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El p`reven es un huen programa
20 enero, 2005 a las 16:08:37 en respuesta a: ilegalidad del reconocimiento previo a la contratacion #228841 Agradecimientos: 0El empresario tiene que garantizar que una persona que contrata es apta para un determinado puesto de trabajo. si no le hace reconocimiento as través de los órganos competentes ¿Como puede garantizarlo?. Si yo soy empresario y un aspirante a un puesto no quiere hacer ecococimiento, desde luego que no lo contrato, por si las moscas.
A mi entender, para medir ruído en un taller habría que hacer primero sonometrías, y medir a los operarios situados en las áreas de mayor ruído.
Me supongo que a la hora de negociar, hay que hablar de términos que todas las partes comprendan
23 diciembre, 2004 a las 11:19:29 en respuesta a: Compra gafas de protección #230986 Agradecimientos: 0Ese tema se mueve por acuerdos entre partes. Si se incluyen en el convenio colectivo o acuerdo del Comité de seguridad, la Empresa tiene que facilitarlas igual que cualquier otro EPI, y si va a la optica irá dentro de su horario laboral, y gastos pagados.
21 diciembre, 2004 a las 14:23:40 en respuesta a: BLINDAJE DE SALAS DE RADIOLOGÍA #231217 Agradecimientos: 0Viene en el BOE , no me acuerdo cual.
No o están. No tienen relación contractual con la Empresa, y vienen amparados por un seguro de la Universidad. De todas formas, si la Empresa es de riesgo, yo se lo haría, por lo que pudiese pasar.
15 diciembre, 2004 a las 17:50:50 en respuesta a: carta de información al trabajador de obligatoriedad RRMM. anexo I #231821 Agradecimientos: 0No hay formulario “oficial”. A mi entender, los casos son variados, y cada uno tendrá que hacerse el suyo. Unos ” según acuerdo del Comité…” “según orden de Inspección de trabajo….” “de acierdo a la ley de P. de R…” etc
2 diciembre, 2004 a las 15:44:11 en respuesta a: Ley de conciliación familiar y laboral #232939 Agradecimientos: 0El ginecologo sin duda
1 diciembre, 2004 a las 14:39:17 en respuesta a: Medición de exposición a campos electromagnéticos #233979 Agradecimientos: 0Los campos eléctricos de baja frecuencia, como son los de los hornos de fundición no producen alteraciones en la salud, según se deesprende de varios estudios. En cuanto a las mediciones, cualquier servicio de prevención creo puede hacerlo.
16 noviembre, 2004 a las 08:47:05 en respuesta a: Obligacion de reconocimiento medico? #234677 Agradecimientos: 0La empresa contratante tiene derecho a sollicitar los reconocimientos medicos de todas sus contratas. Habitualmente lo tienen registrado en su plan de prevención. Y si no lo tienes no entras
12 noviembre, 2004 a las 17:47:37 en respuesta a: Comunicación de accidentes #234888 Agradecimientos: 0La comunicación de accidentes es responsabilidad del empresario. Actualmente es obligatorio que lo haga a través del programa delta. Los accidentes graves deben ser comunicados en 24 horas a la autoridad laboral ¿ quien es? ¿los gabinetes? ¿inspección trabajo? lo mejor es comunicarselo a lod dos.
Desde donde lo suele decidir el juez. Considero que es desde que sale del portal de su casa
No debes olvidar que la vigilancia de la salud es voluntaria para el trabajador, a excepción de que el médico del tranajo crea que es necesario para presvar la seguridad de sus compañeros. Desde luego depende del riesgo de cada empresa, por ejemplo en trabajos en ruido de mas 90 db tiene que ser anual, pero en banca puede ser trianual
3 noviembre, 2004 a las 14:14:08 en respuesta a: Puede haber penas de carcel? #235736 Agradecimientos: 0La tienes clara amigo: al trullo por todos los lados. En caso de accidente mortal causado por un fallo de diseño de la máquina, tu empresa sería la encausada, y repercutiría contra ti. Desde luego no tiene nada que ver esta responsabilidad con la adquirida por ser persona designada para temas de prevención. En este caso, irias a la carcel si un compañero tuyo se pilla una mano probando la máquina que has diseñado. Bueno, bueno.
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