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    rubenechevarria
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    abril 2006


    Hola a todos. Mi consulta es la siguiente:

    Tengo una obra de mantenimiento de canalización de tuberías de agua, en la que la oficina central está ubicada en un punto geográfico distinto al de las obras, ya que son obras que van saliendo, de corta duración, aunque el personal es el mismo, y va rotando de una obra a otra. Al comenzar obras cada poco tiempo, ¿que debería hacer con el libro de subcontratación?. ¿Debería abrir un libro nuevo por cada una de las obras?. ¿Me valdría con un mismo libro para todas las obras que nos adjudican?.

    Un saludo a todos y muchas gracias.

    #116107 Agradecimientos: 0
    sfal
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    mayo 2007


    Tal y como establece la Ley 32/2006 por cada obra habilitar un Libro de Subcontratación, pues los centros son distintos aunque los trabajadores sean los mismos.
    No obstante, la consulta creo que es mejor que la dirijas a la Inspección de Trabajo, al IRSST (Dpto. Construcción) o a Asociaciones como AECOM.

    #116108 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    El tema que planteas no es nuevo, pero sí trae cola.

    La legislación en materia de subcontratación no hace distinción alguna para casos tan específicos como obras de emergencia o de corta duración.

    Evidentemente, en estos casos la obligatoriedad de cumplimentación del Libro, a causa de los plazos y tiempos efectivos, presenta los problemas que mencionas.

    Pero, por lo que me han comentado otros compañeros de profesión (yo desconozco casos concretos), la Inspección de Trabajo va a exigir el cumplimiento de dicho requisito en tales obras.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #116109 Agradecimientos: 0
    Coordinator
    Participante
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    mayo 2002


    La legislación actual te obliga a que se use un libro de subcontratación por obra.
    El problema radica en las obras de corta duración, (si hay subcontatas, claro está). De todas formas en la guía técnica del INSHT sobre construcción te habla de la opción de obras de emergencia, en las que no debe cumplir con todos los requisitos del RD 1627/1997. Échale un vistazo

    #116110 Agradecimientos: 0
    Digital07
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    enero 2007


    Aunque sea algo más de trabajo, mi consejo es que tengas libro por obra, que luego la inspección no entiende de obras menores, de corta duracción, etc….

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