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  • #382933 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    …tampoco te pases… pero sí, así es… por eso digo que eso de “independencia” pues como que casi lo dejamos al ámbito de la moralidad y de lo “deseable”…

    #382934 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Por cierto, no sé si habrá sido el caso de alguien… pero continuando con esto de la independencia… decir que en más de una ocasión hemos compartido oficina/mesa/ordenador/coche/mantel/(cama) la dirección facultativa y los técnicos de obra… así todos juntit@s y… revuelt@s alguna que otra vez… jejje

    #382935 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    A lo que iba, es a que si la obra no requiere de proyecto según la LOE (no según otras normas) es porque no es una obra de edificación según la LOE (si lo fuese requeriria de proyecto, puesto que define qué es edificación y establecela necesidad de proyecto simultáneamente), luego la LOE NO le es de aplicación, esto no quiere decir que no haya otras normas que establezcan la necesidad de proyecto, podrá haberlas (de hecho las hay) pero esta necesidad basada en estas otras normas no la convierte en obra deedificación y por tanto seguirá sin ser de aplicación la LOE (salvo que dichas normas digan expresamente que sí lo es).

    Respecto a tu ejemplo, ese es el problema del RD 1627/1997 y su “in”definición de lo que es una obra de construcción (luego llego la DGT y la ITSS y lo acabaron de arreglar todo).

    #382936 Agradecimientos: 0
    _Genero_
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    junio 2004

    Iniciado

    1 No creo que ITSS sea quien deba pronunciarse sobre si la competencia del Ministerio de vivienda para poner requisitos al coordinador

    2 Por lo que pones, parece que tú tampoco estas de acuerdo y que piensas que la LOE no puede regular algo que pseudoregula (diría que lo regula si hubiese un apartado como el que hay para el proyectista, director de obra y director de ejecución con sus obligaciones, competencias, etc.. pero esto no ocurre, que curioso

    3 El coordinador no figura como agente de la edificación

    4 Una de mis mayores dudas, en que figura nos fijamos, a cual asimilamos el coordinador, a la de los proyectistas, directores de obra o directores de ejecución.

    Lo más lógico, parace que para ser coordinador en fase de proyecto nos fijasemos en el que tiene capacidad para realizar el proyecto, al realizar este el estudio de seguridad que forma parte del proyecto, pero esto no es así, por que si fuera así, los Arquitectos Técnicos serían incompetentes para realizar Estudios de Seguridad de viviendas.

    Y volviendo a la pregunta inicial, o mejor dicho ahondando en otro tema que se deriva de la pregunta inicial.

    ¿Quién es competente para un obra sin proyecto?
    ¿Quién es competente para una obra con proyecto que no es de edificación? A esta ya te contesto yo, se está aplicando la disposición adicional cuarta de la LOE ¿? en un sentido amplio.

    #382937 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pues no estroy de acuerdo en que el el promotor debe tener en cuenta la LOE, puesto que estas dando por supuesto que se trata de una obra de edificación, pero si la obra no requiere de proyecto (que es el caso planteado), NO ES UNA OBRA DE EDIFICACION (si lo fuese, requeriría de proyecto siempre), luego no tiene poque tener en cuenta la LOE.

    #382938 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Ah! bueno, pero yo no he dicho eso… lo que estaba haciendo era informando de los “tipos” de coordinadores que hay según según la legislación de “seguridad laboral”, ya que no entiendo exactamente a qué se refiere el forer@ Goost… (que ha estas altura ya se habrá perdido, creo)

    Fíjate que también me refiero a que existe un tipo de coordinador denominado “Coordinador de seguridad y salud en fase de proyecto” (Rd 1627/1997)… dejándole las referencias legales para que él mismo se lo lea/aprenda/informe …y claro que aquí no procede hablar de él, pero si las preguntans son tan amplias pues uno se inventa lo que puede para redirigir la discusión… aunque Don Prevencio nos va a echar un puro cuando vea este embrollo…

    #382939 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Pues claro que no estoy de acuerdo con que la LOE se meta a regular cuestiones que no son de su competencia… pero sólo soy un asesor, asi que, si me toca asesorar a un pomotor de una obra de edificación (otra vez lo repito: PARA UNA OBNRA DE EDIFICACIÓN) le tendré que decir que la LOE dice lo que dice al respecto de los CSS… otra cosa es que luego contrate a un IT agrícola para nombrarlo como CSS de la ejecución de un edificio de 20 plantas… cosa, que no me parecería ilegal atendiendo al RD 1627/1997 que es el texto legal que hay que aplicar… pero si LOE dice algo diferente no es mi culpa.

    Saludos.

    #382940 Agradecimientos: 0
    Goost
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    2
    septiembre 2002

    Iniciado

    Vaya, se va uno a hacer un par de visitas dejando la pregunta planteada y la que se ha liado… Me ha costado lo mío leer todo y no perderme.
    Primero, gracias a todos por el esfuerzo de responder y disculpas si el planteamiento no ha sido del todo claro.

    En mis preguntas quería dejar bien claro que hablo de obras SIN proyecto (sin entrar en discusiones de si en algunas sería necesario o no).

    Como bien apunta Oskar76, la necesidad de Coordinador ya no la marca la existencia de proyecto sino la participación de varias empresas. Es en este caso, cuando me planteo las dudas del principio; ¿qué formación, etc.?. Me las planteo porque tengo mis dudas de si esta figura de coordinador se puede equiparar o no a la figura del coordinador que todos conocemos en fase de ejecución. Por lo que veo diría que sí, aunque no acierto a encontrar una base normativa que clara.

    Por cierto, “coordinador de actividades preventivas” lo saco del siguiente enlace:

    donde en la página 5 hace un resumen documental de obras con y sin proyecto (yo matizaría y corregiría algunas cosas).

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    #382941 Agradecimientos: 0
    Goost
    Participante
    1
    2
    septiembre 2002

    Iniciado

    El enlace anterior corregido…

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    #382942 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Eso es lo que se denfendía hasta la aparición de:

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    #382943 Agradecimientos: 0
    _Genero_
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    2
    0
    junio 2004

    Iniciado

    Para obras sin proyecto

    Coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución según el 1627/97 (técnico competente)

    1 El 1627/97 se aplica a todas las obras, independientemente de proyecto.

    2 (Aunque ahora no tengo ganas de mirarlo te hablare de memoria) Según el 171/04 en sus disposición finales nos dice algo así como que los medios de coordinación en las obras de construcción serán los recogidos en el 1627/97 (entre los medios de coordinación recogidos en el 171/04 viene el coordinador de activiades) la disposición esta del 171/04 nos dice que en las obras no son los que vienen recogidos en el propio 171/04 sino que en el 1627/97

    #382944 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    Despues de leídos la mayor parte de los comentarios, paso a exponer mi opinión, por si fuese de interés:
    1. La figura del CSS en fase de ejecución es independiente de la existencia o no del proyecto, sólo depenede de si en la bora interviene mas de una empresa. (esto siempre lo he creido, pero icm75 colgaba recientemente un enlace con crietrio en sentido contrario. Al parecer donde dijeron digo ahora dicen diego).
    2. En obras en el ámbito de aplicacion del 1627, cuando hablemos de coordinador, nos estaremos refiriendo siempre al Coordinador de Seguridad y Salud nombrado por el promotor. La figura del Coordinador de Actividades Preventivas del que se habla en el 171 no aplica en este campo.
    3. La formación… hay la formación. Aquí si que no tengo NPI. Lo que designe el promotor me vale mientras sea A, AT I o IT.
    Saludos

    #382945 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    Pues le remito a esta otra discusión:

    Hasta luego!

    P.D. Como puede ver aquí tiramos del hilo hasta el infinito y más allá…

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    #382946 Agradecimientos: 0
    desmembrado
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    septiembre 2010


    Te has equivocado: es el R.D. 171/2004

    #382947 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenas de nuevo
    Si bien, es cierto que inicialmente lo del “nombramiento” podría generar esa “picaresca”… este tema ya ha sido resuelto por dos vísa
    1º- El legislador saca una guía técnica para la interpretacion de la norma (que es la que aplica los que “nos interesan”, es decir, ITSS y Autoridad Laboral que dice a este respecto:
    “La designacion de la figura del coordinador es una exigencia que el promotor no puede delegar ni transmitir, tan siquiera por contrato, al contratista o a terceros”……”Existen casos en los que es el contratista quien propone al coordinador para su designación por el promotor, llegando incluso a abonar a su cargo los honorarios profesionales del mismo. Esta práctica es contraria a los establecido en el RD 1627/1997, al ser ésta una obligación exclusiva del promotor”.

    Y si este argumento no parece suficiente, tenemos el:
    2º- Intrepretación JUDICIAL, o lo que es lo mismo, SENTENCIAS. Si bien existen ya muchas, yo aconsejo la lectura de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 21 de marzo de 2000, por ser una de las más sonadas puesto que condena a la propia administración pública (cosa rara) y ser una de las más utilizadas jurisprudencialmente,,,,
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

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