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23 febrero, 2004 a las 15:57:59 en respuesta a: Art. 14 RD 171/2004 “Coordinación de Actividades Empresariales” #256655 Agradecimientos: 0
pERDONAR, SALUDOS TENDRIAS QUE CONSULTAR EL boe 31 eNERO 2004
sALUDOS
23 febrero, 2004 a las 15:54:46 en respuesta a: Art. 14 RD 171/2004 “Coordinación de Actividades Empresariales” #256654 Agradecimientos: 0vER ART 24. boe 31 ENERO 2004
5 febrero, 2004 a las 14:36:48 en respuesta a: CUANDO TE HAS RECICLADO EN ENFERMERIA DEL TRABAJO ?…….años? #272569 Agradecimientos: 0Saludos Miguel,
La verdad que cuando lo termine año 1979, ha sido poco más lo que he hecho, cuando realize el master PRL, toque algo de medicina laboral, si que me gustaria saber, como va a quedar lo de ATS de Empresa, creo que los médico han podido convalidar algo, ….pero y nosostros, algo que ni los Colegios provinciales tocan , ni saben na de na…agradeceria información.
Saludos, entiendo que esa especialidad de vigilancia de la salud, el centro de trabajo debe tener acreditado por la administración o autonomia correspondiente si en la que esta en centro tiene la sanidad concedida, una vez acreditado el servicio médico tendraas el permiso para poder realizar los reconocimientos y alli también te piden los titulares que prestan los servicios, horario de los mismos y matrial para poder realizar o contratos con servicio de prevención especilaidad de vigilancia de la salud donde se contrate los reconocimientos.
Puede ser un servicio Propio y subcontratados el personal.
Saludos.
30 enero, 2004 a las 07:47:23 en respuesta a: FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES #258528 Agradecimientos: 0Te recomendaria que consultases con APA (asociación Prevención de accidentes).
Tienen un libro que no esta nada mal para la gestión y también soporte informatico.
Te dire que te piden toda la documentación relacionada con la prevención, por su puesto que visitarna todos los centros de trabajo y a mi planta por planta y en fabrica, recorrido total.
Evaluaciones, máquinas, coordinación entre empresas, se reunieron con el comite de seguridad y salud (para ver si la empresa les hacia participar en cuanto evaluaciones, y demas temas de prevención), contratos con las diferentes especialidades no asumidas por el propio Servicio de Prevenció e informe de los mismos (ergonomia, seguridad, higiene, vigilancia de la salud), contratos e informes como te decia anteriormente.
La vigilancia de la salud, vino un médico auditor, pues no puede ser cualquier persona no sanitaria (reconocimientos, contratos con los centros de revisiones médicas, titulos del médico y Diplomado enfermeria), si teniamos acreditados el Servicio Médico, para poder ejercer y tener las historias archivadas, por sorteo llamaron a trabajadores y le consultaron los reconocimientos según puesto de trabajo, si el reconocimiento se le habia informado el caracter de voluntario o obligatorio con anterioridad, resultados personalizados a cada trabajador, etc…, Presupuestos para el Servicio de Prevención , investigación de los accidentes e informe y archivo de los mismos…comunicaciones de riesgos, resultados de evaluaciones, etc.
También, titulos de los componentes del Serv. Prevención.
Un saludo.
22 enero, 2004 a las 08:30:12 en respuesta a: SERVICIO MANCOMUNADO EN CONSTRUCCION #259182 Agradecimientos: 0Saludos, tendrias que tener como mínimo dos especialidades Seguridad, Higiene, Ergonomia-Psico y la vigilancia de la salud, que esta última quizas la tengas que concertar con un Servicio de Prevención Ajeno.
En el RD de los Servicios de Prevención, alli encontraras la documentación necesaria.
Plan de Prevención, Gestión de la Prevención, Evaluaciones, Vigilancia de la Salud, Formación, Coordinación entre empresas, y memoria anual de l SP.
Espero que te sirva algo.
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