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    rubenechevarria
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    abril 2006


    Hola a todos, mi consulta es la siguiente:

    Todos los trabajadores de nueva incorporación a una empresa, deben recibir la formación inicial. Mi pregunta es: Si un trabajador ha cambiado de una empresa en la que recibió la formación correspondiente, a otra, en la que realiza los mismos trabajos, ¿se podría dar por válida esa formación?¿se le debería exigir la formación por la nueva empresa?. Como anotación, decir que la formación fué impartida por el servicio de prevención de una mutua de accidentes de trabajo.

    Un saludo y muchas gracias a todos.

    #116096 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Es una obligación del empresario dar formación a sus trabajadores.

    Trabajas para el empresario A. El empresario A te da formación. Cumple.

    Mañana cambias de empresa y empiezas a trabajar para el empresario B.

    Sabes manejar la misma máquina (esto es un ejemplo), pero el empresario B debe cumplir con su obligación de formar a ese nuevo trabajador.

    Por si te sirve de ejemplo, conozco casos en los que el empresario B, contrata a un trabajador nuevo, q antes llevaba 10 años conduciendo carretillas en la empresa A, en la que el empresario A le habiá dado formación, y este empresario A certifica que ese trabajador ha estado 10 años conduciendo carretillas en su empresa (certificación de la formación, por escrito, de su anterior empresa, que utiliza el nuevo empresario).

    Saludos.

    #116097 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Siendo estricto, la formación no vale. ¿Los riesgos de la nueva empresa son exactamente los mismos que los de la empresa anterior? ¿Y las medidas preventivas que debe aplicar también son las mismas? Difícilmente las respuestas a ambas preguntas será que sí.

    Siendo algo más flexibles y realistas… La formación, en el caso que comentas, va a ser la misma, por lo que repetirla parece un esfuerzo redundante e innecesario. Por eso, por ejemplo, se ha creado la tarjeta de la construcción, en la que queda constancia de que un trabajador determinado ya ha recibido la formación preventiva, y ya tiene el apto del RM (ambos con la validez que corresponda, por ejemplo un año)

    Pero cuidado, que estos argumentos no sirvan para que el nuevo empresario pretenda evitar su obligación de formar al trabajador. Le guste o no, y nos parezca más o menos razonable, la ley no permite escaqueos tales como “no, es que esto ya lo hizo en su anterior empresa”.

    En mi opinión, debe repetirla.

    Un saludo.

    #116098 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Se ha repetir la formación, por parte de la nueva empresa.

    #116099 Agradecimientos: 0
    Coordinator
    Participante
    0
    mayo 2002


    En principio la formación en PRL es válida para cualquier puesto, siempre que este sea igual y sean las mismas máquinas, mismos riesgos etc. El otro servicio de prevención debe de hacer un certificado de formación específico para ese trabajador. De todas maneras hay que recordar que la formación es periódica y que desgraciadamente hay muchos cursos de muchos SP que son de risa, por lo que el trabajador sólo sale con un papel en el brazo que dice que está formado, pero solo eso. El trabajador ni esta concienciado ni sabe nada de PRL, o incluso en algunos casos ni siquiera ha hecho el curso.
    En resumen en algunos casos vale como excepción, pero debería de incorporarse al próximo curso de reciclaje.

    #116100 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    La LPRL indica que “el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación,…”

    Si somos rigurosos, la formación impartida anteriormente no debería valer. Por otra parte, aún cuando se realice el mismo trabajo, son empresas diferentes y por tanto tendrán culturas diferentes, sistemas de gestión diferentes, etc. Con este planteamiento, ¿puedes garantizar que este trabajador sabrá que hacer en caso de emergencia, por ejemplo? Aparte de los riesgos específicos de su puesto de trabajo ¿conocerá los riesgos propios del centro de trabajo y como evitarlos? Considero que la formación inicial hay que impartirla siempre, aún cuando una parte de la misma pueda ser repetitiva.

    #116101 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Estoy de acuerdo con esto último.

    El Artículo 19 de la LPRL señala que, “en cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, SUFICIENTE Y ADECUADA, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario”.

    Yo creo que es bastante claro: evidentemente, y al entrar en una nueva empresa, las condiciones de trabajo no serán las mismas. La formación sobre el manejo del equipo de trabajo puede que sea útil y válida, pero ello no le exime de recibir formación adicional aplicada a su nuevo puesto de trabajo.

    Tirando del ejemplo de la carretilla elevadora, sí, puede que tenga formación y experiencia en el manejo de ese modelo concreto, pero, ¿cuáles eran sus circunstancias anteriores?
    ¿Trabajaba en una nave cerrada? Igual ahora tiene que salir al exterior.
    ¿Trabajaba con material paletizado a nivel del suelo? Igual ahora tiene que cargarlo en estanterías metálicas conectadas por pasillos.
    ¿Trabajaba sin otros trabajadores alrededor? Igual ahora tiene que compartir el espacio con zonas de tránsito peatonal.

    En definitiva, esa formación adecuada de la que habla la Ley, en mi opinión, no debería circunscribirse únicamente al hecho de que sepa manejar cierto equipo de trabajo; también deberá tener en cuenta las nuevas condiciones de trabajo (entre otras cosas), que es imposible que se repitan al 100% en su nuevo trabajo.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #116102 Agradecimientos: 0
    computito
    Participante
    0
    febrero 2003


    La inducción es necesaria para conocer el movimiento de la organización y su política de prevención, no es un mero cumplimiento, es un momento de reflexión para lograr los objetivos de prevención, evitar accidentes. Aqui radica la vision de la acción preventiva donde que clarifica un accionar meramente técnico, sin intervención política ni sindical.

    #116103 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    No es lo mismo.
    En la construcción el centro de trabajo, obra es distinto cada día, y con bastante regularidad hast acambia de ubicación física (cambian de obra). Corresponde a los técnicos de prevención de las empresas determinar la necesidad de formación específica para cada una de las obras.
    Cuando hablamos de empresas con instalaciones fijas, esta variabilidad no existe, y el tiempo de permanencia en el centro de trabajo es mayor, por lo tanto el tiempo de exposición a cada riesgo es mayor, por lo que es preceptiva la formación al respecto.
    Cierto que la formación generica debería poder obviarse (el operador de puente grúa conoce la generalidad de su trabajo) pero deberá ser formado en las pecualiaridades (al menos) del equipamiento que va a utilizar, y el centro de trabajo concreto.
    Posiblemente con una formación más corta y específica sea suficiente. De hech probablemente podría el formar a cualquier técnico de prevención sobre el uso seguro del puente grúa mejor que cualquier técnico a él.
    Y quien dice puente grúa dice cualquier otra cosa.

    #116104 Agradecimientos: 0
    S.I. jimenez
    Participante
    0
    julio 2006


    Buenos dias, efectivamente debes de darle la inducción sobre los riesgos inherentes al area de trabajo y a los cuales estara espuesto, esto es requisito indispensable, asi la persona este entrenada o no debe de ser notificada, ya que estarias cumpliendo con lo establecidos por las leyes

    #116105 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Pues claro que vale esa formación. La ley no exige al empresario dar la formación sino asegurar que el trabajador recibe esa formación; y por tanto si el trabajador ya la ha recibido y el empresario puede demostrar que eso es así, entonces ya se ha asegurado que la ha recibido.

    Otra cosa es que difícilmente una empresa tenga exactamente los mismos riesgos, y por tanto es prácticamente imposible evitar que un trabajador de nueva incorporación pase por el aula de formación o la sala de reuniones, y después por el correspondiente paseo por las instalaciones, para “presentarle el centro de trabajo” y decirle algo así como: Ya sé que sabes manejar una carretilla elevadora, pero te voy a informar de nuestros riesgos, de nuestras normas de seguridad, y vas a quedar a observación de un mando inmediato quien te dará las pautas de trabajo que manejamos aquí.

    Si el trabajador es experimentado, este proceso podrá durar 1 día en vez de 2 semanas, pero siempre es muy conveniente y también obligatorio.

    #116106 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    je,je,je: un dia

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