El tema este se ha tocado multitud de veces, pero es:
-Realización del PSS para lo cual necesitarás el Poyecto o estudio básico de S.S. que te lo debe suministrar el promotor de la obra.
-El coordinador de S.S. si lo estima levantará acta de la aprobación del citado PSS, entregándose en ese acto la siguiente documentación:
a)Acta de aprobación del PSS (visada por colegio profesional).
b) Libro de incidencias.
-Una vez que tengas el acta de aprobación del plan de seg.sal. puedes proceder a efectuar la comunicación de la apertura del centro de trabajo ante la autoridad laboral, teniendo que adjuntar a la misma el citado plan, así como el acta de aprobación.
-Previamente a todo esto, el promotor debió haber efectuado el aviso previo ante la autorida laboral, de la cual es convenientes que cuentes con una copia. Pues éste, el promotor, desde que tenga conocimiento de la contrata y subconstratas que le ejecutarán las obras deberán hacer el citado aviso previo, el cual es de su responsabilidad.
Este libro de incidencia nada tiene que ver con le libro de visita de la inspección de trabajo y seg.soc., del cual también deberás contar, pues es preceptivo por centro de trabajo, (el libro lo puedes adquirir en librería especializada) y lo diligencia en la dirección provincial de la inspección de trabajo.