Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: NECESIDAD DE PROYECTO #168969 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Las obras de edificación están reguladas por la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación).
    Respecto a la Seguridad y Salud en la Edificación, indicarte que es el RD 1627/1997 el que prácticamente sirve de base para establecer las condiciones de Seguridad en la construcción, posteriormente se desarrollo desde el INSHT con la “Guía Técnica para las obras de construcción”.
    También es importante que sepas que existe otra normativa aplicable a las obras:
    Ley 54/2003: Crea la figura del Recurso Preventivo y además establece la obligatoriedad de realizar a los Planes de Seguridad de un Seguimiento y una Planificación de los mismos.
    RD 171/2004: Trata de la Coordinación de las actividades empresariales y en el ámbito de la construcción trata de especificar las actuaciones de los Coordinadores de Seguridad entre otras cosas.
    Posteriormente es importante también que se tenga encuenta otra normativa, como por ejemplo el RD 604/2006, que trata sobre las atribuciones y obligaciones de los recursos preventivos en las obras de construcción.

    Si como veo no estas muy instruido en Seguridad y Salud en la Construcción, hay una revista informática de publicación gratuita y que tendrás acceso a toda la normativa de Seguridad y Salud (incluyendo logicamente la que te he indicado) además de un weblog, Temas de interés (como lo es precisamente el Amianto en la constrcción) e incluso en números atrasados podrás obtener información sobre el Coordinador de Seguridad y el Recurso Preventivo, ya que fueron dos monográficos anteriores.

    A la revista (gratuita) puedes acceder a bajártela desde:

    Si deseas más información, no dudes en preguntarla.

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    en respuesta a: Certificación de Seguridad y Salud #202740 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Como valor del Presupuesto de Seguridad se suele tomar el 2,5 % del PEM (“Presupuesto de ejecucion material” de la obra, que incluye este PEM el Presupuesto de ejecución por contrata PEC, el beneficio industrial BI y el iva).

    J-FR
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    septiembre 2004


    Hola a todos.

    Tengo que indicaros que la revista está desarrollada en leguaje .net,

    Es conveniente que para la instalación de la misma si teneis algún antivirus lo DESACTIVEIS, porque es posible que ciertas librerias de .net las bloquee el antivirus en la instalación, siendo esa la razón por la que algunos servicios no funcionen.

    De todos modos desde AGREGAR/QUITAR PROGRAMAS podeis desinstalar la revista siempre que querais.

    Mi consejo es que os bajeis la revista, posteriormente descomprimirla y por supuesto la escaneis por si en la bajada se ha metido algú virus. Para finalizar la instalais pero DESACTIVANDO momentaneamente el antivirus.

    Recordar que la revista accede a artículos que están en nuestro servidor, por lo que necesariamente el ordenador donde se instale para acceder a toda la información deberá estar conectado a internet.

    J-FR
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    septiembre 2004


    en respuesta a: Plan de Prevención de Riesgos Laborales #209720 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Si se trata de una empresa de Construcción o una Constructora, probablemente tendrá OFICINAS, TALLERES, ALMACENES y estará capacitada para realizar una serie de UNIDADES DE OBRA, por lo tanto el Plan de Prevención de riesgos deberá analizar los riesgos no solo de las actividades de la obra para las que la empresa puede ser contratada en sus servicios, sino también de las actividades desarrolladas en las demás dependencias de la empresa, porque un siniestro puede ocurrir en la obra, pero también en la oficina (por ejemplo un incendio).

    Dicho esto solo me queda decir que deberás analizar puesto por puesto de cada una de estas cuatro posibles áreas de la empresa, una vez definidos los puestos ver los riesgos que tiene, la maquinaria que se manipula y los riesgos que entraña, las medidas preventivas a adoptar, los equipos técnicos y las protecciones colectivas y epis necesarios para evitar los riesgos anteriores.

    Mi consejo es que puesto que NO QUEREIS DEPENDER de un servicio de prevención, adquirais una aplicación informática que os permita con facilidad y flexibilidad :

    1º) Establecer la evaluación inicial de riesgos de todas estas áreas de la empresa y la planificación de la actividad preventiva conforme establece la normativa.

    2º) Permita a partir de esta evaluación inicial de riesgos, realizar evaluaciones periódicas conforme a lo planificado.

    3º) A partir de esta evaluación de riesgos de la empresa, establecer para cada obra teniendo a la vista del estudio de seguridad, el PLAN DE SEGURIDAD.

    Os evitareis muchos problemas, ahorrareis tiempo, formalizareis los documentos adaptados a la normativa vigente (Ley 31/1995, RD 1627/97, Ley 54/2003, RD 171/2004…..) etc…. utilizando aplicaciones informáticas especialmente desarrolladas, como la de UrbiCAD de “Prevención de Riesgos Laborales en Empresas de Construcción”.

    Esta aplicación permite formalizar todo lo necesario desde el punto de vista de la prevención en una empresa constructora, es decir es como un ERP de Seguridad y Salud, es decir que documenta el Plan de prevención de riesgos de la empresa, la Planificación e Implantación del Plan de Prevención, Seguimiento periódico de la Actividad preventiva establecida en el Plan, etc.

    Pero es que además y para cada obra permite a partir de este “Plan de prevención” y a la vista del Estudio q, desarrollar el Plan de Seguridad, el Seguimiento, Planificación e Implantación en obra del Plan de Seguridad y establecer las actividades de Vigilancia y control del recurso preventivo.

    ¿ De donde lo consigues o donde lo puedes ver como funciona ? : Aquí te pongo los teléfonos de contacto : 963 492 144, la web : o un mail de contacto :

    Siquieres verlo funcionar, que te lo expliquen o que te hagan una demo antes de decidirte a comprarlo y logicamente probarlo por el tiempo que consideres oportuno, puedes acceder a : y podrás manejarlo via web.

    Ya verás como vale la pena, ya que por 650,00 € que cuesta te vas a evitar un montón de faena. Solo por el Plan de formación y los Manuales de Emergencia, Primeros Auxilios y Extinción de incendios que incorpora vale la pena.

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    en respuesta a: Urbicad Planes, Estudios, Coordinación de Seguridad #207905 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Mira yp creo que puedes salir de tus dudas manejando gratuitamente el programa, previo que te expliquen el funcionamiento.

    Solo tienes que conectarte aquí : y desde este enlace, te pueden hacer una demo (totalmente gratuita a través de la web) con voz e imagen en tiempo real, además de que podrás probar por el tiempo que estimes oportuno el programa desde tu casa, a través de la web (tecnología que hasta el momento solo dispone UrbiCAD).

    Tú mismo verás como evalúa, podrás evaluar, podrás ver los documentos obtenidos, podrás ver el contenido de los mismos, las características de la aplicación, etc. De verdad, conéctate que vale la pena.

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    en respuesta a: Presto o Urbicad #207896 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Si nos ceñimos a los antecedentes, creo que Presto es especialista desde 1990 en Desarrollo de aplicaciones de Presupuestos y Mediciones, por el contrario, UrbiCAD es desde 1990 especialista en estudios y Planes de Seguridad.

    Creo que ambos son buenos en sus respectivas especialidades, por lo tanto solo hay que ver la gama de productos de Presto (Certificaciones, mediciones, Presupuestos, etc….) y la gama de Productos de UrbiCAD (Corodinadores d Seguridad, Recursos Preventivos, Prevención de riesgos en empresas constructoras, Estudios y Planes de Seguridad, etc..) y saldras de duda.

    Además ni por asomo los contenidos de Presto para Estudios y Planes de parecen a los de UrbiCAD, que permite ene el mismo paquete : Formalizar los documentos de los Estudios, Estudios básciso y Planes de Seguridad, además de establecer el Seguimiento, Planificación e Implantación en obra del Plan y establecer en su caso las actividades de Vigilancia y Control del Recurso Preventivo cuando es necesaria su presencia.

    Desde aquí : te conectas y te pueden hacer una demo (totalmente gratuita a través de la web) con voz e imagen en tiempo real, además de que podrás probar por el tiempo que estimes oportuno el programa desde tu casa, a travñes de la web (tecnología que hasta el momento solo dispone UrbiCAD) y pronto saldrás de duda.

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    J-FR
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    septiembre 2004


    Yo creo que basarte en un guión genérico no te garantiza hacer el Plan de Seguridad bien. Como tú dices, cada uno hace lo que le viene en gana. Por lo cual yo te recomiendo que accedas a la web del MTAS () y te bajes la “Guía Técnica de la Construcción”, que es el desarrollo reglamentario del RD 1627/97 y donde se dice CLARAMENTE el INDICE y el ORDEN que deberá llevar todos los documentos : MEMORIA, PLIEGO, PRESUPUESTOS Y MEDICIONES e incluso los PLANOS. Esta Guía Técnica desde el punto de vista de redactor del Plan de Seguridad te será VITAL.

    También te recurdo que hay aplicaciones informáticas como UrbiCAD () que además de mantener actualizada la aplicación a los distintos cambios normativos, te permite realizar no solo los documentos del Plan de Seguridad, sino toda una serie de documentos que muchas veces se pasan por alto al no ser exigidos por el RD 1627/97 pero sí por otra normativa (Ley 54/2003 o RD 171/2004 entre otras), tales como “Actuaciones en caso de emergecia en la obra”, “Actividades de Vigilancia y control del recurso preventivo en aquellas unidades de obra donde sea requerida su presencia”, “Planificación e Implantación en obra del Plan de Seguridad”, “Seguimiento del Plan de Seguridad”, etc…..

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    en respuesta a: Riesgos en plan de seguridad #210419 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Leete la Guía Técnica Publicada por el MTAS y te haces un CHECK LIST de lo que debe tener el Plan de Seguridad.

    Por supuesto NO LO APRUEBES si no cumple las prescripciones establecidas en el RD 1627/97 o las recomendaciones de la Guía Técnica.

    Es decir que el el Plan de Seguridad deberán figurar los riesgos, estos deberán ser evaluados, indicando a tal efecto si han sido evitados o no eliminados. Es decir que no solo los tiene que evaluar, sino que especificar además si con los EPIS, PColectivas, Soluciones constructivas, etc… los ha evitado o no han podido ser eliminados en su totalidad.

    Si quieres más información o un chek-list, puedes pedirmelo :

    en respuesta a: ¿QUÍEN PONE ESTOS MEDIOS EN LA OBRA? #210968 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Es el Contratista el Responsable de la Seguridad y Salud de sus trabajadores y de las de las empresas que subcontrata.

    Por lo tanto es el que debe velar porque estos medios estén puestos. Es decir es el que debería haber considerado en el Plan de Seguridad la posible existencia de garrapatas y en consecuencia haberlo presupuestado y en la adjudicación de la parte de obra subcontratada debería haber considerado y reflejado esta posibilidad.

    en respuesta a: Delegados de prevención y TC2 #211761 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Deberá entregarte el TC2. Si no lo hace alegando la confidencialidad es por algún motivo oculto que ya te puedes imaginar cual es.

    En cualquier caso, lo que puedes solicitarle formalmente es el TC2 mediante un Acta que le requieras dicho doicumento y a su vez TU te compromentas a guardar confidencialidad de los datos alli reflejados, es decir no los vas a publicar en la obra, ni internamente en la empresa, pero que los tendrás a requerimiento de la INSPECCION DE TRABAJO.

    Ten por seguro que si no te los da es porque no es trigo limpio.

    en respuesta a: compatibilidades del coordinador #211904 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Si se lee el RD 1627/97, obervarás que solo habla de “Técnico competente” y nada más. Posteriormente ya se definió quien era Técnico competente para ser Coordinador de Seguridad.

    Con eso te vengo a decir que en principio puede ser Coordinador de Seguridad cualquiera que reúna estos requisitos. Aunque trabaje en la empresa por ser un empleado, la responsabilidad como Coordinador le corresponde por lo tanto, deberá actuar con responsabilidad en sus actuaciones.

    Respecto a que el Coordinador de Seguridad sea el Autor de Plan, pues es bastante más habitual de lo que parece, ya que aunque no sea el autor material de todo el Plan si lo es en parte de determinados documentos como por ejemplo el Pliego de Condiciones.

    Tampoco dice nada el RD 1627/97 al respecto, por lo que si se cumplen las condiciones : 1º- Nombramiento de Coordinador, 2º-Plan de Seguridad y 3º-Aprobación del Plan, realmente aunque NO SEA ETICO, no deja de ser frecuente.

    en respuesta a: redes en el encofrado con tableros #211974 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Bueno, lo que la inspección quiere es que se cubra el riesgo de caída durante la colocación de los tableros. Lógicamente la solución más asequible es la colocación de redes reutilizables, que es la solución que exigen. Puedes utilizar por ejemplo dispositivos Alsipercha, que también impiden la caída de los trabajadores, pero evidentemente son más caros.

    Si tú crees que el riesgo de caída lo tienes cubierto, solo tienes que especificarlo detalladamente en el Plan (si no está contemplado se puede añadir), de tal modo que cuando se acerquen les indiques el porque no se han colocado las redes.

    En caso contrario, es decir si no tienes claramente cubierto el riesgo de caída al colocar las placas, lo mejor que puedes hacer es colocar las redes.

    J-FR
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    septiembre 2004


    Muchas veces aunque dispongas del Estudio tampoco te sirve para nada, porque está hecho de cualquier manera y no puedes sacar nada claro del mismo. Mi consejo es que desarrolles el Plan de Seguridad partiendo o tomando como base algún otro que tengas realizado.

    Si no te aclaras o no sabes por ejemplo las actividades de Vigilancia y Control del Recurso Preventivo en aquellas unidades de obra donde se requiera su presencia, (ya que dices que se trata de actividades del Anexo II de RD 1627/97), lo mejor es que adquieras alguna aplicación para realizar Planes de Seguridad, que además de establecer para cada unidad de obra las actividades de Vigilancia del RP, te permitirá establecer el Seguimiento, Planificación e Implantación del Plan de Seguridad.

    En esta web : hay muchas aplicaciones de Seguridad y Salud.

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    en respuesta a: Borrador de reforma del R.D 39/1997 #212662 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    ¿ Te refieres al que trata sobre los servicios de prevención de riesgos laborales que tendrán que segregarse de las mutuas de trabajo y convertirse en empresas totalmente independientes y privadas. ?

    Si se trata de este R.D. ya está aprobado y es el REAL DECRETO 688/2005, de 10 de junio, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno.

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