Hola Iñaqui:
En un centro de trabajo el aviso previo de la apertura de un centro de trabajo la realizará el promotor de las obras ante la autoridad laboral, como titular de ese centro de trabajo. El promotor debe conocer los datos de las empresas contratistas y subcontratistas y trabajadores autonomos que vayan a intervenir en la obra (según dice el RD 1627- Anexo III). El aviso previo deberá exponerse de forma visible en la obra, actualizandose en caso de ser necesario, y deberán remitirse a la autoridad laboral a requerimiento de esta, es decir si en tú comunidad autónoma han legislado a tal efecto.
En resumen el empresario, que puede ser contratista o subcontratista debe efectuar la comunicación a la autoridad laboral, acompañado del Plan de seguridad y salud, por lo tanto habrá que realizar tantas comunicaciones como planes distintos halla, si hay un solo plan al que se hallan adherido todos los subcontratista sólo habrá una comunicación realizada por el contratista principal, en caso contrario cada subcontrata deberá realizar su propia comunicación en el plazo máximo de 30 días.
Espero haberte servido de ayuda.
Saludos, Sonia.