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  • #15627 Agradecimientos: 0
    llarosa
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    octubre 2002


    Muy buenas y feliz año
    Quisieras comentaros como actuais en los casos de sopspecha de ingesta alcoholica excesiva. Tengo un trabajador de la construccion que trabaja en alturas y en el reconocimiento refiere ingesta habitual de alcohol con aumento de ggt en analitica.
    ¿dariais apto en alturas?
    Gracias y un saludo

    #159256 Agradecimientos: 0
    verfes
    Participante
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    octubre 2006


    HOLA: encontré al respecto de la GGT, y considero que te puede ayudar a decidir.Lo que si es importante es que este trabajador requiere ayuda terapéutica para el manejo de su adicción, por él mismo y porque pone en peligro la vida de los demás en su trabajo. FELIZ AÑO
    Antecedentes Médicos de la GGT. Origen y acción biológica. La GGT es una enzima que se presenta principalmente fijada a las membranas y que ocurre en muchos órganos parenquimatosos. Pero su actividad apreciable se encuentra únicamente en los riñones, el páncreas, el hígado, el bazo y el intestino delgado. La GGT participa en la transferencia de aminoácidos a través de la membrana celular y en el metabolismo del glutatión. También juega un papel importante en el metabolismo de mediadores inflamatorios, como los leucotrienos, y en la degradación de carcinógenos y xenobióticos tóxicos.

    La actividad en las células de los túbulos renales es 12 veces más alta que la que se presenta en el páncreas y 25 veces más alta que la del hígado. Pero el nivel de esta enzima en el suero se determina casi únicamente por los desórdenes hepáticos y del conducto biliar.

    Indicaciones para realizar la prueba: Sospecha de enfermedades del hígado, los conductos biliares, riñones y páncreas; Monitoreo del funcionamiento del hígado; en enfermedades hepáticas crónicas;
    durante la ingesta de medicamentos con toxicidad hepática potencial; en pacientes que abusan del alcohol; Diagnóstico diferencial de desórdenes hepáticos o hepatobiliares a partir de enfermedades óseas.

    Aspectos clínicos
    Condiciones que presentan un aumento en la actividad de GGT
    Colestasis, ictericia obstructiva
    Hepatitis (aguda, crónica, viral)
    Desórdenes hepatotóxicos (alcohol, drogas, xenobióticos)
    Cirrosis hepática
    Hígado adiposo
    Metástasis hepática
    Isquemia hepática (frecuentemente debido a insuficiencia cardíaca congestiva)
    Pancreatitis
    Carcinoma pancreático
    Insuficiencia renal aguda
    Infarto cardíaco

    Consejos y recomendaciones
    El aumento en la actividad de la enzima no está generalmente correlacionado con la severidad de la enfermedad. Incluso daños menores al hígado pueden ocasionar que la actividad de la enzima en el suero se duplique. En casos de daños severos, pueden encontrarse valores más altos de 1.000 U/l.
    Aunque la GGT es un marcador “clásico” para el abuso de alcohol, puede encontrarse actividad elevada de la enzima en numerosas condiciones que deben tomarse en cuenta para el diagnóstico diferencial.
    Para el control de la abstinencia de alcohol, la medición de GGT debe combinarse con la vigilancia de otros parámetros, tales como el volumen corpuscular medio de los eritrocitos y la transferencia deficiente de carbohidratos.
    A diferencia de la GOT, la GGT no es elevada en las enfermedades músculo esqueléticas.

    #159257 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
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    mayo 2002


    Si el obrero viene a trabajar con ingestas de alcohol y demuestra peligro para el y para los demas tendras que levantar un acto de su ebriedad con la patronal y 2 testigos y lo mandas a la casa y le recalcas que si al dia siguiente aparece en ese estado lo despediras comunicando a las autoridades laborales.En caso de un accidente seras el responsable por negligencia penal.

    #159258 Agradecimientos: 0
    averam
    Participante
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    septiembre 2006


    Hola! y buen año. Nosotros en minería tenemos un formato especial para el examen de aptitud para trabajo en altura (consideramos “altura” a una distancia mayor a 2 metros sobre nivel). Entre los puntos del examen en Anamnesis considermos antecedentes que, cuando son positivos descalifican al postulante, tanto por el riesgo de que asista embriagado al trabajo, cuanto por las secuelas (temblores) si es adicto.
    En el caso de adicción alcohólica tenemos también procedimientos estrictos: descubierto con alcotest y confirmado con alcoholemia, es motivo de cese de la relación laboral.
    Sí es alcohólatra y lo acepta de motu propio ingresa a un programa específico para tratamiento, mientras continúa trabajando pero siempre y cuando su labor habitual no implique riesgo para él, sus compañeros ni para las operaciones.
    Ese es nuestro manejo en minería peruana, quizá te sirva.

    Un abrazo.

    Augusto V. Ramírez, MD.OH.

    #159259 Agradecimientos: 0
    Tecseg
    Participante
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    diciembre 2003


    Hola desde la Tierra del Tequila, es importante que cualquier persona que tenga que realizar un trabajo en alturas (Sobre todo si es mucho tiempo o en techos) se debe realizar una evaluación médica (T/A, sobrepeso, antecedentes de glucosa o patologias cardiacas) ya que esto indicara la prevención a un Rescate en Alturas.

    Con respecto al alcohol, existen pruebas de laboratorio o equipos de medición (vialidad) para determinar el nivel de alcohol %

    Te sugiero que apliques una lista de verifición y que la llene con puño y letra con firma donde el sepa que si ingiere alcohol es su responsabilidad y ante la sospecha mejor no te la jueges puede ser el proximo en tu estadistica de accidentes, rtecuerda que una persona que toma alcohol y tiene problemas es dificil que lo deje…

    #159260 Agradecimientos: 0
    José Lorenzo Bravo Grande
    Participante
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    agosto 2006


    Es lo mismo de siempre. Como se ha dicho, si llega con sintomas de embriaguez, no s ele deja entrar a trabajar, levantando acta el empresario en presencia de testigos y representantes sindicales. Ello se debe acompañar del apercibimiento correspondiente al trabajador. Si persiste, entonces se aplica el regimen disciplinario.
    Se entiende que el trabajador ha rehusado ser ayudado.
    Al paciente alcohólico, es preciso ponerle contra las cuerdas para que acepte entrar en un programa de rehabilitación.
    Lo mismo para los que den muestras de estar bajo efectos de cualquier droga, o que no hayan dormido lo suficiente (causa muy frecuente de descuidos y accidentes).
    Un slaudo y feliz 2007

    #159261 Agradecimientos: 0
    Neus
    Participante
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    octubre 2001


    La alteración aislada de la GGT no es suficiente para valorar la no aptitud para el trabajo.
    Si se puede aprovechar para citar al trabajador, evaluar específicamente el patrón y características de su consumo de alcohol y valorar otras posibilidades. Si se detectan problemas con el alcohol, ofrecerle ayuda o remitirlo a quien pueda darsela.
    Este es un problema difícil.
    Saludos, Neus

    #159262 Agradecimientos: 0
    FINALFIRE24
    Participante
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    enero 2007


    Deberías de cerciorarte si va a trabajar despúes de ingerir alcohol, si fuera asi deberias de actuar conforme a lo establecido en negligencias.
    Eso sería la teoría, pero yo no daría la uptitud hasta comprobar en el tiempo que no ingiere alcohol ni antes ni durante el trabajo

    #159263 Agradecimientos: 0
    mincho70
    Participante
    0
    febrero 2003


    De ninguna manera, es más en Perú en el reglamento de seguridad e Higiene refiere que ésta es una de las condiciones para no dar la aptitud a personas en trabajos en la altura.

    #159264 Agradecimientos: 0
    preberto
    Participante
    0
    noviembre 2006


    BUenos dias y feliz año

    Hace poco tuvimos un simposio sobre dorgas en el trabajo aqui en málaga y ese fue uno de los puntos a tratar.
    La verdad es que tras oir todas las opiniones (incluida la de la representante de inspección en Málaga) la cosa no quedó nada clara.
    En principio la legislación es proteccionista incluso con ese trabajador. Dar una No aptitud únicamente por alteraciones en las transaminasas, incluso con la “confesión” del trabajador de consumo excesivo de alcohol no parece estar indicado puesto que ese trabajador fuera de su jornada laboral puede estar ebrio todo el tiempo que quiera.
    Mi criterio es el siguiente: Advertencia al trabajador en la carta de aptitud de la absoluta prohibición de consumo de alcohol durante la jornada laboral y antes de iniciar la misma.
    Asi mismo creo que en el caso de tener un trabajador ebrio en la obra en empresario lo que debe hacer es llamar a la guardia civil. Creo que puede ser considerado un caso de alteración del orden público y de reisgo para terceros. Pero en ningún caso somos los servicios de prevención los que tengamos que atestiguar que ese trabajador está ebrio durante el trabajo. (es más se nos confirmó que las pruebas de alcoholemias a pie de obra son ilegales).

    Tema muy complicado, lo mejor si se está en una buena empresa (y grande) es crear programas de deshabiyuación e ingresar en ellos al trabajador dando a conocer la situación de despido si no lo cumple. En las pequeñas empresas lo mejor que puede hacer un empresario que “vea” a un trabajador ebrio es despedirlo

    #159265 Agradecimientos: 0
    morais
    Participante
    0
    octubre 2002


    se es um trabajador que refere consumo excessivo, le daria apto condicionado – reavaliacion a corto plazo, com lo compromisso de reducion del consumo, recordando al trabajador que su prática le dará, entre otras, reducion de reflexos con riesgo de acidente…
    hay mutas razones para elevacion de ggt para a lá de lo consumo de alcool que tienen que ser despistados asta la proxima avaliacion…

    #159266 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
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    diciembre 2002


    Veo que te están mareando con la GGT si es suficiente o no para indicar ingesta abusiva de alcohol. Yo creo que lo dejas claro cuando indicas que el propio trabajador refiere ingesta abusiva de alcohol que se confirma analíticamente.
    En cuanto a la aptitud para mí sería APTO CONDICIONADO a la no ingesta de alcohol que pueda afectar a la jornada laboral (ni antes ni durante). ¿Por qué? si le damos un NO APTO nos encontramos que debe ir al Médico de Atención Primaria a por la baja por “alcoholismo” e iniciar tratamiento… ¿tiene el trabajador intención y reconoce que tiene un problema?. La otra opción es que con ese NO APTO la empresa intente un despido disciplinario, pero tal y como marca el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia española no es suficiente una ingesta de alcohol, sino que esta debe ser habitual e influir negativamente en el trabajo.
    Insisto, dale un APTO CONDICIONADO POR ESCRITO y si aparece ebrio a trabajar que actúe recursos humanos y lo mande a casa… no es labor del médico de empresa hacer eso.

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