@P Colectiva wrote:
Entonces que norma se le aplica?? Aplicamos RD 1215/97 tras cada modificación de la máquina, por pequeña que sea? Esto en la práctica es imposible.
el responsable del proyecto asume la responsabilidad de las modificaciones, asumiendo los posibles consecuencias que pueda producirse de un error de la máquina??
No soy un experto en nada y mucho menos en máquinas pero creo que tú mismo te respondes. Esté el marcado CE o no lo esté, siempre hay que aplicar el 1215/97 otra historia es que se presuponga que por tener el CE ya cumplimos el 1215. ¿Que no puedes o no quieres? Pues tienes el mismo problema que otros que no pueden o no quieren aplicar la 31/95, el 1627/97, el 485 y siguientes, ……
¿Quién asume la responsabilidad? Eso le corresponde a un juez el determinarlo pero a bote pronto parece razonable que sean TODOS aquellos que conociéndolo y teniendo potestad para evitarlo no lo hicieron.
Bajo mi punto de vista y desconociendo las modificaciones que hacéis, habría que aplicar el 1215 cada vez, eso sí, insisto, hab´ra que valorar las modificaciones que hacéis y la entidad de las mismas.