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Otra alternativa es utilizar la escala de Borg (subjetiva del trabajador).
Evidentemente, poco precisa y exacta, pero sirve en casos en los que un dinamómetro es muy difícil de utilizar (piezas de muy mal agarre, p.e.)También realiza cursos específicos de ergonomía avanzada, incluyendo metodología OCRA el INERMAP (Instituto de Ergonomía MAPFRE).
Son muy interesantes y prácticos. Pero solo para personal que vaya a utilizar realmente el método completo.
Saludos22 febrero, 2007 a las 22:55:38 en respuesta a: Transporte manual de cargas sobre rodillos #152190 Agradecimientos: 0Puedes pedirle “prestado” uno al servicio de prevención de tu Mutua. Deberían tener uno.
Si no te lo dejan, puedes pedirle que te hagan la medición bajo contrato.
Aunque la medición no puedes ponerla en ningún sitio oficial, te servrá de referencia.
Yo utilizo un NECMESIN 500N (lo digo de memoria) que, en su tiempo, salió algo caro, pero le doy bastante uso.
Saludos
David16 enero, 2007 a las 08:50:23 en respuesta a: MÉTODOS DE EVALUACIÓN PUESTOS DE TRABAJO #158105 Agradecimientos: 0Mira en la aplicación Ergomet y Cargas 2.0
La primera da resultados sobre métodos posturales y movs repetitivos , la segunda sobre manejo manual de cargas.Buena suerte en la búsqueda.
SAludos
DavidEntra o regístrate para ver los enlaces El método RULA está en desuso por ser más antigüo, valorar LOS MISMOS factores pero con menos precisión y no tener en cuenta más criterios que su variante moderna el REBA.
Además, REBA está reconcocido explícitamente por el INSHT (NTP 601) y por Inspección de Trabajo (Criterios de Evaluación de Ergonomía).
Saludos
DavidPara la cajera de hiper hay un método del INSHT que trata todos los factores que le afectan: MMC, MTRs, posturas, etc…
Para los otros dos, te recomiendo evaluar por tareas aplicando métodos de MMC (guía 487/97) y OWAS o REBA.
Aunque la persona se reparta entre los tres puestos, se puede hacer una evaluación independiente de cada uno y luego considerar que hace rotación de tareas, en función del tiempo de exposición en cada uno.
Un saludoPara ajustar la altura del plano de trabajo (altura de codo) necesitarás tallar a una muestra significativa de la población objetivo (trabajadores o población general) en posición sentada (si el trabajo se desarrolla sentado) o de pie (si el escritorio es elevado).
Aunque siempre es más cómodo localizar tablas de antropometría laboral y obtener de ahí los datos más representativos: percentiles 5 y 95 de talla y altura de ojos y codo, en posición de pie o sentada.
La altura del plano de trabajo será, según las posibilidades (léase presupuesto):
– Ajustable: entre el 5 y el 95 % percentil
– Sin ajuste pero con suplementos (plataformas, reposapiés, etc…): 95% percentil y elevadores para el 5%
– Sin ninguna posibilidad: 50% percentil (media)En líneas generales este sería el proceso. No olvide comprobar todos los cálculos de forma experimental antes de hacer nada definitivo.
Saludos
DavidAñado: puedes utilizar también el método GARG & MOORE (Strain Index) si el movimiento repetido involucra únicamente a la mano-muñeca.
La norma prUNE 1005-5 está en borrador (ojo con utilizar borradores de normas pq luego si cambian hay que volver a evaluar).
El check-list de OCRA es una herramienta más sencilla que el método del Índice OCRA pero, obviamente da resultados menos precisos.
Espero servir de ayuda.
DavidLa norma que se sigue para el cálculo es la guía del INSHT para la evaluación de lugares de trabajo, según el R.D. 487/97 y, salvo consideraciones legales, se pueden considerar exigibles.
Ahí se indica que el “Espacio Libre” excluye mobiliario, útiles, máquinas, etc… pero no dice nada de espacios no ocupados “pasillos, áreas de descanso, vestuarios, …” por lo que calcular el espacio libre teniendo en cuenta sólo el entorno cercano del trabajador o toda la empresa es una interpretación de la guía.Y eso sólo lo hace un Inspector de Trabajo o un Juez, cada uno en su ámbito.
Puedes utilizar:
– El método REBA (mira la NTP 601 del INSHT) si el movimiento implica posturas repetitivas de EESS y tronco, cuello o piernas,
– El método OCRA (hay otra NTP que la describe pero no ofrece el método completo) para MTRs únicamente de EESS (puedes pedir un programa de evaluación en demo al )Saludos
DavidEntra o regístrate para ver los enlaces El factor de “RUido” en una oficina puede provocar problemas de concentración en tareas difíciles, problemas de comunicación oral, telefónica, atención al público, etc..
Para limitar ese factor puedes recurrir a la Guía técnica del INSHT sobre el R.D. 488/97 de Pantallas de Visualización de Datos, dónde dice que no es recomendable niveles sonoros equivalentes superiores a 55 dB(A) en la oficina. COmo complemento, y en caso de no trabajar con PVDs, se puede recurrir a las curvas NC (Noise Confort) o el criterio WIsner de comunicación, aunque son referencias no legisladas, pueden utilizarse como criterio técnico en una evaluación de riesgos: FACTOR-NIVEL-MEDIDA PREVENTIVA-PRIORIDAD.
Mira la NTP 601 sobre PVDs en el INSHT. Habla sobre los últimos adelantos en trabajo con ordenadores después del RD 488/97.
Saludos
13 mayo, 2005 a las 16:05:53 en respuesta a: Manipulación de contenedores #217530 Agradecimientos: 0Sí que sirve la guía del INSHT. En uno de los puntos dice: límite de fuerza de empuje o tracción de forma inicial, 250 Nw. De manera continuada, 100 Nw. Estos valores se comparan con la medición real hecha en el puesto , generalmente con un dinamómetro de tracción o compresión. Existen diversos en el mercado, mira en internet en cualquier buscador, aunque el problema siempre es la validez de la medición: repetitividad, fiabilidad, etc…
El problema del límite impuesto por la guía del INSHT es que, aunque no lo especifica, sólo sirve para manipulaciones ocasionales, por lo que si el movimiento se repite frecuentemente, se debería emplear un método que incluyese un factor de repetición, como por ejemplo, la norma UNE-EN 1005-3 de evaluación de fuerzas en máquinas, el método SIEMENS de evaluación de fuerzas sin impulso u otros métodos de valoración de carga física dinámica.
1 enero, 2005 a las 12:38:36 en respuesta a: NO CONTRATARTE POR SER OBESO O TENER SOBREPESO #230379 Agradecimientos: 0Puede ser un criterio de Vigilancia de la salud para dar un NO APTo para puestos con riesgo asociado a dicho factor: exposición a estrés térmico o altos requisitos metábolicos de la tarea, igual que una persona con problemas en la espalda puede no ser contratado en puestos de manejo de cargas. De todas formas, es más dificil de valorar por no tener criterios específicos (salvo el índice de masa corporal) y siempre quedará al criterio del médico que realice el reconocimiento, nunca de un técnico de prevención o de personal.
En el centro u organización en donde has realizado el curso deben proporcionarte unas prácticas relacionadas con el título, si no es así, no están cumpliendo el contenido completo del curso.
Para dar la formación o en búsqueda de empleo, puedes acudir a las Mutuas de accidentes, centros de enseñanza acreditados y buscar en internet en webs como ésta
Un saludo y mucha suerte.
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