Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EVALUACIÓN DE RIESGOS EN ACTIVIDADES MINERAS #295337 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    En el tema de minas la cosa aun no está muy clara, ya que tanto minas como trabajo quieren decir la suya. De momento, según mi experiencia, los inspectores de trabajo no se acercan las explotaciones, lo que sí que es cierto es que los inspectores de minas te acaban pidiendo lo mismo que los inspectores de trabajo, lo único que al final va todo firmado por el director facultativo, que por algo es el máximo responsable de la seguridad y salud en la explotación, en el plan de labores.

    Yo creo que sí, o se contrata un servicio o se asume uno propio, porque la LPRL, te la hacen cumplir venga quien venga.

    en respuesta a: Inclinación de Escaleras #295344 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Las dimensiones de la huella y contrahuella lo que hacen es marcarte la inclinación de la escalera, trigonometría, inclinación=arctg(contrahuella/huella)*100, por lo tanto si los valores de huellas y contrahuellas entán dentro de lo que marca el RD486/97, la inclinación también.

    Otra cosa es que se tiene que tener mucho cuidado con las escaleras de servicio para que de verdad lo sean, escaleras para uso esporádico y por personal autorizado, es decir, eso de que todo el mundo esté autorizado y que se acceda cada día, no queda muy bien para decir que la escalera es de servicio, pero todo puede ser.

    Saludos

    en respuesta a: Policia Local #295354 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Bueno, cuando yo tenía que evaluar ayuntamientos, que los tenía, lo primero que hacía era diferenciar en servicios de armas y servicios de no armas, los primeros son los que yo considero que no están cubiertos por la LPRL, como pueden ser persecuciones, tiroteos, detenciones, etc…, el resto de cosas que hagan, sí que considero que es competencia de la LPRL, y más teniendo en cuenta que cuando están en el cuartel, hacen tareas de poco más que administrativos, todo y que ellos crean que son los defensores del mundo. Otra gran parte de su tiempo se la pasan conduciendo, a abaja velocidad, o paseando por el pueblo, cosas que no creo que no les sea de aplicación la LPRL.

    en respuesta a: MEDICIÓN DE RUIDO #295356 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Todo depende del tiempo que inviertas entre la medición y el informe, y el precio por hora que le apliques, que este depende de los gastos en equipos, desplazamientos, sueldos, etc…

    No se en cuanto estará el precio hora, supongo que alrededor de los 55€/h.

    en respuesta a: tanques de almacenamiento de combustible #295367 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    No se si abrá algo más específico, pero para el almacenaje de combustibles mira el Reglamento de Almacenamiento de Productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias, que hablan de como se deben almaecenar los productos etc…

    en respuesta a: Laboratorios de H. I. #295617 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    De estos laboratorios yo sólo conozco 2, supongo que habrá más.

    Uno es el de FREMAP Mutua de accidentes, en Majadahonda

    El otro es el de Asociación Para la Prevención de Accidentes, pero este no me acuerdo donde está situado.

    No conozco más, pero seguro que tienen que haber

    en respuesta a: RIESGOS EN FOTOCOPIADORAS E IMPRESORAS LASER #295572 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Además de los riesgos porvinientes de las radiaciones, debido a la alta temperatura de trabajo se produce la ionización del oxígeno, liberándose Ozono, tan veneficioso en las capas altas de la atmósfera, a nuestro nivel se tiene que controlar la cantidad ya que es irritante, por tener tiene hasta VLA-ED.

    Otro posible problema puede ser el nivel de iluminación para según que tareas.

    en respuesta a: Reconocimientos médicos #295520 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Según lo que leo no.

    ¿La empresa tiene contratada o cubierta internamente la especialidad de medicina del trabajo?

    En caso que la respuesta sea no, que sepas que la tienen que contratar o cubrirla internamente, como cualquier otra actividad preventiva.

    En el supuesto que la tenga contratada, el reconocimiento que le deben hacer no es el general, si no que le debe hacer a cada trabajador uno específico en función de los riesgos a su salud a los que se encuentra expuesto el trabajador, y en función de este resultado es sobre el que se entrega la APTITUD o NO APTITUD del trabajador.

    El doctor de medicina del trabajo con los resultados de las revisiones generales no puede determinar si el trabajador es apto para trabajar, por eso no entregan certificados de aptitud.

    Estos reconocimientos específicos, en teoría, se tienen que facturar a parte, como la especialidad de medicina del trabajo.

    en respuesta a: CONSULTA EXPERTOS #296657 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Yo creo que lo primero que tendrías que saber es exactamente que es lo que tienes contratado, y con ello el modelo organizativo que se ha decidido adoptar en tu empresa. Si realmente lo único que tienes contratado es la evaluación de riesgos,en principio esto es una actividad puntual, y por lo tanto no tendrías por qué revisarla si es que no han cambiado las condiciones de las instalaciones, productos utilizados, maquinaria.

    Por otro lado si lo que has contratado es el servicio de prevención ajeno para la evaluación de riesgos, son ellos los responsables de decidir si la evaluación se tiene que revisar o no, ya que son ellos tu servicio de prevención para esa actividad, y lo que estás pagando no es por el informe de evaluación de riesgos, si no por el servicio de prevención en las actividades que indique el contrato.

    Por lo tanto, lo que tendrías que hacer es mirar en el contrato que es lo que has contratado, si, de todas formas no quieres que vengan a hacer la revisión, pues se rescinde el contrato y punto, que seguro que tiene una claúsula de rescisión del contrato, que supongo que tendrás que denunciarlo con un mes de antelación, sabiendo que en el caso de que lo que rescindas sea un contrato de servicio de prevención, asume el empresario directamente toda la responsabilidad.

    en respuesta a: que hace un auditor prl sara #295740 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Pues un auditor de sistemas de prevención de riesgos laborales se dedica a auditar los sistemas de gestión de la prevención, y que yo sepa no se requiere tener el master de prevención

    en respuesta a: procedimientos operativos seguros #295699 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Lo que más se le puede parecer es el contenido de la NTP-560, que habla de como hacer instrucciones de trabajo, el ejemplo que pone es muy bestia, según entiendo yo, ya que es la instrucción de trabajo en espacios confinados.

    Aquí también tenemos este procedimiento, pero además, para operaciones concretas, por ejemplo, carga de etileno en cisternas, lo que hacemos son instrucciones operativas. El contenido de éstas últimas es más sencillo, simplemente indicamos el objeto de la instrucción, y paso a paso el proceso a seguir, durante toda la tarea, de forma que sea segura. También tenemos un apartado extra de los equipos de protección individual a utilizar, si es que se requiere algún equipo adicional además de los que se tienen que utilizar durante todo el día.

    en respuesta a: Documento de seguridad y salud en minas #295695 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Por lo que yo se la misma evaluación de riesgos es suficiente, y por lo tanto la puede realizar un técnico de prevención de riesgos laborales, ya que este documento es parte del Plan de Labores para el año, y éste último lo firma el Director Facultativo, un Ingeniero de Minas, que lo que hace es asumir él el contenido de la evaluación de riesgos, ya que según la normativa de minas es el Director Facultativo el máximo responsable de la seguridad y la salud en la explotación.

    en respuesta a: empresa de limpieza de residuos solidos urbanos #295818 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    En lo referente a trabajadores minusválidos físicos, mientras la minusvalía no les impida el uso de todos los equipos de protección individual, no veo más problema.

    En el caso de embarazadas, los problemas pueden iniciarse por manipulación manual de cargas, y seguir por contagios con jeringuillas, porque hay cosas para las que se pueden vacunar, pero otras que creo que no, esto lo tendría que contestar mejor un médico de medicina del trabajo.

    en respuesta a: duda a cerca de la prevencion de riesgos. #295845 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    Si es algo que te gusta, de momento en el mundo civil hay salida para la prevecnión de riesgos laborales, sobretodo en servicios de prevención ajenos, ya sean de mutuas o privados.

    Por lo de la dificultad, si has seguido el programa de estudios y te lo has currado mínimamente no creo que tengas problemas para pasarlo, y más trabajando actualmente como técnico de prevención.

    Espero que tengas mucha suerte y que esta nueva estapa profesional que inicias sea de tu agrado.

    jorgar
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    agosto 2002


    Como bien te han dicho en CEAC se tiene que estar en posesión de una titulación universitaria para poder acceder al nivel superior

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