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    anosi
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    abril 2005


    Hola antes que nada decir q no soy medico y que por tanto puedo decir muchas incongruencias.

    Os relato lo que pasa con varios trabajadores de mi empresa con bajas por enfermedad de larga duración, una vez pasados los 18 meses de rigor y no pasar el tribunal medico para la incapacidad se les reenvia de nuevo al trabajo pero lo mas gracioso es que su situación fisica no ha cambiado y al darles el alta les instan a seguir realizando su tratamiento, consecuencia, pasa una semana y vuelven a coger la baja y ahora que pasa? Va a ocurrir esto ciclicamente? Esto me parece una tomadura de pelo por parte del tribunal. Que pasa que para que te den algun tipo de incapacidad tienes que tener mas de 55 años y la cabeza bajo el brazo. Y encima son trabajadores con un monton de años cotizados en un tajo muy exigente fisicamente con fuertes exposiciones al calor. Un saludo

    #216500 Agradecimientos: 0
    NOCILLA
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    abril 2005


    Mi impresion es que el “tribunal” no esta por labor…., en todo caso el trabajador puede iniciar el expediente de incapacidad, el mismo o solicitar la extension de la baja medica por 6 meses mas, aunque es posible que en diferentes comunidades autonomas tengan procedimientos diferentes.

    #216501 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
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    octubre 2003


    No se puede. Al año de baja, que es prolongable por seis meses más, el trabajador debe pasar tribunal obligatoriamente.

    Si el tribunal dijera que es apto para trabajar y el trabajador vuelve a pedir cualquier tipo de baja, sería una concurrencia de procesos, por lo que la baja nueva solamente la podría dar el inspector. No el médico de cabecera.

    Y, por supuesto, no comparto lo de los 55 años y la cabeza debajo del brazo. Se da incapacidades por debajo de esa edad. Como siempre, habría que ver cada caso por separado.

    El número de años cotizados -si llega al mínimo-, y la exigencia física del trabajo, son factores que, aunque influyen, no tienen que ser determinantes de una especie de derecho a la invalidez, sino el menoscabo del trabajador.

    Un saludo.

    #216502 Agradecimientos: 0
    mbnegre
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    marzo 2004


    No acabo de entender el tema. Primero dices que pasan 18 meses y no pasan tribunal médico, ¿ es que su médico de cabecera le ha dado el alta por curación ? Después más adelante de tu escrito dices una tomadura de pelo por parte del tribunal. No lo entiendo, o pasa o no pasa tribunal. En cualquier caso te indico que no existe obligación alguna para que una patologia crónica tenga que tener una incapacidad laboral transitoria (ILT) de 18 meses para que pueda pasar por el tribunal médico del INSS, antes se puede instar a ese Organismo. Pero la calificación del INSS sea alta, o prórroga de la ILT, máximo hasta los 30 meses, és un acto ejecutivo que se debe acatar e interponer los recursos pertinentes si no se está de acuerdo.En caso de que el Inspector médico indique un alta, no podrá estar en ILT de nuevo por la misma patologia sino es validada la baja por el mismo Inspector médico que procedió a dar el alta por inspección. Tampoco existe ningún impedimento para que los pacientes continuen con un tratamiento crónico y ejercer su actividad laboral, para ello está el tribunal médico calificador que valora su profesión, su categoria laboral, sus capacidades físicas y mentales y sus patologias, para establecer las diferentes incapacidades laborales o no. El tema merece un seguimiento médico apropiado.

    #216503 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
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    junio 2004


    Tienes toda la razón del mundo y yo como medico del trabajo lo sufro todos los dias. Encofradores para reconocimientos de ingreso con problemas importantes y con 60 años que les tengo que dar apto porque además de seguir rindiendo bien les quitaria el pan. Enfermedades profesionales auditivas en trabajadores expuestos a ruido que no puedo sacar a la luz porque la EVI no se las va a reconocer y van a perder su puesto de trabajo (el empresario no quiere a nadie que le de problemas, aunque ellos mismos los hayan generado).

    Respecto al caso que comentas, su medico de cabecera no le puede dar nunca la baja con el mismo diagnostico antes de que pasen 6 meses.

    Sin embargo prejubilamos (llamese empresa HUNOSA) a trabajadores de 42 años sanos, con unos salarios que ya los quisiera el encofrador en activo y que en muchos casos no entraron en su vida en la mina (personal sanitario, administrativos, trabajadores de econocmato, etc de dicha empresa) .

    La justicia va como siempre muy por detrás de la realidad.

    Un saludo

    #216504 Agradecimientos: 0
    adelaida72
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    diciembre 2002


    Buenas¡

    Tengo experiencia en el tema.

    La progresión de los sucesos es la siguiente: cuando se agotan los 18 meses de baja, el Tribunal Médico ( denominado EVI o Equipo de valoración de Incapacidad), puede dictaminar si : 1.- concede una invalidez 2.- la deniega y, por tanto, es alta y 3.- prorrogar la baja hasta un máximo de un año más, y decidir entonces.

    En menores de 55 años, y salvo circunstancias muy concretos, lo que suele ocurrir es que, con los periodos de cotizacion que suele haber, la prestacion economica es muy baja, por lo que en muchos casos es el propio trabajador el que volunatriamente rechaza/recurre la invalidez concedida, por lo que debe incorporarse a su trabajo mientras espera resolución del recurso.

    Si bien hasta hace 2 años, no se podian producir bajas por el mismo motivo tras los 18 meses, actualmente esto ha cambiado. Es frecuente que EVI deniegue la Incapacidad, el paciente acuda a La Inspeccion Médica provincial y el Inspector autorice una nueva baja, llegandose en algunas ocasiones a agotar nuevamente los 18 meses…. y así sucesivamente.

    Podriamops abrir un debate de los motivos económicos de que esto ocurra ( una invalidez la paga el INSS, mientras que la baja la pagan Mutuas o el organismo autonómico competente)… pero lo dejamos para otro momento. Intentando ser abogado del diablo, una Invalidez se paga con los impuestos de todos los españoles; los años que se consigue retrasar su concesión es dinero que se ahorra el Estado. ¿Estariamos de acuerdo en que nos subieran los impuestos para conceder más invalideces? Si alguien *aguanta* una año más, pues año menos que paga el Estado…

    Es en estos casos donde la Prevención, tanto en parte técnica como médica, puede ayudar de cierta manera. En primer lugar. porque el objetivo de la Prevención es evitar lo que comentas, es decir, que la gente lllegue a los 55 años en ese estado.

    Está clato que existen varias generaciones para las que esto llega ya tarde.

    Yo te aconsejo que comentes estos casos con el responsable de Vigilancia de la Salud de tu empresa, que puede determinar segun su criterio hasta que punto son aptos o no los trabajadores que comentas. Si no existe posibilidad de adaptación/cambio de puesto de trabajo, se puede enviar al EVI un nuevo informe, sobre el que tiene que dictaminar nuevamente.

    Por el momento no se está haciendo con la frecuencia que se debería, pero es una posibilidad más a tener en cuenta.

    Un saludo.

    #216505 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
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    noviembre 2004


    Planteas uno de los problemas más delicados de la actuación de un médico ante una baja de larga duración en un trabajador que no ha cumplido los 55 años: Es indignante conocer las percepciones que pueden recibir estos trabajadores si se les conduce hacia la Incapacidad Permanente Total y se les retira definiitvamente del trabajo para pasar a esa nueva situación. Es un problema legal, no médico. Nuestro sistema de Seguridad Social discrimina por edad y de una pensión de subsisntencia, por debajo de los 55 años de edad, se entra en una fase mucho más digna después de los 55. Por eso a auténticos minusválidos por lesiones degenerativas o secuelas laborales, se les mantiene colgados de una seda y amarrados a su puesto de trabajo hasta que cumplen los 55 años. De no ser así les dejaríamos en la indigencia durante un periodo de su vida. Así de duro es y así de claro te contesto.

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