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  • #427723 Agradecimientos: 0
    Ramazzini3ero
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    julio 2013

    Iniciado

    Muy interesante el debate de las opiniones vertidas, y como medico del trabajo apoyo ampliamente la postura de Aredhil. Aveces el celo profesional nos impide entender con claridad donde estan los limites o fronteras entre una especialidad y otra, y como bien se ha expresado, las patologias que adolecen los trabajadores que pueden resultar en las restricciones definidas por los medicos del trabajo, se constituyen en informacion confidencial de la cual solo es dueño el mismo trabajador-paciente y nosotros unicamente guardianes, a menos que el paciente concienta en que se conozcan detalles de su salud tan particulares. Lo importante es no perder el objetivo comun de la prevencion, y entender que tecnicos y medicos del trabajo constituimos un equipo persiguiendo fines comunes, por lo tanto la comunicacion efectiva y respeto mutuo son fundamentales en la ejecusion de nuestra noble labor.

    #427724 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Exacto. Los datos que no hace falta comunicar al técnico no se comunican, pero aquellos que un profesional médico entienda que debe comunicar al técnico para el bien del paciente, pues sí. ¿Que a lo mejor nunca sucede este hecho y no hace falta comunicar nada? Mejor para todos, técnico, paciente y médico. Pero seguro que está ese caso… que marea la perdiz. Yo creo que en situaciones de adaptación al trabajador por patologías previas no tendría que ser interesante para el técnico conocer nada, y en el caso de enfermedades profesionales ya se podría dar más el caso, por ser el técnico el que conoce las condiciones de trabajo y cómo han podido inflluir éstas en el grupo de trabajadores afectados.

    Mi experiencia personal con respecto a la LOPD es que su mala interpretación pude dar lugar a situaciones rocambolescas: TTS que desconocen que los pacientes que transportan son sospechosos de tuberculosis o centros médicos a los que se les prohibe el acceso a los expedientes de los pacientes de otro centro médico (es decir, conocer si el paciente es alérgico a la penicilina o toma anticoagulantes…) mientras éste está ingresado inconsciente en urgencias.
    La LOPD no prohibe la comunicación de datos. Sólo la restringe a lo que es lógico y pertinente.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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  • El debate ‘ aptitud con restricciones psicológicas’ está cerrado y no admite más respuestas.