En la legislación sobre uso de equipos de trabajo(RD 1215/97)no se prohiben, se dice que las condiciones de seguridad para el acompañante en vehiculos automotores debe ser como mínimo la misma que para el conductor.
En la legislación sobre seguridad en máquinas (RD1435/92) tampoco se prohibe, se indica que las máquinas deben estar provistas de su correspondiente homolgación (marcado CE y demás) e indica las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las máquinas.
En ningun caso se prohíbe que las mismas no puedan tener un asiento para acompañante, es mas, en determinadas máquinas de obra (grandes dumperes, hormigoneras, grúas autopropulsadas, etc.) en la cabina lo tienen y están homologados.
Yo lo que quiero es saber si existe algún fabricante o distribuidor que suministre carretillas elevadoras con esa característica (y evidentemente que esten homologadas).