Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: servicio de prevencion #325201 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Por supuesto que no, solo está acreditado para actividades preventivas.
    Otra cosa es que te recomienden alguna empresa colaboradora que sí te dé ese servicio

    en respuesta a: Limitaciones menores de edad #108243 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Yo también estoy de acuerdo.
    Trabajo en un SPA y a un cliente mio le acaban de poner una sación de 36.000€ (30.000 por ser un menor y 6.000 por incumplimiento del RD 1215) por un accidente que tuvo un menor manipulando una máquina. En este caso, el menor venía de una escuela taller, así que pienso que se lo sacan de la manga.

    en respuesta a: autónomo contrata a autónomo #147284 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    A los autónomos los excluye la ley de prevención pero no el RD 171/2004 de coordinación de actividades empresariales.

    en respuesta a: electricidad estatica #147335 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Nosotros teníamos el mismo problema, y finalmente se solucionó poniendo una serie de humidificadores del ambiente, controlando la humedad (con un higrómetro), y usando líquido de limpieza de reduce la electricidad estática.

    en respuesta a: INSTALACION DE ASCENSORES #224948 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    RD 2291/1985 , REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y MANUTENCIÓN

    RD 1314/1997, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y MANUTENCION

    en respuesta a: Respecto a la evaluación de riesgos #257417 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    La empresa a la que van a trabajar tus trabajadores deberá hacer la evaluación de riesgos del centro, de esa evaluación ellos deberán informarte para que tú informes a tus trabajadores de los riesgos procedentes de ese centro.

    Tú por tu parte deberás hacer la evaluación de riesgos derivados de la actividad que tus trabajadores vayan a realizar en ese centro, ellos no tienen que evaluar un puesto de trabajo que no tienen en plantilla.

    en respuesta a: POLVO DE ALUMINIO. #265438 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    A nivel higiénico no sé qué tipo de consecuencias puede tener, aunque sus propiedades las encontrarás fácilmente en la red.

    Lo que sí sé es que así como el aluminio en sí no es inflamable, sí lo es el polvo de aluminio.

    En este caso sería un fuego de tipo D (Metales), tenlo en cuenta a la hora de ubicar los extintores para fuegos de tipo D.

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    julio 2002


    Somos una empresa que se dedica a realizar tareas de coordinacion de seguridad en obra, por favor enviame tus datoa via e-mail a: .

    Saludos

    en respuesta a: LABORATORIO FOTOGRAFICO ¿RADIACIONES NO IONIZANTES? #268771 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    En la página web del INSHT encontrarás varia información sobre Radiaciones ionizantes y no ionizantes. Yo por ejemplo sé que las radiaciones emitidas en las clínicas al hacer las radiografías son ionizantes, las de soldadura son no ionizantes, etc.

    en respuesta a: suelo cocina #268751 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    RD 486/1997, sobre Disposiciones Mínimas de seguridad en lugares de trabajo

    en respuesta a: reconocimientos médicos #268735 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Exactamente.

    De todos modos, se debe informar a los trabajadores de que los reconocimientos son voluntarios ( a no ser que sean actividades del AnexoI) . Si renuncian a dichos reconocimientos, debe quedar por escrito.

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    julio 2002


    Existen empresas (normalmente ingenierías) que se dedican a la adecuación de maquinaria.

    Podrás escoger dos opciones:

    -Únicamente el informe para la puesta en conformidad de las máquinas, y el empresario mismo en base a ese informe podría realizar la adecuación.

    -Contratar el informe y la adecuación de la maquinaria.

    Suerte

    en respuesta a: ESTUDIO ADECUACIÓN MÁQUINAS #268720 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Quien realice la adecuación de las máquinas debe entregar el empresario como mínimo un acta conforme esas máquinas están adecuadas (sería el Certificado de adecuación), siempre firmada por la persona/s que ha realizado la adecuación. Si las ha adecuado el propio empresario, és el quien debe firmar ese documento.

    en respuesta a: LOS AUTONOMOS #276722 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Tal y como dice la Ley de Prevención de riesgos laborales, los trabajadores autónomos están excluidos de dicha ley, al igual que otros colectivos como Los trabajadores del hogar, Algunos funcionarios (policía, seguridad, etc)…

    Sólo están obligados a implantar la prevención si como mínimo contratan a 1 trabajador.

    Un saludo

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