invito a contactar otravez conmigo por el mismo medio.

    Recibe un cordial saludo.

    #310016 Agradecimientos: 0
    fgran
    Participante
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    septiembre 2001


    Los sonometros, dependiendo del modelo y de la antiguedad de estos, o tienen un botoncito que te da el nivel de pico o presentan una indicación en pantalla de que se ha sobrepasado el nivel legal.

    Convendria que vieras uno.

    #310017 Agradecimientos: 0
    prevenirjuntos
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Efectivamente el R.D. sobre ruido lo entienden pocos, pero tal como te han respondido los sonometros actuales te indican el nivel de pico, pero dbes de tener cuidado y elequir la escala dBA si tiene varias. Ahora bien, si lo que prenedes es eliminar el ruido, deberas de tener en cuenta las frecuencias, y para ello es necesario hacer una medicion con “ruido rosa” con un analizador de espectros. Puesto que esta medion es complicada y el equipo costoso, te recomiendo que contrates losservicios de un tecnico en sonido, disponibles normalmente en las empresas que se dedican a la instalación de audio para salas de fiestas y discotecas. Un saludo

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