El vigilante de seguridad es una figura que emana del RD 555 ya derogado por el 1627/97, lo que sucede que muchos proyectistas siguen utilizando sus caducas bases de datos para realizar los Estudios de Seguridad y Salud y así nos va.
Yo, en particular, no certifico un euro ni de técnico ni de recurso preventivo, ya que son obligatorios por la Ley 31/95 y Ley 54/2003 y por tanto son achacables a los gastos generales de la empresa, igual que pueden ser el jefe de obra o el encargado, pudiendo recaer en la misma persona la figura del Técnico de seguridad y el de recurso preventivo de la obra (Ver 54/2003).
Otra historia es que el % aplicado como gastos generales en la obra estén bien calculados o sean el habitual 13%.