Mire en esto se va a encontrar con mil opiniones, yo le daré la mía razonándosela y que es además lo que hago. El Coordinador es una persona nombrada por el Promotor para desarrollar las funciones que le son propias en una obra del Promor. El Libro lo aporta el Coordinador en Fase de Ejecución de Obra, registrado por el Colegio Profesional al que pertenezca. En el Acta de Aprobación, que es visada por el Colegio Profesional, se puede indicar el número de Libro de Incidencias que estará en Obra. Una vez acabada la Obra (la norma no dice nada) el Libro debería de devolverse al Promotor, ya que de alguna manera es el el último responsable de la obras y las condiciones en que se ha ejecutado (¿qué pasaría si a un trabajador se le declara una enfermedad profesional al cabo de los 3 meses de acabada la Obra? ¿Cómo justifica que se ha hecho lo debido, si el Coordinador se ha ido a Tombuctú o donde fuese?), es por ello que yo le devuelvo dicho libro al Promotor y hago una Acta de devolución del mismo que me firma el Contratista o Contratistas y el Promotor, dicha Acta va visada por el Colegio, con el mismo número de visado, aunque fecha distinta, que el que tenía el Acta de Aprobación. Evidentemente yo conservo copia de las hojas del Libro de Incidencias que tengan alguna anotación…