Respuestas de foro creadas

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  • nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    @JOPRICI wrote:

    A ver si no confundimos al personal, ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDO ATAR EL ARNÉS AL ANDAMIO, ya que si este se viene abajo, el trabajador se cae con arnés y sin arnés. No se pueden dar opiniones a la ligera.

    Si es andamio está correctamente arriostrado es un punto de anclaje perfectamente válido otra cosa será que no esté bien montado y/o arriostrado pero sino puede que sea el mejor punto de anclaje para el operario. Repito… sentido común por favor, lo que vale en para una cosa no vale para todo. Llevo mucho años dirigiendo montajes de andamios y montando también. Para hacer caer un andamio debidamente montado y arriostrado hace falta mucho. Si te anclas a una estructura perfectamente fija ¿Qué problema hay? ¿y si se cae el edificio? Ya me dirás donde pone lo de TOTALMENTE PROHIBIDO en la ley o normativa. Lo dicho no seamos más paistas que el Papa

    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    Yo estoy con Xirgu, esa es mi opinión, y sinceramente, entiendo que es lo más lógico y de sentido común. El problema lo veo en la diferente interpretación que se hace sobre el arnés en otras situaciones. Os pongo el caso de una PEMP (Plataforma elevadora móvil de personal). La máquina dispone de su cesta con barandilla a 1m barra intermedia y rodapié, es decir, protección colectiva. Sin embargo, la inspección de trabajo (por experiencia lo digo) obliga al operario de la cesta a llevar arnés anclado a la misma. De hecho, una de las verificaciones que se hace a la máquina es la comprobación de los puntos de anclaje en la cesta. ¿si hay protección colectiva porque obligar al uso del arnés? La respuesta es, y cierto que también su razón, que el operario puede, en un momento dado, tratar de acceder a algún punto de su área de trabajo subiéndose a la barandilla (no sería la primera vez) con lo que la barandilla deja de realizar su función y si lleva el arnés anclado en caso de resbalón o similar no caerá, de hecho se recomienda anclar el arnés a la base de la plataforma con cuerda corta para evitar que el operario suba a la barandilla. La inspección no hace esta interpretación en el andamio ¿por qué?. Y lo de no anclarte al andamio… en una PEMP estás obligado a anclarte a la máquina por que, según se interpreta, si la máquina vuelca y estás anclado a la estructura el tirón que puede darte la máquina podría destrozarte. Esto es lo de siempre todo ambiguo y poco claro para poder culpar a cuantos mas mejor en caso de accidente. Mi recomendación, siempre sentido común y no buscar tanto el legalismo para evitar la sanción económica. Se trata de evitar accidentes y en eso el sentido común (y la experiencia) hace mucho.
    Yo en el andamio montado y debidamente arriostrado y protegido no considero el arnés para los operarios que trabajan sobre él. En la PEMP si lo considero porque es más fácil que el operario se suba a la barandilla.

    en respuesta a: Obligario luz rotativa y sonora en puente grua #425515 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    Buenos días,

    A mi se me ha dado el caso hace muy poco tiempo. Consultando en diferentes puntos de la normativa existente he llegado a la conclusión (criterio que comparten desde varias empresas mantenedoras de puentes grúa) de que si el puente se maneja con botonera manual de cable, es decir unida físicamente al puente grúa) no hay obligación de la señalización acústico luminosa. Pero si el puente grúa se maneja con mando a distancia si es obligatorio esta señalización. Además, me parece razonable ya que en el primer caso, el operario que lleva la botonera, obligatoriamente estará junto al gancho y lógicamente junto a la carga, pero en el segundo caso el operario podría activar el puente grúa lejos de la carga sin tener una visibilidad total de la zona alrededor de la misma.

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