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  • #429260 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    abril 2008


    Iniciado

    con un hecho se puede dar o no la razon pero cuando se habla de una idea se puede estar de acuerdo o no.
    Pero como lo que formulo es mi opinión tú mismo.

    #429261 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @martagb wrote:

    La cuestión es ¿que facultad tiene el empresario para sancionar? que tipo de sancion se aplicaría en caso de la negativa del trabajador a recibir dicha formación?
    Saludos a todos y buen día!

    Te lo he puesto en el mismo post, en los siguientes hipervínculos.

    PD: DAR la formación en prl a los trabajadores es un DERECHO de los mismos, y CURSARLA una OBLIGACION.

    #429262 Agradecimientos: 1
    Tomperu
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    54
    noviembre 2011


    Experto

    Hola Marta:
    Si un trabajador desobedece las instrucciones del empresario, en este caso formarse en PRL está incumpliendo el art. 5 el estatuto de los Trabajadores, por lo tanto es una acción/omisión sancionable.
    La sanción deberá graduarla el empresario en relación a los perjuicios que ocasione la negativa, pudiendo llegarse, si la gravedad lo acarrea, al despido disciplinario.
    El empresario tiene facultad para sancionar al trabajador, tal como se dispone en el art. 58 del E.T. y siguientes.
    El trabajador tiene derecho a impugnar la sanción en la vía laboral.

    #429263 Agradecimientos: 1
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Con respecto a la facultad del empresario de sancionar, es esta una cuestión neta de derecho laboral: ETT.
    Deriva de su poder de dirección y gerencia, aunque se debe limitar conforme al principio de tipicidad. La falta “sancionable” debe estar contemplada como tal bien en el ET o en convenio colectivo; se deberá seguir un procedimiento “disciplinario” y debe existir motivación y proporcionalidad. Todo esto está en el ET.

    Este artículo , por ejemplo, lo desarrolla suficientemente

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    #429264 Agradecimientos: 1
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Bien Marta,

    me parece que entre varios que hemos contestado, te has hecho una idea bastante buena del tema. Hay buenos foreros que como expertos te han contestado muy bien y mejor que yo.

    Otros, que se creen buenos, parece que pueden “decidir” sobre los otros…. asi les va, luego pasa como con el refran: “la sarten le dijo a la escusa: apartate que me ensucias…”

    Otro tema de los que no se ha hablado y esta muy claro, es que dada la formación que se esta exigiendo, como por ejemplo la del convenio de la construcción, metal y otros sectores, los empresarios contrataran antes a un trabajador que la tenga que otro trabajador que no la tenga… asociado a la etapa de crisis, los trabajadores (por lo que conozco en el campo en el que me muevo) por si mismos y estando en desempleo, se estan pagando al 100% esta formación para acceder “más fácil o pronto” a un puesto de trabajo…. entonces., ¿fijate como ha cambiado el tema?

    Otra cosa es que si yo fuese empresario y un trabajador no quisiera recibir la formación, no podría acceder a su puesto de trabajo, por tanto, creo (con las matizaciones que puedo desconocer) que el despido esta más que justificado y procedente. Sin más ni más…. ¿para que quiero un trabajador que no puede trabajar?

    Sobre el tema de los foros, comentarte que como ha dicho Sirgudlab, en los foros participa mucha gente y como “en la viña del señor tiene que haber de todo”, pues ningún foro se queda sin el porcentaje que le toca de este tipo de gente…

    Lo que te das cuenta enseguida de quien es quien… y como has dicho, creo que podrias enseñarnos a mas de uno, pues no es dificil encontrar el grano entre la paja.

    Desde hace varias semanas, dedico un rato a contestar mensajes que los foreros han puesto (incluso en el 2007) y TODAVIA no han recibido ni una sola respuesta, sencillamente porque creo que una de las peores cosas que te puede pasar en este mundo es que no te respondan a una inquietud que puedas tener, seas experto o no, seas veiteañero o tengas ochenta y tantos… seas más ágil y despierto o más vago y comodo, si haces una pregunta se merece una respuesta, o al menos eso pienso.

    Otra cosa muy diferente es que alguien se te acerque y quiera que le enseñes a hacer algo, entonces empleas tu humilde conocimiento a enseñar, deducir, etc. o le diriges a quien pueda hacerlo.

    Saludos

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #429265 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @caragola wrote:

    […] […]
    Otros, que se creen buenos, parece que pueden “decidir” sobre los otros…. asi les va, luego pasa como con el refran: “la sarten le dijo a la escusa: apartate que me ensucias…”

    […] […]

    Sobre el tema de los foros, comentarte que como ha dicho Sirgudlab, en los foros participa mucha gente y como “en la viña del señor tiene que haber de todo”, pues ningún foro se queda sin el porcentaje que le toca de este tipo de gente…

    Lo que te das cuenta enseguida de quien es quien… y como has dicho, creo que podrias enseñarnos a mas de uno, pues no es dificil encontrar el grano entre la paja.

    Desde hace varias semanas, dedico un rato a contestar mensajes que los foreros han puesto (incluso en el 2007) y TODAVIA no han recibido ni una sola respuesta, sencillamente porque creo que una de las peores cosas que te puede pasar en este mundo es que no te respondan a una inquietud que puedas tener, seas experto o no, seas veiteañero o tengas ochenta y tantos… seas más ágil y despierto o más vago y comodo, si haces una pregunta se merece una respuesta, o al menos eso pienso.

    Otra cosa muy diferente es que alguien se te acerque y quiera que le enseñes a hacer algo, entonces empleas tu humilde conocimiento a enseñar, deducir, etc. o le diriges a quien pueda hacerlo.

    Saludos

    No suelo entrar al trapo en estas chorradas, y lamento hacerlo en este hilo que nada tiene que ver. Pero creo que tus palabras merecen al menos una respuesta (en este caso, sí)

    Desde hace varias semanas estás muy activo por aquí, sin duda alguna. La razón de esa elevada actividad la tienes tú.

    Pero sí es cierto que a veces tus comentarios con referencias indirectas a ciertas cosas que se dicen no sólo no aciertan, sino que además presuponen juicios de valor negativos.

    ¿Quién te crees que eres para juzgar las razones de nadie, cuando ni siquiera has hecho el esfuerzo de preguntar por ellas?

    Amonestas a alguien sin caer en la cuenta de tus contradicciones. Hace dos días hablabas sobre lo importante que es esforzarse, aprender de los errores, bla, bla, bla y al día siguiente vas y no sólo no te das cuenta de que se intenta eso y vas y zasca, lo usas para amonestar a quien no conoces y no sólo eso, además contradices lo que el día anterior cacareabas.

    “Si haces una pregunta, mereces una respuesta” No se trata de hacer ese “diálogo socrático” pero si te das cuenta, estás respondiendo a cuestiones ya caducas o que se solucionan simplemente con buscar un poco… que sí, que todo el mundo merece su respuesta, aquí va la tuya: ¿Crees que mejora el ambiente del foro hacer lo que haces? ¿Crees que haciendo por un lado apología de una buena PRL y, por otro, dando directamente una respuesta que sería mejor buscar uno mismo ayudas a esa persona?

    Creo que ese “humilde conocimiento” que mencionas tiene base en (y espero equivocarme) a lo mejor mucho tiempo libre y ganas de notoriedad. Y me parece perfecto, de ser así.

    Sólo te pido que seas más comedido con los comentarios. No porque alguien se pueda ofender, que lo veo complicado, simplemente porque “cuando tú señalas con un dedo, otros tres te señalan a tí” Y por ello, antes de lanzarte a juzgar a nadie como “los malos de la película”, te plantees la dirección de lo que esos “malos” sugieren. Te podrás dar cuenta, si quieres o puedes, de que era lo mismo que lo tuyo, pero sin tanta contradicción.

    Saludos

    P.D. Nota mental: “no entres al trapo, no entres al trapo…”

    Desde ha

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #429266 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Cuantas respuestas genera una simple pregunta. Para añadir más madera, no sabemos si la nueva forera, por cierto bienvenida, ha usado el buscador. Como dicen en muchos foros bien regulados: “USA EL P*** BUSCADOR” y hubiese encontrado al menos un hilo que habla de este tema.

    Por otra parte, aún cuando la pregunta guarda cierta relación con la PRL, le veo más contenido de RR.LL. por cuanto supone una negativa a cumplir una orden empresarial. Es de suponer que en un foro de RR.LL. será más fácil o adecuado encontrar respuestas al respecto.

    Además, es un foro anónimo en el que puede participar cualquiera, y por tanto las respuestas pueden ser acertadas o no, interesadas o no, serias o irónicas; pero en cualquier caso, todas las respuestas deben ser puestas en duda y cuestionadas. Yo no me jugaría la vida de un trabajador por una respuesta de un foro, y no olvidemos que hablamos de seguridad y salud laboral. Tampoco me jugaría un master por la misma razón. Así que ante la duda, preguntar al profe o al consultor de reconocido prestigio (que normalmente cobrará una minuta) y que a pesar de su prestigio, también se equivocan.

    Resumiendo, a quien le pique, que se rasque.

    Saludos

    #429267 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @Man0706 wrote:

    quien le pique, que se rasque

    Aitor: No se puede decir mejor…. gracias Man0706. Saludos

    @Aitor wrote:

    aquí va la tuya: ¿Crees que mejora el ambiente del foro hacer lo que haces?

    El ambiente del foro esta muy deteriorado por intervenciones como las tuyas, pero te contesto ya que lo has pedido. Yo intento aportar el granito de arena que puedo y que a personas como tú, parece que les molesta porque entre otros defectos, os perturbo que desde vuestro “limbo” os mireis placidamente vuestro querido ombrigo….
    @Aitor wrote:

    ¿Crees que haciendo por un lado apología de una buena PRL y, por otro, dando directamente una respuesta que sería mejor buscar uno mismo ayudas a esa persona?

    Ya he respondido a esto, pero no voy a ser yo el que te impida que te mires placidamente a tu querido ombrigo. Desde luego, yo no soy ·”señor” de nadie, procuro contestar a los que preguntan y a los que preguntaron hace años sin tener ni una sola respuesta porque los que os mirais vuestro ombrigo, no os habeis dignado a contestar porque sencillamente sois dioses que pretendeis que los demás deben aprender…. ¡será posible!

    Si te `pido que me enseñes, es correcta tu postura y la comparto, pero si me preguntas cuanto es 2 x 3, te dire que 6 y listo, porque eso es lo que quieres. Creo que no estoy realizando actividades ilegales ni penalizadas.

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #429268 Agradecimientos: 0
    MARBESU
    Participante
    1
    0
    septiembre 2011

    Iniciado

    Mi querido amigo lo tienes muy fácil.
    Le comunicas la obligatoriedad de la formación que le vas a impartir (recuerda que preferentemente ha de ser en horas de trabajo) y si se niega; carta a la Inspección de Trabajo informándoles del hecho y despido del trabajador, punto y se terminó.
    Ánimo y te felicito por querer acceder a este mundo tan complejo y tan mal pagado.
    JMERBESU.

    #429269 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @MARBESU wrote:

    Mi querido amigo lo tienes muy fácil.
    Le comunicas la obligatoriedad de la formación que le vas a impartir (recuerda que preferentemente ha de ser en horas de trabajo) y si se niega; carta a la Inspección de Trabajo informándoles del hecho y despido del trabajador, punto y se terminó.
    Ánimo y te felicito por querer acceder a este mundo tan complejo y tan mal pagado.
    JMERBESU.

    Y al día siguiente probablemente tendrás una demanda socio-laboral del trabajador que muy posiblemente te ganará (encima, comunícale a la ITSS que te has excedido disciplinariamente, para que vaya de su parte), por pasarte de frenada: las leyes están para cumplirse, tanto por parte de los trabajadores (en este caso en lo que se refiere a su obligación de cursar la formación), COMO DE LAS EMPRESAS (en este caso ATENERSE a las graduación de sanciones que estipule su convenio colectivo Y al procedimiento de imposición de sanciones a los trabajadores que establece el Estatuto de los Trabajadores así como lo que matice su convenio colectivo).

    Y ya te digo que por ejemplo en el convenio de la construcción, dicha falta, de no ser reiterada (con lo que no vale, solo un se lo comunico, se niega, lo despido), no está tipificada como muy grave (que es la que podría originar el despido).

    #429270 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    91
    92
    enero 2003


    Experto

    ICM75, totalmente de acuerdo. No puede ser dicho y hecho.

    Ahora bien, si planteamos que la formación (no puede ser de otra manera, creo) es necesaria para conocr los riesgos de su puesto de trabajo, las medidas preventivas, de protección y de emergencia, y el trabajador se niega…. tambien podría el empresario negarle el acceso al puesto de trabajo, ya que lo contrario sería permitir que se exponga a riesgos sin su control ¿no?

    Conclusión: acumulación de faltas y despido.

    En una ponencia en la FLC le preguntaron a un ITSS cómo se podría demostrar que el empresario cumple la LPRL. El ITSS contestó: ¿cuantos trabajadores se han despedido por no cumplir las normas de seguridad? Un empresario que haya despedido a unos cuantos trabajadores, cumple la PRL. Ahora, ¿cuántos empresarios de los que estan aqui ha despedido a un trabajador por estos motivos? …. nadie levanto la mano y habia muchos empresarios…..

    Tampoco creo que un despido porque el trabajador se niege a la formación en PRL pudiera tener problema alguno.

    Además, ¿qué pasa en la construcción -obras? si no tienes toda la formación, no entras a trabajar…..

    En la administración nos podemos encontrar, casi seguro, que muchos oficinistas no han asistido nunca a un cursos de PVD, pero eso es culpa del que represente al empresario, ya que esta permitiendo que un trabajador trabaje sin formación…..

    Saludos

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #429271 Agradecimientos: 1
    MARBESU
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    septiembre 2011

    Iniciado

    Sr. MC75… Creo q estamos de acuerdo. Yo empresa contrato a trabajador y en cumplimiento de la Ley, le formó ( o lo intento ) si el trabajador no quiere… ¿Qué me siguieres que haga?… ¿que lo ponga a trabajar sin formar?… Bajo ningún concepto, yo no me la juego, y actuaría como te comente: documentó la negativa a querer recibir la formación y se lo traslado a la Inspección de trabajo. Te garantizo q no hay ningún Juez que le de la razón al trabajador…
    A mayores, como comentó alguno, si quiere entrar a trabajar y no quiere recibir formación… sin mas no lo contrato . Yo empresario estoy obligado a cumplir la Ley y q mayor cumplimiento q formar al trabajador (además de otras obligaciones).
    Como reflexión final, ojalá todos los empresarios formasen adecuadamente a sus trabajadores…, por desgracia sabemos q no es así… los cursos express (30 minutos), los on-line, los manuales q se entregan, etc., etc. y así estamos como estamos…
    Y para rematar todo este batiburrillo de la PRL… se reducen las obligaciones empresariales en base a las CARGAS ADMINISTRATIVAS INNECESARIAS recogida en la Ley del Emprendedor que modifica las obligaciones establecidas en la Ley de PRL y su marco normativo . Que la seguridad y la salud de los trabajadores la considera una carga administrativa … sólo puede pasar aquí…País…
    JMARBESU

    #429272 Agradecimientos: 0
    carloss
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    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @caragola wrote:

    ICM75, totalmente de acuerdo. No puede ser dicho y hecho.

    Ahora bien, si planteamos que la formación (no puede ser de otra manera, creo) es necesaria para conocr los riesgos de su puesto de trabajo, las medidas preventivas, de protección y de emergencia, y el trabajador se niega…. tambien podría el empresario negarle el acceso al puesto de trabajo, ya que lo contrario sería permitir que se exponga a riesgos sin su control ¿no?

    Conclusión:

    1º No quiere formación. Se le amonesta de falta leve, por escrito y se le deja en una silla toda la jornada.
    2º Al día siguiente. Igual. 2 falta leve
    3º Al día siguiente. igual. 3 falta leve = 1 grave.
    4º Idem. 2 grave
    5º Idem 3 grave = Muy grave. Despido y encima le tenemos que pagar una semana por estar sentado en una silla….

    Si nos acaba de entrar en la empresa lo mejor seria que no ha pasado el periodo de prueba y listo ¿no? ahora nos costaria 15 dias de sueldo….

    Ok, pero pongamos otro supuesto, nada infrecuente por cierto.
    Supongamos, como el caso planteado, que un trabajador “pasa” de asistir al curso de formación convocado por la empresa etc… pero que el empresario en vez de iniciar el procedimiento que indicas también “pasa”.: “que no quiere que ir el empleado pues que no vaya…”

    ¿pasa algo? nada en absoluto. (no en todos los sectores)

    Por ejemplo en la Administración Pública (de los cientos empleados administrativos) sin duda, en virtud del artículo 19 deberían recibir “todos” formación en PVD (todos lo s de oficinas). ¿qué se hace? se “ofertan” estos cursos a los empleados pero son de “asistencia voluntaria” dando el “trámite” por cumplido dando la formación a los que solicitan asistir a estos cursos de “pvd”. Y esto con la connivencia de sindicatos e inspección de trabajo.

    Tambien es cierto que a fecha de hoy no se ha realizado ninguna auditoría del sistema de PRL en la Adminsitración pública.

    Me pregunto sin el sector banca (que no son pocos) o seguros, etc todos los trabajadores han debido asistir a los cursos de pvd.

    Naturalmente que determinada formación para trabajos de especial riesgo asociado la formación es inexcusable, pero cuando la formación se asocia más a riesgos de tipo “ergonómico” la obligatoriedad suele ser muy laxa.

    #429273 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Yo, con lo de los cursos de “PVD” para oficina a veces pienso que cómo no se van a negar a ir, si se les cuentan las mismas chorradas que dicen en las guías técnicas.

    La PRL en una oficina es algo más que enseñar una postura o unas distancias al ordenador.

    Tenemos que incidir en uso de extintores, vías de evacuación y simulacros, gestión de emociones y comunicación humana, pautas de conducta sana que nos ayuden a mitigar el efecto de los periodos de estatismo (dieta, ejercicio, etc)

    Un “PVD” se explica perfectamente en media hora y sobra tiempo. Pero o hacemos las formaciones con mejores criterios didácticos y comprendiendo bien cómo funciona el proceso de aprendizaje o vamos de culo contra el viento…

    Respecto a lo del despido, suscribo lo dicho por ICM75 al completo. Pero cuando no se hace la formación no sólo hay que plantearse la opción disciplinaria y, desde luego, no como la primera o la única opción.

    En vez de eso, ¿qué tal si nos preguntamos acerca de las razones que han causado que ese trabajador renuncie a la formación? Pienso en situaciones personales, sobrecarga de trabajo, formaciones aburridas-repetitivas-inadecuadas-etc,

    Si rascamos, a lo mejor se descubre que ha pasado algo que, si se corrige, podría suponer la resolución del problema. Preguntemos, preguntemos. Que así se llega a cualquier sitio.

    Nuestro trabajo es prevenir. O sea, adelantarse a lo que está por venir. Si vemos venir problemas, ¿no será mejor tratar de ver su causa en vez de tratar con sus consecuencias?

    Eso dicho desde la idea de que nunca llueve a gusto de todos.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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    #429274 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @MARBESU wrote:

    Sr. MC75… Creo q estamos de acuerdo. Yo empresa contrato a trabajador y en cumplimiento de la Ley, le formó ( o lo intento ) si el trabajador no quiere… ¿Qué me siguieres que haga?… ¿que lo ponga a trabajar sin formar?… Bajo ningún concepto, yo no me la juego, y actuaría como te comente: documentó la negativa a querer recibir la formación y se lo traslado a la Inspección de trabajo. Te garantizo q no hay ningún Juez que le de la razón al trabajador…
    A mayores, como comentó alguno, si quiere entrar a trabajar y no quiere recibir formación… sin mas no lo contrato . Yo empresario estoy obligado a cumplir la Ley y q mayor cumplimiento q formar al trabajador (además de otras obligaciones).
    Como reflexión final, ojalá todos los empresarios formasen adecuadamente a sus trabajadores…, por desgracia sabemos q no es así… los cursos express (30 minutos), los on-line, los manuales q se entregan, etc., etc. y así estamos como estamos…
    Y para rematar todo este batiburrillo de la PRL… se reducen las obligaciones empresariales en base a las CARGAS ADMINISTRATIVAS INNECESARIAS recogida en la Ley del Emprendedor que modifica las obligaciones establecidas en la Ley de PRL y su marco normativo . Que la seguridad y la salud de los trabajadores la considera una carga administrativa … sólo puede pasar aquí…País…
    JMARBESU

    Yo que tu no pondría la mano en el fuego por lo que dirá el juez, pues yo apostaría a que sentenciaría lo contrario: despido nulo por sanción disciplinaria improcedente conforme a la graduación de sanciones establecida en su convenio colectivo (si fuese de la construcción, para otros habría que ver sus convenios, aunque e temo que sean similares).

    ¿qué hacer?, pues que de la parte sociolaboral se ocupen SUS EXPERTOS = los de recursos humanos.

    En cualquier caso, sin ser un experto, lo que dice el procedimiento sancionador en el caso de la construcción es: sanción de empleo y sueldo según el convenio que sea de aplicación.

    Y en mi opinión, lo que debería hacer la empresa es RECONVOCAR, para cuando finalice la sanción, al sujeto al curso de formación las veces que sean necesarias hasta que bien realice el curso o bien la graduación de sanciones tipifique como muy grave la reiteración de negativas y sí implique el despido disciplinario.

    Eso sí, en cada una de las convocatorias y reconvocatorias “yo” informaría al sujeto de la obligación legal que tiene de cursarlos y de las consecuencias que implicaría su no asistencia, tanto puntual como reiterada. Así mismo, informaría tanto a los delegados de prevención como a los representantes de los trabajadores, para que por una parte intenten mediar con el trabajador para no llegar al extremo y para que por otra no les llegue de sorpresa esta cuestión el día del desenlace y, como es entendible (siendo desconocedores del asunto es lo que la mayoría en su lugar haría), no se me pongan enfrente (tampoco hace falta que se pongan de mi lado). Pero como digo, esto es un asunto del departamento de recursos humanos que se supone son los expertos en esto.

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