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18 abril, 2007 a las 07:18:27 en respuesta a: MASCARILLA TRABAJOS ALCANTARILLA #145236 Agradecimientos: 0
En una alcantarilla no puedes asegurarar una concentración de oxígeno suficiente durante todo el tiempo que dure el trabajo, yo entraría con un equipo de respiración autónomo o semiautónomo.Además, debes considerar la probable existencia de atmósferas explosivas si vas a realizar trabajos en los que se generen chispas o la posibilidad de que los operarios lleven equipos que puedan producirlos, como por ejemplo móviles, cámaras o cualquier otro.
Más información que acabo de encontrar:LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO PUBLICA LAS RESTRICCIOENS 2007
El BOE nº 54, del sábado 3 de marzo, publica la RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2007, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante e…Hasta el 30 de junio puedes trabajar con el ADR del 2005. De todas formas en la página del Ministerio de Fomento tienes más información
No,por bromo nunca
En la página web de la BASF podrás encontrar las fichas de seguridad de estos productos, no obstante si me das tu dirección de correo podré enviarte las del citral y las del geraniol que las tengo.
No sé si hay algún sitio donde te puedas encontrar dónde es obligatorio o no, pero si a tu juicio como técnico existe riesgo de que haya riesgo de salpicaduras de productos químicos a los ojos, debes colocarlos.
Tu problema, desde mi punto de vista, no debe ser si Sanidad va y muestrea, cosa muy poco probable por cierto, tu preocupación debe ser la salud de tus trabajadores y desde este punto de vista debes enfocar siempre todas tus dudas. Si sabes que tienes problemas de concentración altas para amoniaco, no dudes en exigir mascaras para este gas, las que llevan la franja verde en el filtro; que la máscara sea facial o no dependerá de tu critrerio, pero no olvides que el amonico puede producir quemaduras en la piel.
La verdad es que no sé de donde puede salir ese talco, pero lo que es seguro es que no proviene ni de la acetona ni de la mek, deberías consultar los otros dos productos y comprobar su composición a ver si eso te ayuda en algo.
Entiendo que este número cas será de una mezcla por lo que tendrías que ver los componentes que lo forman y buscar estos en los VLA del insht, si no es así, ya que este cas no aparece en el instituto no posee valores límite; aunque yo me inclino por que busques sus componentes.
25 febrero, 2005 a las 09:25:30 en respuesta a: Fichas de datos de seguridad #224433 Agradecimientos: 0Sólo tienes la obligación de revisarlas si se ha producido algún cambio en la información de la ficha o si cambia la legislación que le aplica, actualmente la Directiva 2001/58 CE, y también tienes la obligación de avisar a tus clientes, pero no hay plazos.
24 enero, 2005 a las 06:27:24 en respuesta a: Medidas de seguridad en instalaciones de Radiodiagnostico ( rayos X ), aplicabilidad el ar. 14 LPRL y del 21 #228581 Agradecimientos: 0Tu novia tiene los mismos derechos que cualquier persona que trabaja en ese centro si cabe, por ser una trabajadora “eventual” se deben extremar las medidas con ella, debido a su inexperiencia laboral. Yo de ella, hablaría con los representantes sindicales, que en estos temas y más en los hospitales funcionan muy bien y son los únicos capaces de poner en su sitio a algún cazique que todavía nos queda en este administración.
El problama no es sí él trabaja mejor con música o sin ella, el problema es si trabajar con música puede ocasionarle algún riesgo, que no oiga una alarma, la advertencia de un compañero, etc.
Vamos, ese es mi punto de vista
Es el DNI de un compuesto químico, los productos puros tienen cas y para la mezclas se suele poner el cas del producto o productos mayoritarios aunque cada vez es más frecuente que las mezclas tambíén tengan su propio cas. CAS significa Chemical Abstract Service. El CAS es obligatorio que aperezca el las MSDS, en etiquetas y otros documentos ya que es una forma fácil y rápida de identificar a un producto
En las directivas no se obliga a nada, se recomienda; es en la trasposición a derecho interno donde cada país lo hace obligatorio. En lo que se refiere a esta directiva 2001/58 o la anterior la 91/155 tienes que irte a las legislaciones de cada uno de los países miembros para comprobar que han hecho en este punto. En España sí es obligatorio que te la suministren en español, cómo mínimo RD 255/2003 Art.13 pto.5, pero además te puedo garantizar que todos los países de la CE también lo han hecho porque yo ya tuve que lidiar con este tema no hace mucho.
Da igual que el producto sea o no peligroso, la Ficha de Seguridad es obligatoria para cualquier producto o preparado químico.
No, no lo hay. Debes tener en cuenta que es una trabajadora que tiene una sensibilidad especial durante este periodo de tiempo y por tanto la debes proteger de una forma especial, pero no tienen límites distintos
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