Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EPIs -gafas draduadas- y trabajadores ETT #210443 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    No estoy de acuerdo con las respuestas anteriores, aunque debería ser así en algunos casos. La obligación de proporcionar los EPI’s a un trabajador es de la empresa para la que trabaja, que es la ETT.

    En algunos casos, tiene sentido que sea así, cuando se trata de EPI’s con talla o número (por ejemplo calzado), y el EPI está relacionado con la profesión del trabajador. Es decir, la ETT tiene un peón de almacén como trabajador y lo pone a disposición de la empresa usuaria, proporcionando la ETT el calzado de seguridad.

    Pero en el caso que el EPI sea específico de los riesgos de la empresa usuaria y no del tipo de trabajo que haga el trabajador, parece más lógico que lo proporcionara la empresa usuaria. No he encontrado aún ninguna normativa, criterio de Inspección, …., que así lo indique.

    Lo práctico es que este tipo de cosas queden claras en los contratos que realizan las ETT’s con las empresas usuarias, indicando quien los proporciona y quien los paga.

    Crista
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    marzo 2002


    Yo no he trabajado en coordinación de obras y no sé mucho, pero sí como técnico en prevención de riesgos laborales. Te doy un consejo más genérico como “colega”. CÚBRETE, DESCONFÍA !!!. Ponlo todo por escrito y asegúrate que indicas todo lo que crees necesario para asegurar la seguridad de la obra.

    SUERTE

    en respuesta a: Mutuas, o servicios de prevención ajenos??? #210408 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Estoy de acuerdo con Berbo. No depende de si es Mutua o SPA, sinó de cúal de ellas. Los sueldos son más o menos iguales. Depende más de la época en que se empezó a trabajar que no en el tipo de empresa. Quizás sí es más habitual que haya más formación en las Mutuas, pero tampoco hay tanta diferencia. Además con la nueva normativa de separación de los SPA’s de las Mutuas en Sociedades de Prevención, cada vez se parecerán más los dos tipos de SPA.

    Respecto a trabajar de manera más profesional, no hay que ser inocente, se trabaja en todas partes según lo que quiere el cliente y la importancia que tiene éste como tal.

    Crista
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    marzo 2002


    Estoy de acuerdo con vosotros. Lo que debemos hacer es pertenecer a alguna de las múltiples asociaciones que existen para que nos informen bien y poder tomar parte o al menos dar nuestra opinión sobre los requisitos y condiciones tras los cambios, antes de que esté todo decidido.

    en respuesta a: alquiler de aparatos de Medición #211234 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Lo puedes alquilar en Laboratorios Echevarne. Disponen de un departamento de seguridad industrial con experiencia. Puedes alquilar solo los aparatos, o también contratar un técnico para que haga las mediciones.

    en respuesta a: Conocer Uralita #211229 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Aunque lo que dice es cierto, si no pensabas modificar esas placas, es decir, cortarlas para desmontarlas, no debes preocuparte, ya que lo peligroso del amianto són las fibras o el polvo que se genera cuando se manipula. Para desmontar y retirar ese tipo de placas se debe cumplir unas normas concretas descritas en la legislación vigente (busca en la web del INSHT). Yo te recomiendo que pidas presupuesto a una empresa especializada, ya éstas disponen de los permisos adecuados, y los medios necesarios para realizar el trabajo y eliminar los residuos. Tengo entendido que es bastante caro.

    Crista
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    marzo 2002


    Yo también añadiría a los técnicos de nivel básico, que ejerzan de profesionales de la prevención, tanto en empresas de cualquier sector como trabajadores designados, o como técnicos en Servicios Ajenos de Prevención (los hay, al menos en mi empresa).

    Respecto a lo de crear un sindicato, también se comentó en Zaragoza, pero enseguida nos dimos cuenta que es un concepto diferente. La asociación pretende defender la profesión de prevencionista (fomentar la calidad), mientras que un sindicato se debe a la defensa del prevencionista como trabajador (convenios colectivos, condiciones laborales, ..). Evidentemente, la colaboración entre entidades de ambos tipos deberá existir.

    en respuesta a: comite de seguridad e higiene #217571 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Si estás en Catalunya, existe un registro oficial para los delegados de prevención y para el CSS, en el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya. Consulta la web

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    en respuesta a: Zaragoza 2005: Propuesta. #217888 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Como participante del encuentro me añado a la firma de la propuesta, esperando que sea este el inicio de una aventura que implicará mucho esfuerzo pero un gran beneficio común.

    en respuesta a: SAFETY CLEAN??? #288036 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Lo que dice Tone es cierto. Yo lo he visto también en talleres de reparación de vehículos. Pero cada vez mas se está substituyendo este producto por otro menor dañino. Se suele substituir por razones medioambientales y por eso en muchos talleres les queda la idea de que el producto no es dañino. Sí tiene cierto riesgo, pero normalmente no es manipulado por el personal del taller, sinó por una empresa externa que lo substituye. El mejor consejo que ya te dá Tone es que les indiques que pidan la ficha de seguridad al proveedor del producto y sigan sus indicaciones.

    en respuesta a: EPI (Veterinario) #288027 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Creo que los EPI’s que debes incluir como necesarios dependen de las funciones concretas que realices como veterinario en el matadero.

    Para empezar se me ocurre el calzado antideslizante, ya que normalmente el suelo de los mataderos suele estar lleno de agua. Guantes de látex como mínimo para evitar el contacto directo con cadáveres de animales que pueden llevar enfermedades que tu conoceras mejor. Si tu trabajo implica el uso de herramientas de corte, puede ser necesario el uso de guantes contra riesgos mecánicos (incluso guantes de malla). Si utilizas algún producto químico debes buscar los EPI’s en las fichas de seguridad (guantes contra productos irritantes, corrosivos, …; mascarillas, etc). Aunque creo que no es el caso (tu lo sabrás mejor).

    No se me ocurre nada más. Piensa en todo lo que utilizarias y qué harias. Es cuestión de sentido común.

    en respuesta a: LICENCIATURA EN PREVENCIÓN #294431 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    NO he oido hablar del caso. Pero como aún no existe la licenciatura, dudo que hayan ya previsto las convalidaciones. Puedes intentar consultar en la web de la Universidad de Barcelona () donde realizan un Graduado de titulación propia, pero que aspira a ser la futura licenciatura.

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    en respuesta a: DUDA QUE TENGO #294421 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Los Servicios de Prevención ajenos suelen tener contratado una poliza de responsabilidad civil que incluye a los técnicos de manera individual. Si trabajas en uno consultalo. Si trabajas en una empresa, piensa que el seguro está para cubrir demandas civiles en las que se exige una compensación económica. Normalmente no se pone una demanda al técnico. Esta seria por negligencia. También debes tener en cuenta que cualquiera pude ser objeto de esta demanda, no solo el Técnico de Prevención, también empresario, mandos intermedios y trabajadores. Y ten en cuenta que puedes ser objeto de demanda en otras actividades d ela vida cotidiana, como conducir un coche, etc.. si hay negligencia.

    Pero tampoco me atreveria a aconsejarte que no la contrataras.

    en respuesta a: INGENIERO TÉCNICO DE PREVENCIÓN #294415 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Creo que el verdadero tema de debate es cúal es realmente el trabajo de un Tecnico de Prevención.

    Estoy de acuerdo en que en una empresa donde el mayor riesgo sea el manejo de máquinas peligrosas, un Técnico de Prevención “interno” de la empresa puede trabajar mejor si es ingeniero. En una empresa química o laboratorios, un químico. Etc.. Porque aunque otras titulaciones servirian igual, tardarian más en conocer los problemas y aplicar soluciones. (aunque acabarian haciéndolo).

    Pero el Técnico de Prevención no siempre se dedica a la Seguridad de las máquinas, y este es el error que se comete de concepto, debido a las tareas tradicionales del Experto en Seguridad. No hay que confundir la Seguridad y Salud, con la Seguridad Industrial. Recordad que para ser Coordinador de Seguridad en obras no es necesario ser Técnico de Prevención.

    El caso del Servicio de Prevención Ajeno es diferente, según creo. Llevo 2 años y medio trabajando en este tipo de empresas y la conclusión a la que he llegado es que un Técnico de un SPA lo que realmente hace es implantar procedimientos de gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Sí que se realizan informes técnicos, pero los básicos: evaluación, plan emergencia, etc.. No se realizan normalmente estudios más específicos como comprobar el cumplimiento de RD 1215, o estudios de seguridad de incendios; ya que las empresas que contratan no pagan las horas y recursos que estos estudios supondrían. Sí se realizan al contratarlos a parte.

    Para realizar una evaluación de riesgos no es necesario ser especialista en todo (además de imposible). Seria necesario ser ingeniero en especialidades diferentes (electricista, etc..), químico, psicólogo, bombero, … Lo que necesitas es una sistemática de toma de datos y un método de valoración eficaç, útil; y sobretodo sentido común, ser observador, y saber leer entre líneas cuando se pregunta a empresario, trabajadores, etc.. Lo importante es detectar los riesgos y proponer medidas correctoras, que normalmente no requieren grandes conocimientos de ingenieria.

    Un SPA puede tener Técnicos de diversas titulaciones que colaboran entre ellos para las consultas necesarias.

    Estas conclusiones a las que he llegado no se corresponden a lo que el reglamento de servicios de prevención indica, o mejor dicho, a lo que la Inspección de Trabajo entiende. Todo es cuestión de interpretaciones legales, que nunca son únicas.

    Será necesario definir claramente cúal es la función de los SPA’s. Pero está claro que para poder realizar realmente TODA actividad de prevención de riesgos en la empresa, el Técnico deberia estar alli cada día, y eso es el sueldo de un Técnico interno.

    ¿No existe un chat en esta web para estos debates?

    en respuesta a: ESTUDIOS UNIVERSITARIOS PRL??? #294502 Agradecimientos: 0
    Crista
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    marzo 2002


    Me extraña que sea ya el año que viene cuando exista la Licenciatura que sin duda acabará existiendo.

    Cuando salió la directriz europea sobre PRL, ya se pensaba en la existencia de una carrera universitaria. Y, perdonarme porque me dá pereza consultarlo ahora, pero creo que el mismo reglamento de Servicios de Prevención (RD 39/97) ya comenta que mientras no exista dicha licenciatura, se acreditará centros para la formación de los diferentes niveles.

    Actualmente existe el Graduado en PRL por la Universidad de Barcelona (UB), la UPF, y otras entidades, que de momento acreditan como Técnico Superior. Es una titulación propia de estos organismos, que equivale al Superior con dos especialidades, si no me equivoco. Este título está organizado igual que una carrera de 4 años, y seguro que acabará siendo licenciatura cuando sea aprovado por el Ministerio correspondiente (como ocurrió con otras licenciaturas: Medio Ambiente, …). No he tenido notícias que sea pronto.

    Espero haber sido de ayuda.

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