- Este debate tiene 5 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 11 meses por Segurator.
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Hola, he tenido un problema hoy con un palista en la obra por el tema de siempre; los PAPELES.
El me dice que como es autónomo y encima trabaja para una empresa subcontratista de nuestra obra que no lo necesita y que no es obligatorio para él. Yo no lo tengo tan claro,así que espero vuestra ayuda.
Otro tema es la formación que tiene dicho palista.Lleva 33 años de palista, pero no tiene ningún documento que certifique su formación ni nada de nada.
Por último, la pala no excede de 25 km/h y por lo tanto está exenta de revisión, pero no veo que lleve ningún marcado por ningún sitio y que tampoco tiene la luz naranja intermitente, ni niguna señal acústica cuando se desplaza por la obra
Mire no se complique la vida pidiendo a cada persona de obra “los papeles” exíjaselos usted al contratista, haciéndole constar bien claro que le pide la de todos los que de él dependan (sus empleados, sus subcontratas, las subcontratas de las subcontratas, los autónomos, etc.), y si por las buenas no, pues a las malas, al Libro de Incidencias…
Yo entiendo que en el caso del trabajador autónomo tiene razón en cuanto a la no obligatoriedad del reconocimiento médico ya que para ellos es diferente.
Otra cosa es la máquina ésta ha de poseer los mecanismos de seguridad y sino es el caso debes recomendarle que la ponga pues asi no puede seguir trabajando.
Los autónomos están fuera de la 31/95, es decir, ni evaluación de riesgos, ni reconocimiento, ni nada de nada, excepto si en el Plan de Seguridad figura que TODOS los trabajadores que tomen parte en la obra pasarán un reconocimiento médico con anterioridad ………. De hecho, en muchas obras la contrata les está exigiendo un reconocimiento médico a los autónomos.
Lo que sí deben cumplir es el 1627/97 y la parte del Plan que les corresponda.
Para el caso que expones, debería entregar la declaración CE de conformidad si es posterior al 95 o el documento de adecuación al 1215/97 si es anterior a ese año, y en caso de no entregarlo o detectar deficiencias graves en su funcionamiento, falta de avisador acústico de marcha atrás, falta de retrovisores, etc., comunicar a la contrata las deficiencias indicándole que esa máquina no está autorizada a realizar tareas en obra hasta que se subsanen las deficiencias y si no te hacen ni puto caso, pues notificación a Inspección a través del Libro.
Hola, hay solo una cosa que debe quedar clara, y es que las normas las pone tu empresa y tu las haces cumplir..
Tal vez en la calle u otro lado no necesite papeles, pero si en tu obra es requisito debe tenerlos, claro que eso debes dejarlo en claro antes de contratarlo o que el subcontratista lo contrate.
Chao, saludos desde Chile.
Un autónomo no está obligado a pasar reconocimiento médico ni a tener formación en PRL pq la exigencia de la Ley es a las emrpesas y un autónomo es su propia empresa.
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