Respuestas de foro creadas

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  • rruizsan
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    junio 2004


    mmm solo una pregunta.. en esa oferta de cantabria… cuanto pagaban?? por que almenos por el este (catalunya) los sueldos no son nada del otro mundo..

    en respuesta a: Sanciones internas a los trabajadores #199469 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    Simplemente pq, al ser un trabajo muy muy específico, la falta de un trabajador supone para la empresa una pérdida de 600 euros día de media. Por lo que un día de empleo y sueldo, el trabajador lo toma como un descanso y la empresa como una putada…

    Es triste que por fumar la administración sancione al trabajador.. y por no cumplir la ley de prevención no lo haga…

    en respuesta a: Pruebas de alcoholemia #207996 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    yo también trabajo en empresa de transportes, pero en vez de ADR, son transportes especiales, y también tengo un problema similar.

    En temas de ADR, existe una legislación específica sobre estos controles, miratela, puesto que creo que a parte de ser legítimos, son de obligado cumplimiento por parte de los trabajadores.

    Asimismo, tengo una respuesta de la administración con respecto a este tipo de controles en la cual se determina que, los controles se pueden hacer siempre y cuando sea para salvaguardar una situación de riesgo para el propio trabajador o para terceras personas (como es tu caso).

    Ante una negativa de un trabajador, cuenta que es él quien ha de soplar y que, por mucho que sea obligatorio, si no quiere no lo hará, que quede constancia escrita de esa negativa ante testigos.

    Aunque se haya negado, siempre la empresa ha realizado lo que estaba en su mano para la seguridad y salud de los trabajadores.

    En todo caso, si necesitas mas información, enviame un correo a y te haré llegar mi consulta y posterior respuesta a la administración con respecto a este tema.

    en respuesta a: PREGUNTA: SOBRE DESCARGAS DE CAMIONES #214290 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    Tengo el mismo problema que tu, el problema en este caso es que, la grúa cuando deba moverse, moverá a su vez al operario lo cual puede resultar igual o mas peligroso… la solución a este problema es, que si la descarga se realiza en un almacén, se deba instalar una línea de vida.

    Segundo problema, la altura a la que se encuentran, los equipos de protección anticaidas requieren unos metros mínimos de seguridad.. y, por lo que he preguntado en alguna ocasión, la altura a la cual se trabaja (unos 4 metros) está en el límite.

    Es un problema muy grave con una solució muy costosa… otra posible solución, y esto lo he visto en una empresa, es hacer un muelle de carga tal que los camiones quedan a la altura del suelo, de esta forma se elimina el riesgo.

    Ahora… todo esto solo es válido para descargas en almacén, si es descarga en obra… cuando tengas alguna solución factible por favor avisame… ()

    en respuesta a: Coordinación de actividades #214366 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    Estoy completamente de acuerdo con vosotros… pero el problema reside en que se ha sucedido la siguiente línea de actuación:

    1. La empresa contratante solicita los servicios y a su vez una serie de documentación para empezar los servicios.

    2. La emrpesa contratada (yo) tiene todos los papeles preparados y los envía, juntamente con un documento de coordinación de actividades mio que deben devolver convenientemente firmado.

    3. A los días de haber empezado los trabajos, me envían una carta solicitando el certificado de subcontratas y que, no se procederá al pago de las facturas hasta que no se haya entregado.

    Conclusión?? el certificado tarda de 15 a 30 días, mas un día para enviarlo, una semana para repasarlo… mas enviar la factura… repasarla etc… han financiado un pago entre 30 y 60 días aprovechando la ley de prevención.

    Se debe tener en cuenta que el certificado de subcontratas es a nombre de la empresa que lo solicita, no se puede tener uno de cada empresa… sinó de aquellas que lo soliciten, sobretodo si es una empresa como la mia donde cada día hay nuevos clientes y se tiene una cartera de 1400 clientes.

    Mas que una pregunta… es que este tema me cabreó un monton en su momento.

    Gracias.

    en respuesta a: Cobertura en materia de PRL de un becario #214379 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    Primera cuestión a tener en cuenta… el becario es menor de edad?? si lo es debería tenerse en cuenta… ya que existe la protección al menor…

    el puesto de trabajo si existe, ya que hay una persona allí… y el becario debe realizar tanto la formación como la información sobre su puesto de trabajo.

    Por otro lado… no debe ser una reláción tipo ETT ya que no hay el mismo tipo de contrato, el becario no es un trabajador igual que lo es una persona de ETT…

    eso si, el puesto de trabajo del becario, por sus particularidades, debe tener una evaluación de riesgos propia (sobretodo si es menor de edad) y una formació ne información adecuadas a las funciones a realizar.

    en respuesta a: Coordinación subcontratas #233010 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    REPUNTE A LA CUESTIÓN:

    Estoy de acuerdo con todos vosotros… siempre y cuando mi empresa fuera la empresa principal… pero no… mi empresa es la empresa contratada que, a su vez, realiza una subcontrata.

    Y ciertamente, aunque la responsabilidad final sea del empresario, por experiencia propia, tambien recae sobre el subcontratado la responsabilidad de realizar la coordinación (accidente grave, nosotros habiamos realizado la solicitud de coordinación y la empresa principal paso de todo)

    Aqui el problema… tengo que solicitar coordinación a quien tiene la primera responsabilidad de pedirla… aunque a su vez, yo no envio a mis trabajadores, sinó que acabo enviando a una tercera empresa… pero poco a poco voy pillando como solucionar esto que, si fuera con una cartera limitada de clientes seria facil, pero con una cartera de mas de mil empresas.,.. encontrar un método simplificado y que sirva para todos.. se complica en demasia

    gracias a todos por las respuestas

    en respuesta a: empresario q asume la prevencion #245646 Agradecimientos: 0
    rruizsan
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    junio 2004


    El empresario asume la prevención de la empresa, ya que su actividad no se encuentra dentro del anexo I y tinene una plantilla de menos de 6 trabajadores. Lo que si se le exige es que, a la hora de realizar la documentación, un técnico con nivel intermedio como mínimo le haga una evaluación inicial de riesgos, ya que esta debe ser firmada como mínimo por un técnico de ese nivel, no hace falta que sea un SPA. ya que la prevención es asumida por el empersario, el resto de documentación la puede realizar el, si es capaz y si no, contratar a alguien que la haga en su lugar.

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