- Este debate tiene 3 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 3 meses por martony.
-
AutorEntradas
-
HOLA QUE TAL?, STOY TRABAJANDO COMO TECNICO EN PREVENCION EN UNA CONSTRUCTORA, CON INDEPENDENCIA DE MIS FUNCIONES, CASI SIEMNPRE A PIE DE OBRA, ME HAN PROPUESTO REALIZAR YO MISMO LA EVALUACION DE RIESGOS DE NUESTRAS OFICINAS,SERVICIO QUE TIENEN CONCERTADO CON UN SERVICIO DE PREVENCION AJENO, ENTOCES ME GUSTARIA SABER SI EFECTIVAMENTE ME PUEDO ENCARGAR DE ELLO, SIN YO TENER ACREDITACION DE LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO Y EMPLEO DE LA CONSEJERIA, Y SI FUERA POSIBLE SABER TAMBIEN COMO SE HARIA EL CONCIERTO CON LA ESPACIALIDAD DE MEDICINA. MUCHAS GRACIAS Y A SEGUIR LUCHANDO!!.
Hola Hetfield: Según el Reglamento de lso servicios de prevención RD 39/97, en la organización de los servicios de prevención; tú podrías encargarte de la E.R. siempre y cuando el empresario pueda asumir la prevención o pueda designar trabajadores, o en el supuesto de que cree un servicio de prevención propio del cual tú formes parte. En estos supuestos tu titulación te permite encargarte de dicha evaluación en el primer caso no pero en los otros dos como empleado de la empresa. Si tu empresa debe concertar la prevención con un servicio de prevención ajeno, tú podrías hacer trabajos esporádicos como evaluaciones de riesgos para ello, pero para actuar tú como servicio de prevención ajeno necesita la acreditación que figura en el Reglamento de los servicios de prevención en el Capitulo IV. El concierto corresponde al empresario a traves de un SP ajeno con la especialidad de Medicina del trabajo o una mutua de trabajo.
Depende como se haya organizado por su empresa el sistema de prevención de la misma sobre la base del RD 39/1997.
En cualquir caso, para hacer usted esa labor debe tener la suficiente Formación en la materia.
Puede presuponerse que si es Arquitecto Técnico de las últimas 7 promociones tiene una Formación suficiente (dependiendo de la Escuela en que cursara sus estudios, pues hay algunas Escuelas que no incluyen esta disciplina en su programa profesional). Igualmente si ha cursado algún Máster o Formación Postgrado en Nivel Intermedio o Superior.
Pero todo ello es un “además de”, ya que, según dice, ustedes tienen contratado con un SPA la Prevención en las 4 especialidades. Esto es, usted actuaría como un trabajador “asignado” (no designado) para hacer de puente entre la empresa y el plan que les indique el SPA.
La Vigilancia de la Salud se contrata con un SPA, como puede contratar usted cualuier otro servicio…
Para realizar evaluaciones debes pertenecer al servicio de prevención propio de la empresa o ser trabajador designado. De todas formas, si tenéis SPA, por que no lo hacen ellos?Un saludo
-
AutorEntradas
- El debate ‘ EVALUACION DE RIESGOS EN UNA OFICINA’ está cerrado y no admite más respuestas.