Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #69035 Agradecimientos: 0
    muntplein
    Participante
    8
    2
    octubre 2002

    Iniciado

    la sentencia 299/2010 del TSJ de La Rioja viene a decir que aunque se hayan realizado mediciones para detectar una sustancia que parece ser ha causado alergia a una trabajadora y dichas mediciones hayan dado negativo, ello no impide afirmar que la sustancia está presente en el ambiente de trabajo y afecta a la trabajadora.

    Aunque las mediciones hayan sido realizadas a instancias de la Inspección de Trabajo por técnicos competentes, utilizando una metodología aceptada, es más relevante que la trabajadora tiene asma trabajando y no la tiene cuando no trabaja. Las mediciones realizadas no garantizan la total ausencia de ácido tereftálico en el procesamiento de polímeros plásticos a <270º.

    #406367 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Pues haré como hacen los políticos, respeto la sentencia pero no la comparto.

    #406373 Agradecimientos: 0
    Coten
    Participante
    0
    diciembre 2006


    Hola Muntplein
    Me puedes indicar donde encontrar la susodicha sentencia. Somos ususarios de ese producto químico.
    Gracias y buenas vacaciones

    #406372 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Otra de jueces, sin tener información detallada parece que confunden “presente” con “expuesto”. Vergonzoso

    #406371 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Pues yo diría que hay dos opciones:

    1.- Que la trabajadora es alérgica a otra sustancia del ambiente de trabajo que sí está presente pero que no se ha buscado.
    2.- Que, aunque al hacer la medición dio negativo, en otros momentos no lo es.
    No puedo menos que alabar el criterio del juez de aplicar el sentido común de que, si la trabajadora tiene síntomas en el trabajo y no los tiene fuera del trabajo, es asma laboral, independientemente de que las pruebas con fiabilidad menor del 100% den negativo a determinadas sustancias, aunque hayan sido hechas por técnicos competentes y con metodología probada.

    Un saludo.

    #406370 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    Interpreto que la trabajadora se realizó pruebas alérgicas como resultado de las cuales era alérgica a este producto pero no a otros presentes en el entorno de trabajo.
    Interpreto que el juez entiende que debe haber otros productos químicos o circunstancias no evaluadas que intervienen en el desencadenamiento de los brotes asmáticos del trabajador.
    Una elevada temperatura ambiental, sin mediación de producto químico alguno, por ejemplo, empeora los cuadros asmáticos.
    Lo mejor, por mi experiencia, es que le cambien de puesto de trabajo.
    Un saludo

    Javier

    #406369 Agradecimientos: 0
    isard
    Participante
    2
    0
    junio 2001

    Iniciado

    Hola Muntplein.
    Los datos que proporcionas no son suficientes. No sabemos la extensión del muestreo, la sensibilidad de los análisis,…
    En cualquier caso sabemos que en agentes sensibilizantes los efectos se manifiestan aún a concentraciones muy por debajo del valor límite e incluso del límite de detección. Los LEP tienen un valor orientativo (ausencia de efectos para la mayoría de los trabajadores) pero eso no excluye que puedan darse manifestaciones incluso graves en personas especialmente sensibles.
    Ante el conocimiento de un trabajador de estas características potencialmente expuesto la única opción es cambiarlo de puesto de trabajo. “Adaptar el trabajo a la persona”.
    Saludos

    #406368 Agradecimientos: 0
    gummo
    Participante
    0
    marzo 2008


    La justicia española una vez mas al servicio de los políticos y sindicatos de turno.Mas de lo mismo.Patetico.Como para no haber crisis…esto es lo que hay.

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