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  • #42179 Agradecimientos: 0
    berdejo
    Participante
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    febrero 2003


    Hola a tod@s necesito saber los delegados de prevención tienen derecho a una formación pero de cuantas horas y en que real decreto lo puedo encontrar.

    Saludos y muchas gracias

    #266021 Agradecimientos: 0
    dodge
    Participante
    0
    julio 2001


    La formacion es un proceso continuo por lo que no se debe quedar solo en un numero de horas por lo que si no es una empresa con riegos importantes,(pertenecientes al ANEXO I) lo menos que se debe tener es el curso basico que facilmente te facilitara la mutua con la que trabaje tu empresa.En el siguiente articulo puedes leer la obligacion del empresario a “proporcionar los medios y la formacion en materia preventiva necesarios para ello”

    LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 31/1995 de 8 de noviembre, (B.O.E. nº 269 de 10 de noviembre.

    Articulo 37.Garantia y sigilo profesional de los Delegados de Prevencion.

    Apt. nº2. El empresario debera proporcionar a los Delegados de Prevencion los medios y la formacion en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones.

    La formacion se debera facilitar por el empresario por sus propios medios o mediante concierto con organismos o entidades especializadas en la materia y debera adaptarse a la evulucion de los riesgos y a la aparicion de otros nuevos, repitiendose periodicamente si fuera necesario.

    El tiempo dedicado a la formacion sera considerado como tiempo de trabajo a todos los efectos y su coste no podra recaer en ningun caso sobre los Delegados de Prevencion..

    SALU2

    #266022 Agradecimientos: 0
    jorgar
    Participante
    0
    agosto 2002


    La formación de los delegados de prevención corresponde al nivel básico de prevención de riesgos laborales, o sea, 50 ó 30horas, dependiendo si la actividad de la empresa está o no incluida en el anexo 1 del reglamento de los servicios de prevención, respectivamente.

    Por otro lado, en donde dice que lo tienen que hacer, creo que así, como los delegados de prevención tienen que hacer el curso no sale nada, pero si el la LPRL, leemos el artículo de las competencias de los delagados de prevención, vemos que coinciden con las que autoriza tener la formación en nivel básico de prevención de riesgos laborales, por lo cual se puede sacar una relación directa de que, para ser delegado de prevención, tienes que tener la formación de nivel básico en PRL.

    #266023 Agradecimientos: 0
    NUNE0
    Participante
    0
    febrero 2003


    Hola, espero ayudarte con esta respuesta: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 señala

    Delegados de Prevención tienen un especial derecho a la formación en materia preventiva. Dicha formación:

    1.- Puede ser facilitada por el empresario. Por sus propios medios o mediante concierto con órganos o entidades especializadas en la materia.

    2.- La formación impartida deberá adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos. Dicha formación deberá ser continua.

    3.- El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos los efectos y su coste no podrá ser repercutido sobre los Delegados de Prevención.

    #266024 Agradecimientos: 0
    Tripisub
    Participante
    0
    julio 2002


    Creo que en ningun punto de la normativa actual hace referencia a una formacion concreta, pero en el articulo 36 de LPRL indica cuales son sus conpetencias, por lo tanto para afrontar estas competencias deberan estar lo sufucientemente formados. LA experienca dice que con un curso de unas treinta horas estaran capacitados para asumir sus funciones, ya que conocen la empresa y su operativa por tanto sera sufiencte.

    Saludos

    #266025 Agradecimientos: 0
    ELRIC
    Participante
    0
    enero 2002


    La LPRL 31/95 en su artículo 36 define una serie de funciones de los delegados de Prevención, si estudiamos estas funciones veremos que como mínimo deberían poseer la Capacitación para las funciones de Nivel Básico, en función de la actividad de la empresa de 30 o 50 horas.

    #266026 Agradecimientos: 0
    ffm_65
    Participante
    0
    octubre 2001


    Los delegados de prevencion debe de tener un minimo de 30/50 horas segun el tipo de trabajo. mirate el 1627/97 y el RSP

    #266027 Agradecimientos: 0
    medios
    Participante
    0
    agosto 2001


    Entiendo que el derecho a la formación que debe tener un Delegado de Prevención y cuyo nivel no se determina en la Ley deb ser el ajustado a los riesgos de su empresa. Es mi opinión que el nivel´básico debe ser el mínimo que deban tener los delegados.

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