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  • #35909 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2003


    Alguien del foro puede orientarme si existen experiencias de implantación de SPRL en ayuntamientos. Y en su cado la evolución de los mismos.

    #247071 Agradecimientos: 0
    José Otero
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    febrero 2002


    En Los ayto de sevilla sí ejemplo el propio ayto.

    #247072 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
    0
    febrero 2002


    “Acuerdo contra la siniestralidad laboral en las empresas municipales y organismos autónomos dependientes del Ayuntamiento de Sevilla”, firmado por el concejal de Empleo, Antonio Rodrigo Torrijos, con los sindicatos UGT y CC.OO. el pasado 29 de diciembre de 2003, entró en vigor ayer, tras la aprobación del pliego de cláusulas administrativas generales contra la siniestralidad laboral en la Junta de Gobierno Local.

    En rueda de prensa, el responsable del Área de Empleo explicó, junto con los secretarios generales de CC.OO. y UGT de Sevilla, Rafael Fernández Serra y Juan Carlos Gilabert, respectivamente, que las cláusulas han sido aprobadas en la Comisión Informativa de Hacienda, con la “ausencia” del PA y el apoyo del PP, “salvo un voto particular” al punto 3.3, referente a la capacidad de los representantes sindicales acreditados por la Concejalía de Empleo para poder paralizar obras.

    Dijo que se han tenido en cuenta en la redacción de este pliego las “recomendaciones” señaladas por el Consejo Consultivo de Andalucía en su resolución del pasado día 13 de mayo, apuntando que, en su opinión, este dictamen “avala nuestras tesis” y abre las puertas para la implantación de estas cláusulas en el Ayuntamiento”.

    Además, calificó este documento de “pionero” y apuntó que la Corporación municipal tomará conocimiento de éste en el Pleno ordinario convocado el próximo día 17, donde espera que se ratifique. En este sentido, explicó que en el informe del Consejo Consultivo se apunta que “no es imperativo que el pliego pase por el Pleno” y que la actuación del Gobierno municipal responde a un objetivo de “transparencia”.

    El pliego de cláusulas incluye como novedades frente al anterior articulado el hecho de que los representantes designados por las organizaciones sindicales deberán contar con titulación oficial de Técnico Superior en Riesgos Laborales o Técnico de Nivel Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales para ser acreditados por el Área de Empleo para realizar esta tarea.

    Asimismo, en el documento se apunta que éstos “complementarán” la actuación de los delegados en prevención de riesgos laborales, “ostentado por ello competencias y facultades análogas a las reconocidas legal y reglamentariamente a los mismos”.

    En el texto se agrega que sus funciones serán las de “seguimiento y control del proceso preventivo en el caso de contratas y subcontratas, convirtiéndose en facilitadores de la coordinación inter-empresarial, articulando la prevención de riesgos de las subcontratas con los comités de seguridad y salud y los delegados de prevención y asesorando técnicamente a éstos en el ejercicio de sus funciones”; y que “tendrán libre acceso a los centros y lugares donde se desarrollen tareas que sean objeto del presente contrato, sin necesidad de aviso previo”.

    Por otra parte, se asegura que las empresas adjudicatarias tendrán que facilitar la labor de este personal y que no les podrán negar “en ningún caso el acceso a la obra”; y se matiza que podrán proceder a la paralización de la obra “siempre que concurran riesgos graves e inminentes para la seguridad y salud de los trabajadores”.

    En lo referente al capítulo dedicado a las condiciones de la subcontratación, se ha eliminado en el artículo D del punto 1.2 la referencia a que el responsable de prevención que nombrara la empresa podría ser el “responsable tanto ante la empresa principal como ante el organismo contratante, así como frente la Comisión de Seguimiento del Acuerdo contra la Siniestralidad Laboral”. En el nuevo articulado se dice que si la empresa no designase a este representante “se entenderá como tal al que así figure en los contratos realizados con la empresa principal”.

    El concejal sevillano expuso que se han dirigido a solicitar información sobre este convenio un total de 26 ayuntamientos, algunos de capitales de provincia, así como “un Gobierno autonómico”, por lo que aseguró que, a partir de ahora, se remitirá información al respecto a todos aquellos organismos que así lo soliciten. Por otra parte, Juan Carlos Gilabert dijo que “no vamos en contra de la ley” y que con el acuerdo contra la siniestralidad “incluso se mejora, si cabe”, la normativa; que éste es un convenio que debe aplicarse “no sólo en el ámbito público”; y que las tres partes firmantes del mismo “lo vamos a defender con uñas y dientes”. Mientras, Fernández Serra expuso que los empresarios deberían “perder menos esfuerzo y tiempo en buscar un resquicio legal para ir contra el acuerdo e invertir más tiempo y esfuerzo en ayudarnos a convertir Sevilla en una ciudad más segura”.

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