- Este debate tiene 10 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 8 meses por Maikel.
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Hola, sufrí un accidente de tráfico (me golpearon), trabajando, sufro latigazo cervical, estoy de baja, con rehabilitación, sin poder nadar, con mareos, dolor…..y, como no tenemos convenio me pagan el 75% de la base reguladora, cuando se supone que en accte. de trabajo se cobra el 100%, ya sé que pueden hacerlo pero ¿no es tremendo? un SPA, con mi coche, trabajando….y me pagan el 75%. Estoy indignada. Es por avisar.
Ánimo y deseo que te recuperes pronto. Por cierto ¿Porqué no fuiste a la mutua?
Si la empresa no tiene por convenio el complemento salarial hasta el 100%, se cobra el 75% de la base de cotización en caso de accidente de trabajo o de enfermedad profesional. De todas formas, si la culpa de tu accidente la tuvo el contrario, pueden indemnizarte si vais a juicio por cada día de baja y también facilitarte tratamiento, rehabilitación y lo que te haga falta. Consulta con un abogado. Y que te mejores.
Lo primero que te mejores. Lo segundo es que te están pagando lo que se debe abonar, ya que la cuantía de la prestación económica de la IT por Contingencias Profesionales es del 75% de la B.R. a partir del día siguiente al de la baja en el trabajo (el día del accidente lo debe abonar la empresa completo como trabajado).
Como bien dices en muchas empresas este mínimo obligatorio que marca la legislación es mejoraco por el “complemento a cargo empresa” que puede ser variable hasta llegar al 25% (situación en la que el empleado cobra el 100% de la BR).
En tu caso, al no existir dicha mejora por convenio coletivo o acuerdo con la empresa, la Matepss te paga el mínimo legal.
No olvides otra cosa… tu accidente es de trabajo, pero también de tráfico, motivo por el cual la aseguradora responsable del mismo (según cuentas la del otro vehículo) deberá, al alta médica, abonarte una cantidad (por días de hospitalización si los hubo, por días impeditivos mientras dure la IT, por secuelas si quedasen, etc.), no olvides tratar este tema con tu aseguradora.
Un saludo.En mi ciudad, la mutua no tiene asistencia, está concertada, y cuando llegaba del viaje ( porque al principio no noté nada), estaba mas cerca el ambulatorio, y me encontraba mareada y desorientada, al día siguiente fui a la mutua.
Ya, gracias, estoy en rehabilitación, y tengo abogado tambien ya que mi seguro cubria la resp. civil y asistencia letrada hasta un tope, pero (ilusa de mí) creí que un spa tendría otra consideración.
Vale, gracias.
Reclam por via judicial a la comapñia de seguro de tu automovil, para que así, ellos puedan reclamar a la empresa, de forma indirecta. ¿el accidente fúe in-itinere? ¿o en pleno trabajo?
Fue en pleno trabajo, acababa de dar formación a una trabajadora en una empresa.
Ahora resulta que Fremap,como no tiene centro asistencial en mi localidad, la clínica que me atiende me pidió un tac y no lo autorizaron, ahora han pedido resonancia y hace 2 semanas que espero respuesta de fremap ¿como hacer fuerza para que realicen las pruebas necesarias?Comunica tu situación a la compañía de seguros del coche (contrario). Son especialistas en agilizar todo esto y facilitarte tanto las pruebas complementarias como la rehabilitación, etc. Ten en cuenta que ellos te tendrán que indemnizar por cada día de baja.
las MATEPSS son bastante rápidas tambié, pero tienes el onconveniente de no tener centro asistencial en tu localidad, así que eso enlentece un poco las cosas.
Un saludo.Como ya te comenta Miguel, es lo que corresponde,el resto lo abonan empresas por acuerdos internos, o que ya constan en los convenios,yo particularmente, tiraria más por lo que te comenta Oceanita,si la defensa de tu compañia no funciona puedes buscarte otra y si tu no fuiste culpable del accidente puedes cubrir sobradamente los gastos que el accidente te está ocasionando.Saludos.
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