- Este debate tiene 19 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 11 meses por PedroV.
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Hola a todos, una duda acerca del aviso previo.
Cuando se realizan diversas obras de reforma (construcción) en un mismo municipio, es necesario hacer un aviso previo por actuación, o se puede realizar un aviso previo generico ya que se trata de una misma obra con diferentes actuaciones.
Gracias.
Desde hoy, ya no hay obligacion de realizar el aviso previo.
puf el otro día llame a la delegación de trabajo y me hablaban de la entrega del aviso previo….
comentas que ya no es necesario el Aviso Previo en Obras de Construcción?
El libro de subcontratación como se habilita ahora, que se pone en el campo referencia de aviso previo?
A ver si me lo podeís aclarar, pq ahora si que estoy liado.
gracias.
Y ahora qué hacemos con los trabajos que duran uno o dos días, como por ejemplo, proyección de poliuretano?
¿que hacias antes?
Todas las referencias legales al aviso previo se entenderan realizadas a partir de hoy (se ha modificado el RD 39/97, 1109/2007 y 1627/1997) a la apertura de centro de trabajo que en obras de construccion debe ser realizada (desde la entrada en vigor de la ley “omnibus”) con caracter PREVIO al inicio de la obra y unicamente por quien sea contratista.
Esto me estaba preguntando yo… y ahora entiendo por qué han quitado el aviso previo, claro, claro antes todas las empresas que trabajaban dos días en obra mandaban el aviso previo… para dar faena a los funcionarios, debía ser… ¡jovar, con razón lo quitan!
Antes había un aviso previo del promotor. Los contratistas tienen un plazo de 30 días para realizar la comunicación de la apertura del centro de trabajo, lo que en la práctica se traducía en que si los trabajos duran menos de 30 días no se hacia la apertura.
Ahora hay que hacer la apertura previo al inicio de los trabajos, por lo que en una empresa que recorra 10 0 15 obras en un mes…1º que hubiese un plazo, no queria decir que no fuese obligatorio (de hecho, en el foro, alguien comento de algun requerimiento de la ITSS a posteriori de haberse ido de la obra)
2º había un aviso previo del promotor, vale, pero ¿estaba actualizado?
3º de esas “contratas” de 1, 2 o 3 dias, ¿cuantas van con un autonomo subcontratado?, y de estas ¿cuantas tramitan el libro de subcontratacion?
4º entrando en materia preventiva, de esas “contratas” de 1, 2 o 3 dias ¿cuantas realizan SU PLAN de S+S que segun rd 1627/1997 les corresponde obligatoriamente?
Me parece a mi, que el tener que tramitar la apertura de centro de trabajo, no les va a generar ningun problema añadido (incumplimiento de sus obligaciones) a los que ya tenian.
Ya, ni más ni menos que para tener que tramitar la apertura del centro de trabajo hay que entregar 3 copias del Plan de Seguridad y Salud.
¿Cuanto tiempo se tarda en hacer una apertura?
¿La apertura hay que hacerla en la misma provincia en la que está el centro?para tener un mejor control de la seguridad o de todos los sistema es mejor realizar el aviso previo por cada evento para llevar mejor control
Pero si ya no se hacen avisos previos!! Se hacen aperturas de los centros de trabajo.
¿Podeis decirme desde cuando, y donde pone que no es necesario el Aviso Previo?
GRaciasRD 337/2010.
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