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    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Un andamio como el referido en este hilo, bien planteado y montado no debería requerir el uso de arnés de seguridad, tal y como bien comenta Xirgu.

    Únicamente merezca comentario el hecho de que en situaciones particulares, cuando el andamio no ha podido ser completado, o por algo muy sencillo pero que la ley te obliga a tener en cuenta: saber cómo son tus operarios; quizás no sea descabellado obligar a llevar arnés colocado, porque sabes que en un momento dado te la pueden liar (en este último caso), o porque respecto del primero, por mucho andamio tipo industrial que haya en el mercado -con el que se pueden hacer virguerías, a lo mejor en tu obra no hay de eso, y entonces es difícil ajustar andamios rectos a equipos curvos (por ejemplo). Se que eso obedece a un error previo de planificación, pero es que estos ocurren porque dependen de mucha gente.

    Todo lo anterior, no invalida el criterio general de xirgu, que creo que responde a la pregunta inicial.

    #288550 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
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    enero 2013


    Yo estoy con Xirgu, esa es mi opinión, y sinceramente, entiendo que es lo más lógico y de sentido común. El problema lo veo en la diferente interpretación que se hace sobre el arnés en otras situaciones. Os pongo el caso de una PEMP (Plataforma elevadora móvil de personal). La máquina dispone de su cesta con barandilla a 1m barra intermedia y rodapié, es decir, protección colectiva. Sin embargo, la inspección de trabajo (por experiencia lo digo) obliga al operario de la cesta a llevar arnés anclado a la misma. De hecho, una de las verificaciones que se hace a la máquina es la comprobación de los puntos de anclaje en la cesta. ¿si hay protección colectiva porque obligar al uso del arnés? La respuesta es, y cierto que también su razón, que el operario puede, en un momento dado, tratar de acceder a algún punto de su área de trabajo subiéndose a la barandilla (no sería la primera vez) con lo que la barandilla deja de realizar su función y si lleva el arnés anclado en caso de resbalón o similar no caerá, de hecho se recomienda anclar el arnés a la base de la plataforma con cuerda corta para evitar que el operario suba a la barandilla. La inspección no hace esta interpretación en el andamio ¿por qué?. Y lo de no anclarte al andamio… en una PEMP estás obligado a anclarte a la máquina por que, según se interpreta, si la máquina vuelca y estás anclado a la estructura el tirón que puede darte la máquina podría destrozarte. Esto es lo de siempre todo ambiguo y poco claro para poder culpar a cuantos mas mejor en caso de accidente. Mi recomendación, siempre sentido común y no buscar tanto el legalismo para evitar la sanción económica. Se trata de evitar accidentes y en eso el sentido común (y la experiencia) hace mucho.
    Yo en el andamio montado y debidamente arriostrado y protegido no considero el arnés para los operarios que trabajan sobre él. En la PEMP si lo considero porque es más fácil que el operario se suba a la barandilla.

    #288551 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
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    6
    enero 2013


    @JOPRICI wrote:

    A ver si no confundimos al personal, ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDO ATAR EL ARNÉS AL ANDAMIO, ya que si este se viene abajo, el trabajador se cae con arnés y sin arnés. No se pueden dar opiniones a la ligera.

    Si es andamio está correctamente arriostrado es un punto de anclaje perfectamente válido otra cosa será que no esté bien montado y/o arriostrado pero sino puede que sea el mejor punto de anclaje para el operario. Repito… sentido común por favor, lo que vale en para una cosa no vale para todo. Llevo mucho años dirigiendo montajes de andamios y montando también. Para hacer caer un andamio debidamente montado y arriostrado hace falta mucho. Si te anclas a una estructura perfectamente fija ¿Qué problema hay? ¿y si se cae el edificio? Ya me dirás donde pone lo de TOTALMENTE PROHIBIDO en la ley o normativa. Lo dicho no seamos más paistas que el Papa

    #288552 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    @JOPRICI wrote:

    A ver si no confundimos al personal, ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDO ATAR EL ARNÉS AL ANDAMIO, ya que si este se viene abajo, el trabajador se cae con arnés y sin arnés. No se pueden dar opiniones a la ligera.

    Si es andamio está correctamente arriostrado es un punto de anclaje perfectamente válido otra cosa será que no esté bien montado y/o arriostrado pero sino puede que sea el mejor punto de anclaje para el operario. Repito… sentido común por favor, lo que vale en para una cosa no vale para todo. Llevo mucho años dirigiendo montajes de andamios y montando también. Para hacer caer un andamio debidamente montado y arriostrado hace falta mucho. Si te anclas a una estructura perfectamente fija ¿Qué problema hay? ¿y si se cae el edificio? Ya me dirás donde pone lo de TOTALMENTE PROHIBIDO en la ley o normativa. Lo dicho no seamos más paistas que el Papa

    #288553 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    @james wrote:

    En mi opinión debe exigirsele al trabajador cuando este en una cesta de un brazo de grua, o en un cuevano o gondola de soldador y en un andamio colgado, pero como medida complementaria podria usarse en un andamio, sabido es que cada inspector tiene su propia opinión sobre el tema y luego hacen lo que quieren en las actas, y yo he visto actas por no usa el cinturon en andamios pero tambien he visto actas en las que no se menciona este hecho y se considera correcto el no uso.

    Completamente de acuerdo contigo!!!!

    #288554 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    ***

    #288555 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    ***

    #288556 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    ¡¡¡DIOS SANTO!!! 😯 😯 😯 Esa respuesta la di hace 11 años. Tenía pelo, 12 kilos menos y se me conocía por el George Clooney de la prevención. Ahora no tengo pelo y se me conoce como el Don Pin Pon de la prevención.
    Pues eso, en 11 años se nos ha disminuido hasta el tamaño/distancia, de 30 cm. a 20 cm., pero para mi “santa” siempre serán 30 cm. Antes no estaba el Convenio y mi “santa”, ni antes ni ahora, tiene metro o escalímetro.
    Bajo mi punto de vista este tema esta más que superado.
    Y hacer el favor de no subir respuestas de cuando teníamos pelo, bueno sí, éstas:


    P.D.: Quedaros con la fecha, especialmente el día.

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    #288545 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
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    193
    junio 2004


    Experto

    ***
    Mis disculpas Xirgu, he editado mi respuesta anterior pues no es correcta respecto a la tuya. No me fijé en la fecha de la pregunta ni de tu respuesta. Es la primera vez que me pasa.

    Saludos.

    #288546 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Tranquilos, que llega la caballería!!!!!! 😆 😆 😆
    A ver,

    1. Se me han saltado las lágrimas cuando he visto “andamio homologado”. He pensado, oh, cielos, durante la noche, mientras yo dormía, por fin los eurodiputados se han aclarado y han editado una magnífica ley armonizada para los andamios, se ha acabado el sufrimiento… pero no, no ha sucedido semejante maravilla. Señores, los andamios no se homologan, se certifican respecto a sus normas UNE-EN 12810-1,2 y UNE-EN 12811-1,2,3. Dichas normas no son obligatorias (sin perjuicio de la evidente consideración de que la certificación es una garantía de seguridad) ni se traducen en un marcado CE. Estos andamios se certifican, repito, como garantía de seguridad de los mismos siempre que el fabricante considere hacerlo.

    2. El andamio debe disponer de sus protecciones colectivas, como la barandilla exterior, listón intermedio y rodapie, y si se separa de la fachada más de 20 cm, debe disponer de barandilla interior y punto. En cuanto a si se cae el andamio y cosas que he leído por ahí, hombre, el andamio se debe construir de acuerdo a una planificación, para su montaje, desmontaje y utilización seguros, que incluya las revisiones pertinentes, en funcioń del uso, climatología de la zona, por otra parte, os recuerdo que existe algo llamado márgenes de seguidad. Y por si los trabajadores hacen el tonto, no ya formación, tarjeta roja y expulsión que es lo que está de moda, sí hombre, esa práctica tan extendida de vigilar y expulsar a los operarios con fotos y actas y fanfarrias por chorradas y luego verles hacer animaladas y no hacer na… país… Por tanto, no debería ser obligatorio el uso del arnés en un andamio tubular, salvo circunstancias (yo diría que muy excepcionales y de forma muy puntual) que podrían ser previstas por el proyectista. ¿Cómo, me diréis, sé yo si se dan estas circuntancias excepcionales? ¿con la bola de cristal? No, craso error, mi bola de cristal se averió y no la he vuelto a arreglar 😆 en las obras tenemos dos claras referencias en este tema, que nadie ha mencionado, que son las instrucciones de montaje/plan de montaje del andamio y por supuesto el PSS de la obra. Y el inspector “cambiante” que a veces dice blanco y a veces negro, va a ser porque se lee el susodicho plan…

    3. Que si el arnés de la plataforma es por si los operarios se suben a las barandillas ( 😮 ❓ 😮 😈 👿 😕 😕 😕 😯 )… si es verdad que eso lo ha dicho un inspector, nombre y apellidos, please, que le voy a hacer una charlita… el arnés en la plataforma (con la cuerda cortita, por favor…) es para evitar el famoso efecto catapulta:

    Y para nada más. Y 😯 😯 😕 también, lo de que la plataforma puede arrastrar al operario… si la plataforma se cae, a menos que el operario sea de Superman, el operario se cae con la plataforma sí o sí.

    Xirgu, hay que ser condescendiente con los neófitos, hombre 😀 que de hace 11 años ha llovido mucho (según el servicio de meteorología ibense 11456871545,354 litros 😆 ), curioso, yo también tenía 12 (o 20 😆 ) quilos menos, pero a mí el pelo me sale, manque sea en el bigotillo (maldita menopausia… 😆 😆 😆 )

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    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #288547 Agradecimientos: 1
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    @Vintces C C wrote:

    @xirgu wrote:

    ¡¡¡DIOS SANTO!!! 😯 😯 😯 Esa respuesta la di hace 11 años. Tenía pelo, 12 kilos menos y se me conocía por el George Clooney de la prevención. Ahora no tengo pelo y se me conoce como el Don Pin Pon de la prevención.
    Pues eso, en 11 años se nos ha disminuido hasta el tamaño/distancia, de 30 cm. a 20 cm., pero para mi “santa” siempre serán 30 cm. Antes no estaba el Convenio y mi “santa”, ni antes ni ahora, tiene metro o escalímetro.
    Bajo mi punto de vista este tema esta más que superado.
    Y hacer el favor de no subir respuestas de cuando teníamos pelo, bueno sí, éstas:


    P.D.: Quedaros con la fecha, especialmente el día.

    Me parece fenómeno que sepas desde hace años (por mí, mejor décadas si pudiera ser) que la distancia es de 20 cm. según el Convenio. Pero la que has indicado antes: de 30 cm, no es la correcta (la sepas o no, y estés de acuerdo con ella o no).. y por eso te he rectificado.

    Estimado Vintces. NO HAS ENTENDIDO NADA. o no te has leído bien mi post.
    Cuando di la respuesta, hace 11 AÑOS (Noviembre de 2002), la distancia eran 30 cm. y ni existía el 2177, ni convenio, ni …….
    Y vuelvo a lo mismo, es lo que pasa al rescatar post antiguos.

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    #288557 Agradecimientos: 1
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

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    Mis disculpas de nuevo Xirgu, vuelvo a editar esta respuesta por los mismos motivos que la anterior. Igualmente pienso, y ahora por experiencia, que es un error subir preguntas realizadas hace años (con lo fácil que es escribirlas de nuevo) pues crean confusión cuando estás más pendiente de contestar que de la fecha de la pregunta, como ha sido mi caso. Bien diferente es colgar respuestas anteriores válidas.

    Nota: dicho esto, te agradecería que te abstuvieses en el futuro de decirme que “no me entero de nada” (y encima en letras grandes), pues me jod…. que no veas.

    Queda mucho más fino decir que … “no le leído bien tu post“, ¿verdad?

    Un abrazo.

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