Solo te traslado mi opinión, y la misma es que no debes quedarte en el tenor literal de una norma, debes valorarla en conjunto, desde las motivaciones de la misma, exposición de motivos, hasta …………… (que seguro que esto lo sabes)incluso en lo que a este tema se trata, que significa eso que bien señalas, dice el Anexo 1, apartado 8, subapartado 4,”al menos a partir de dicha altura”, pero ya te digo es una opinión, posiblemente hasta equivocada.