Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #71866 Agradecimientos: 0
    Maido
    Participante
    1
    18
    marzo 2010

    Iniciado

    Hola, estoy buscando información para montar un servicio de prevención ajeno en la Comunidad Valenciana, tengo la normativa de referencia (Reglamento Servicios de Prevencion, Orden TIN 2504/2010), pero no encuentro nada sobre los requisitos para acreditarme en la Comunidad Valenciana, ¿me podeis ayudar? Gracias por adelantado.

    #423638 Agradecimientos: 1
    Raúl Martín
    Participante
    9
    162
    octubre 2016

    Iniciado

    Hola… pues en la normativa que citas está. En todo caso además de preguntar en un foro, lo que será definitivo es que dirijas tus dudas a la autoridad laboral de tu comunidad autónoma y ellos te dirán….
    saludos.

    #423639 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @epreven wrote:

    Hola… pues en la normativa que citas está. En todo caso además de preguntar en un foro, lo que será definitivo es que dirijas tus dudas a la autoridad laboral de tu comunidad autónoma y ellos te dirán….
    saludos.

    Sería lo suyo, porque ellos te darán la normativa, te lo explicarán bien y resolverán tus dudas, pues en definitiva ellos serán los que te otorgarán o no la acreditación.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #423640 Agradecimientos: 1
    Jordi Fontanet i Torra
    Participante
    17
    105
    febrero 2013

    Iniciado

    @epreven wrote:

    Hola… pues en la normativa que citas está. En todo caso además de preguntar en un foro, lo que será definitivo es que dirijas tus dudas a la autoridad laboral de tu comunidad autónoma y ellos te dirán….
    saludos.

    Opino lo mismo, ya que es la Autoridad Laboral la que debe dar el permiso.

    De todos modos, ojo con el cambio de legislación, tengo entendido que en dos meses todos los SPA deberán tener centro médico propio y eso es lo más costoso…

    #423641 Agradecimientos: 1
    Azu16
    Participante
    3
    11
    enero 2012

    Iniciado

    REAL DECRETO 39 / 1997, Reglamento de los Servicios de Prevención, REAL DECRETO 337 / 2010, por el que se modifican el Real Decreto 39 / 1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; Se obliga a que todos los SPA tengan médico/a y DUE (enfermer@ del trabajo).Las delegaciones que no tengan servicio médico desaparecen.
    Suerte a ver si te sirve.un saludo

    #423642 Agradecimientos: 0
    Maido
    Participante
    1
    18
    marzo 2010

    Iniciado

    @Azu16 wrote:

    REAL DECRETO 39 / 1997, Reglamento de los Servicios de Prevención, REAL DECRETO 337 / 2010, por el que se modifican el Real Decreto 39 / 1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; Se obliga a que todos los SPA tengan médico/a y DUE (enfermer@ del trabajo).Las delegaciones que no tengan servicio médico desaparecen.
    Suerte a ver si te sirve.un saludo

    ¿Se podría “subcontratar” este servicio externamente? Es decir, si tengo un medico y un enfermero en plantilla, tengo que disponer de los materiales medicos para el desempeño de su trabajo en el centro de trabajo? ¿O se puede externalizar este servicio?
    Gracias…

    #423643 Agradecimientos: 1
    Azu16
    Participante
    3
    11
    enero 2012

    Iniciado

    Creo que hay que tenerlos en plantilla y tener instrumental, lavabo, cabina de audiometria, etc., aqui en Bizkaia, es OSALAN quien revisa que todo esté en condiciones, puedes llamarles y que te lo comenten.Teléfono:944 03 21 90, a nivel nacional me imagino que será lo mismo. Un saludo

    #423644 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Definitivamente no se puede subcontratar. Hay fórmulas, como compartir las instalaciones a horas con algún otro servicio de prevención, pero para acreditarte debes justificar que tienes los aparatos y seguramente te pedirán justificante de compra o leasing, justificante de que las instalaciones son tuyas… pregunta en tu AL qué documentación necesitas y luego haz tus cuentas.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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