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  • #16202 Agradecimientos: 0
    Miquel Gomis
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    mayo 2005


    Últimamente observo la costumbre que tienen muchos coordinadores de seguridad de usar una especie de librillo con calco para dejar constancia de las órdenes que da a al encargado de obra o al recurso preventivo sobre las condiciones de seguridad.

    Esto lo hacen para no tener que utilizar el libro de incidencias y evitar una posible inspección y con la intención de demostrar, en caso de accidente, ante un juez que dieron unas órdenes que no se cumplieron.

    Sin embargo, creo que esto también puede volverse en su contra, ya que realmente el coordinador está obligado a avisar a la inspección de trabajo mediante el libro de incidencias si no se cumple la normativa de seguridad, y realmente lo único que está haciendo es anotar por escrito unas condiciones irregulares, con lo que el juez podría inculparlo en caso de accidente ya que no ha hecho uso de sus herramientas para prevenir ese posible accidente.

    ¿qué opinais sobre este asunto? ¿habéis tenido alguna experiencia en algun caso similar?

    #162116 Agradecimientos: 0
    jejarque
    Participante
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    junio 2001


    Ese libro paralelo no sirve para nada. Lo primero que te pide el juez es el libro de incidencias, que es la herramienta que tiene el coordinador para dejar constancia de las infracciones observadas.
    Los coordinadores deben escribir en el libro de incidencias todas las infracciones del Plan de Seguridad y Salud.

    #162117 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
    0
    octubre 2002


    lo unico que sirve de verdad es el libro de incidencias, lo demas es meramente informativo

    #162118 Agradecimientos: 0
    Ignacio
    Participante
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    mayo 2002


    ¿Meramente informativo? ¿Desde cuándo unas instrucciones dadas por escrito por el coordinador, firmadas y con un recibí por parte de la contrata son meramenente informativas?

    Otra cosa es que los incumplimientos del PSS tengan que ponerse según el RD en el libro de incidencias y el ya muy manido en este foro tema de “que viene el lobo”.

    #162119 Agradecimientos: 0
    Jim.
    Participante
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    octubre 2002


    Os aseguro que tiene tanta validez como el libro de incidencias de cara a la inspección de trabajo y al juez.
    Yo mismo, he enviado una de esas notificaciones “paralelas” a la inspección de trabajo, y posteriormente se han seguido los mismos trámites que si hubiese escrito en el Libro.
    Sé de muy buena tinta como un Coordinador con las anotaciones realizadas en ese “libro de incidencias” se libró de tener que sentarse en un banquillo por la muerte de un trabajador.
    Es más, no creo que todas las instrucciones que transmita un coordinador fuera del ámbito del libro de incidencias sean meramente informativas, y si no que se lo pregunten a cualquier contratista a ver que le parece que un Coordinador le esté entregando un informe cada vez que hace una visita a la obra.
    Lo que está claro es que en cada Comunidad este tema es un mundo, pero yo en las Comunidades que he intervenido, tanto a la inspección como a los Técnicos de los centros territoriales de seguridad y salud les agrada la idea.
    En definitiva, mucho cuidado con cualquier anotación de un Coordinador y desde mi punto de vista, es una forma más de justificar que está haciendo su trabajo, aunque otra forma es como y con que periodicidad lo haga.
    Saludos.

    #162120 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Totalmente de acuerdo con Ignacio y Jim. El problema es que si le preguntas a la Inspección de Trabajo te dirán que no tiene validez, pues ellos quieren tener constancia de todo lo que pasa en una obra. Evidentemente que un documento firmado por ambas partes tiene la validez jurídica necesaria. Ahora bien, mi opinión es que los temas graves de seguridad deberían anotarse en el libro de incidencias.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #162121 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    No creo que cualquier instrucción a seguir deba escribirse en el libro de incidencias.

    Este libro debe usarse en caso de peligro inminente y seguro, pero no para dar las típicas instrucciones de que cuando se vaya a hormigonar, antes se deben colocar las barandillas o redes o lo que sea.

    De acuerdo que cuando la cosa está jodida en cuanto a seguridad se debe utilizar siempre el libro de incidencias, siempre y cuando se haya hablado con anterioridad con el contratista y se le hayan comentado las incidencias, y no esté por la labor de arreglarlas de inmediato.

    Otra cosa distinta es que el coordinador de seguridad visite la obra y deje constancia de ello y de las pequeñas irregularidades que observe porque no realiza reuniones de seguridad frecuentes o nunca, y deja por escrito sus instrucciones, en en famoso libro paralelo, o similar.

    #162122 Agradecimientos: 0
    delair
    Participante
    0
    enero 2003


    Mi opinión es que el Coordinador lo que hace con eso es advertir y si se le corrige la deficiencia no tener que hacer uso del Libro de Incidencias. También podría hacerlo en el Libro de Ordenes, puesto que forma parte de la Dirección Facultativa.
    El Libro de Incidencias lo deja sólo para el caso de incumplimiento.
    Supongamos que el Coordinador, llega a la obra y verbalmente dice que se corriga una deficiencia al respnsable de la Contrata e inmediatamente se le corrige, ¿Debería dejar constancia de ello en el Libro de Incidencias?, si así lo hace ello le obligaría a remitir copia a la Inspección cuando la deficiencia ya ha sido subsanada. De ahí que utilice otros métodos para no causar complicaciones a la empresa constructora.

    #162123 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Hay que distinguir.

    Una cosa es el libro de incidencias como tal fijado por la ley el cual debe ser utilizado con fines de seguimiento del plan de seguridad y salud en el que se deben anotar aquellas incidencias que ocurran durante la realización de la obra.

    Y otra es ese libro al que os referís el cual no aparece legalmente reflejado en un sitio escepto que la ley indica que los contratistas y subcontratistas están obligados a cumplir las instrucciones y seguir las indicaciones del coordinador de seguridad y salud (en el RD171/2004 tambien viene). Estas no son incidencias como tal (son instrucciones que son cosa distinta)las cuales es conveniente dejarlas por escrito. Unos coordinadores lo hacen mediante actas sueltas y otros (como es mi caso) lo encuadernamos en un libro (el cual yo denomino de instrucciones).

    Una instrucción por ejemplo es que para determinado trabajo se deberá despejar la zona y acotarla quedando prohibido el acceso a la misma del resto de contratistas. Aunque ya se que es redundante, pues debería estar reflejada en el Plan de S+S, estos suelen ser demasiado genericos en este sentido y mediante las instrucciónes los concreto.

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