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Creo que en ningun punto de la normativa actual hace referencia a una formacion concreta, pero en el articulo 36 de LPRL indica cuales son sus conpetencias, por lo tanto para afrontar estas competencias deberan estar lo sufucientemente formados. LA experienca dice que con un curso de unas treinta horas estaran capacitados para asumir sus funciones, ya que conocen la empresa y su operativa por tanto sera sufiencte.
Saludos
Si es obligatorio en todos los establecimientos.
De nada
Saludos
10 octubre, 2003 a las 09:32:41 en respuesta a: delegados de prevencion ¿por obligación? #267451 Agradecimientos: 0El empresario tiene establecidas una serie de obligaciones segun la legislacion ( ley 31/95 y RD 39/97), pero el trabajador tambien debe asumir las suyas. En este caso es de aplicacion el articulo 35 de la ley 31/95 donde se especifica las obligaciones de los delegados de prevencion y como se eligen de entre los trabajadores. En el articulo 29 indica la las obligaciones de los trabajadores en Materia de Prevencion de Riesgos.
Espero haber sido de ayuda, pero es importante hacer ver a todos los que formamos la empresa la necesidad de que todos participemos y estemos en el camino de la reduccion de los accidentes.
Saludos
Deberias hacer un estudio higienico midiendo niveles de ruido, estres termico, vibraciones y calidad del aire. En cuanto a la emision de gases durante el proceso de calentamiento del polietileno pidele informacion al proveedor de este material. Por lo que conozco del tema esto va adepender de la calidad del material.
Saludos
26 febrero, 2003 a las 09:59:54 en respuesta a: Obtención de normativa UNE-EN-ISO #282293 Agradecimientos: 0Hay que comprarla en AENOR ().
Entra o regístrate para ver los enlaces Creo que lo que se debe hacer no es repetir el informe, sino revisarlo y mantenerlo actualizado. Actualizarlo cuando cambien las condiciones que inicialmente sirvieron de base para elaborar dicho plan y en caso de que no cambien, es aconsejable revisarlo anualmente para mantenerlo vivo, ya que se trata de un documento de gestion muy importante.
Espero haber sido de ayuda.
Saludos
Ramon Tripiana
22 octubre, 2002 a las 11:14:15 en respuesta a: PLAN DE EMERGENCIA CONTRA INCENDIOS #290419 Agradecimientos: 0Deberia constar como minimo de:
1º.- EVALUACION DEL RIESGO
2º.- MEDIOS DE PROTECCION
3º.- PLAN DE EMERGENCIA
4º.- IMPLANTACION
SALUDOS
R TRIPIANA
8 julio, 2002 a las 10:09:13 en respuesta a: Adaptación de maquinaria usada #297669 Agradecimientos: 0Cuando hemos tenido que realizar cualquier modificacion en todo tipo de maquinas usadas y que no clumplian la legislacion vigente lo hemos hecho con la ayuda de una OCA, en nuestro caso Eurocontrol (91-3194093). Ellos nos han orientado a la hora de las modificaciones necesarias para adecuar la maquina a los requisitos legales que les eran de aplicacion. Estas modificaciones las puede realizar cualquier taller electromecanico de tu zona. Posteriormente nos han certificado dicha maquian en base a la mencionada legislacion.
Saludos
Ramon Tripiana
1.- Es obligatoria la designacion de un delegado de prevencion, independientemente de la forma en que se gestione la actividad preventiva en la empresa.
2.- Esta actividad se entiende que esta cubierta por el SPRL, pero desde mi punto de vista, deberia existir un trabajador que sea el responsable, entre comillas, de facilitar al servicio de prevencion el acceso a los distintos lugares de trabajo, esto es que ayude y facilite con su conocimiento de la empresa y sus riesgos a una mejor y mas eficaz actividad preventiva.
Saludos
Ramon Tripiana
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