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  • #5915 Agradecimientos: 0
    juanito123
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    mayo 2006


    Hola buenas tardes a todo el mundo. Tengo una duda con respecto a la hipoacusia. Yo empecé a trabajar hace muchos años en la empresa. Actualmente padezco de hipoacusia neurosensorial bilateral y un acúfeno. Cuando me ingresé en la empresa me sometieron a reconocimiento médico, aunque ignoro si padecía hipoacusia. El acúfeno no lo padecia. La hipoacusia se me agravado en el tiempo que estoy en la empresa. Mi pregunta es la siguiente. Suponiendo que ingresara con hipoacusia, cosa que desconozco, ¿la empresa tendría alguna responsabilidad? Gracias de antemano por la ayuda

    #108807 Agradecimientos: 0
    Fuga23
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    octubre 2003


    TIenen que hacerte un reconocimiento inicial al entrar a trabajar en una empresa. ahi el medico valorara si estas apto para trabajar o no, o si puedes realizar unos trabajos y otros no.

    A partir de ahi el medico dirá cada cuanto tienes que volver a pasar consulta… tambien el medico te dirá como debes trabajar y si puedes estar expuesto a ruido (con o sin epis)…

    suerte.!

    #108808 Agradecimientos: 0
    GIGIA
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    noviembre 2004


    Si se demuestra que en tu empresa existen niveles de ruido que puedan provocar trastornos auditivos a los trabajadores y la relación causal con tu hipoacusia la responsabilidad de la empresa existe en tanto en cuanto haya o no tomado medidas preventivas, y en función de ello podría reclamarse su responsabilidad. Pero yo no sé si preguntas por esto o por quién responde ante ti de la hipoacusia si es de tipo laboral, y contemplada dentro de las listas de Enfermedades Profesionales, en cuyo caso existen perfectamente pautadas las vías de reclamación administrativa.

    #108809 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    A ver, si en tu puesto de trabajo existe riesgo por exposición a ruido, la vigilancia de la salud que se te haya realizado (reconocimiento inicial, y sucesivos periódicos)habrá valorado en cada momento tu capacidad auditiva, y la evolución de esta. En base a dicha evolución, junto a la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, se podrá determinar si las condiciones del puesto están influyendo o no en una posible pérdida de capacidad auditiva.
    La empresa solo debe conocer si tu eres apto o no para el desempeño de tu trabajo, pero tu tienes total y libre acceso a conocer tu historial médico, incluyendo los valores de tu capacidad auditiva desde el primer reconocimiento asta el último.

    En cuanto a tu pregunta sobre las responsabilidades, el hecho de que tu padecieras una enfermedad al entrar a trabajar no tiene importancia si en su momento se te declaró apto para el trabajo. La responsabilidad de la empresa esta relacionada con el posible agravamiento de dicha dolencia debido a que las condiciones del puesto de trabajo (y en concreto el nivel de ruido) no se ajusten a lo establecido en la normativa, o no se hayan adoptado las medidas correspondientes en cada caso.

    Con esto quiero decirte que sería necesario poder establecer una relación causa-efecto entre tus problemas de audición y las condiciones a las que estas expuesto en tu trabajo.

    #108810 Agradecimientos: 0
    mdaniel
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    diciembre 2002


    En lugar de respuestas solo tengo preguntas: ¿cuántos años tiene?, ¿en qué trabaja?, ¿qué nivel de ruido soporta en su empresa?, ¿tiene antecedentes familiares de hipoacusia?, ¿tiene antecedentes de ingesta de otóxicos como determinados medicamentos?, ¿utiliza protección auditiva en su trabajo, desde cuándo?, ¿tiene exposiciones al ruido extralaborales como la caza, el bricolage, escuchar música o radio con cascos?…
    Con los pocos datos que da es difícil valorar su situación particular.
    Mi consejo es: solicite copia de la audiometría de ingreso, solicite la evaluación de ruido de su puesto de trabajo (puede hacerlo personalmente al empresario o a través de su delegado de prevención o sindical), solicite copia de la última audiometría. Si con todo ello sospecha que su problema es de origen profesional acuda a su mutua y pida que inice el expediente para que le sea reconocida una Enf. Profesional. Si la mutua no quiere iniciarlo vaya a su médico de cabecera y coméntele el tema para que solicite él, a través de Inspección Médica, para que el INSS valore si procede Enf. Profesional (solo el INSS reconoce el origen de la enf., tanto la mutua como el sist. público de salud solo inician el expediente).
    Si le han reconocido una Enf. Profesional entonces puede solicitar, ante la mutua, le sea reconocida la hipoacusia como lesión permanente no invalidante (conocido como baremo) y le corresponderá un pago único de no recuerdo qué cantidad.
    De todas formas deberá aportar más información y aconsejo estudio por médico especialista en otorrinolaringología, bien de la mutua bien del Sº Público de Salud de su CC.AA.
    En cuanto a responsabilidad o no de la empresa depende de muchas cosas: está reconocido el riesgo de ruido en la evaluación, se hacen mediciones, se han realizado medidas para minimizarlo, le dotan de protección auditiva adecuada, se contempla el ruido en su reconocimiento, con qué periodicidad, etc. etc. Si en alguno de estos puntos la empresa incumple se podría interponer denuncia ante Inspección de Trabajo y Seguridad Social o directamente en el Juzgado (mi consejo es comenzar con la vía administrativa). De todo esto le podrá asesorar su sindicato o un abogado laboralista. Pero antes que lo vea el otorrinolaringólogo para ver si su hipoacusia neurosensorial es de origen laboral o tiene otro origen.

    #108811 Agradecimientos: 0
    neom
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    noviembre 2004


    Si trabajaste expuesto a niveles de ruido por encima de la norma (85db en Colombia)la merma auditiva debe ser catalogada como secundaria a la exposicion laboral y la empresa debe responder por le daño causado, no se tiene en cuenta para estos casos si entraste con algun grado de hipoacusia, pues la empresa no debio ponerte a laborar en zona ruidosa sabiendo que ya tenias una lesion que se iba a agravar.

    #108812 Agradecimientos: 0
    juanito123
    Participante
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    mayo 2006


    llevo 13 años en la empresa, he trabajado como mecánico naval y actualmente estoy trabajando mecánico de aeronaves. Al ingresar en la empresa me sometieron a reconocimiento médico con su correspondiente audiometría, aunque cada vez que cambiaba de puesto de trabajo en la empresa no me sometían al reconocimiento inicial en el puesto de trabajo. En los 13 años que llevo, la compañía solo me ha efectuado 4 reconocimientos médicos. LAs tres últimas audiometrías se que me han empeorado, pero la primera ignoro si ingresé con problemas. En cuanto a lo de los niveles de ruido en los puestos de trabajo, no son muy detallados y tampoco existe un registro de cuanto tiempo está expuesta la persona al ruido. Mi jornada laboral actual es de 36´5 horas semanales, exceptuando los periodos en que efectuaba navegaciones que eran mayores, aunque no se los valores de pico y medios actuales. En los lugares de trabajo los valores superaban los 80 decibelios de ruido continuo, con valores de pico superiores. Estoy tratando de conseguir los niveles de ruido en el trabajo, pero no es sencillo.
    Lo que quiero es un poco de ayuda. Gracias por las respuestas

    #108813 Agradecimientos: 0
    Alcx
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    enero 2002


    Buenas tardes, un aspecto clave; usted está expuesto a ruido industrial por encima de los valores máximos permitidos. Otro aspecto; existen otras causas médicas de hipoacusia neurosensorial además del ruido. Existe un deterioro atribuible a la edad denominado presbiacusia. Su médico especialista conociendo su evaluación auditiva previa, la actual, su historial clínico a lo largo de su vida y los resultados de las evaluaciones ambientales de ruido en su lugar de trabajo podrá orientar la defición del origen profesional o común de su prolema auditivo. Cuando menciona la responsabilidad de la empresa estamos hablando de responsabilidad civil; en la cual es necesario probar el daño y porobar la culpa de la empresa por falta de cuidado en las labores de prevención, omiosión deliberada o impericia en las labores de prevención. Espero haber ayudado a orientar su caso. Alvaro Londoño

    #108814 Agradecimientos: 0
    mdaniel
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    diciembre 2002


    No le pueden negar entregarle la información sobrelo

    #108815 Agradecimientos: 0
    mdaniel
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    diciembre 2002


    Perdona pero había perdido la conexión. Retomando lo dicho, no le pueden negar información sobre los riesgos a los que está expuesto en su trabajo, ya que en caso contrario la empresa estaría incumpliendo con la legislación sobre seguridad y salud española. Si persisten en negarle la información le aconsejo contacte con Inspección de Trabajo y Seguridad Social pues el tema es grave.
    En cuanto a su hipoacusia, si la misma se confirma que es laboral (puede serlo por los niveles a los que está expuesto y por el tiempo de exposición) deberá solicitar que le sea reconocida Enfermedad Profesional por el INSS o por el ISM (si usted se encuentra en el Regimen Especial de los Trabajadores del Mar).
    Para que la hipoacusia sea de origen laboral debe cumplir unas características como la bilateralidad y que exista un marcado descenso de la agudeza auditiva (escotoma) en los tonos agudos.
    En cuanto le haya sido reconocida dicha hipoacusia como Enf. Profesional, si corresponde, puede solicitar le concedan Lesiones Permanentes No Invalidantes ante la entidad que asegure los riesgos profesionales (INSS, ISM o Mutua según corresponda en su caso), prestación consistente en una indemnización a tanto alzado que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores que sufran lesiones, mutilaciones y deformidades causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución de la integridad física del trabajador, siempre que aparezcan recogidas en el baremo establecido al efecto.
    El montante de la prestación puede consultarlo en la Orden TAS/1040/2005, de 18 de abril, por la que se actualizan las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no invalidantes en el BOE núm. 96, de 22 de abril de 2005.
    Un saludo y espero le haya aclarado algo la respuesta.

    #108816 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Te he encontrado el BOE:

    La prestación, a tanto alzado, está entre los 1010 y los 2990 euros.

    Un saludo.

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    #108817 Agradecimientos: 0
    juanito123
    Participante
    0
    mayo 2006


    Quería darle las gracias por su ayuda. Todas estas cosas me pillan en fuera de juego. Es triste que a un trabajador le ocurran estas cosas y no sepa que hacer. Gracias

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