Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: FORMACION AULA PERMANENTE #334657 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    En el mundo real, si te pueden exigir la formación de nivel inicial según la FLC aunque seas una empresa del metal. Si bien ahora (una vez que empiecen a homologar a las entidades formativas) se podrá dar con la certificación de la Fundación del Metal. El temario es el mismo, para el curso de 8 horas de nivel inicial y para el de directivo de 10 horas, así como el Curso básico, etc. Las entidades formativas homologadas por la FLC podrán homlogarse para el METAL de manera más rápida ya que ya han sido controladas por la FLC. Incluso se permitirá que los cursos de nivel productivo que se hayan dado sean válidos. POr cierto, estos cursos sólo los pueden dar las empresas homologadas, ya que si no estarían tomándo el pelo al trabajador y la empresa.

    en respuesta a: ¿SE PUEDE…? #323885 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Si la otra entidad está homolgada y cominica a la FLC que eres profesor, no hay problema.

    Si trabajas en un SPP no vas a hacer la competencia a tu empresa, ya que tu trabajo se circunscribe a una sola empresa.

    Otra cosa es que la formación deberías hacerlo fuera de horario de tu empresa.

    en respuesta a: tiempo invertido en reconocimiento médico. #320931 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    No hay excusas. Cuando un trabajador se hace un reconocimiento médico se considera tiempo efectivo de trabajo (imagina que tiene un accidente en la consulta médica, es accidente de trabajo) y por tanto remunerado, sea o no en jornada laboral habitual, así que si se hace fuera de la jornada o se compensa con descansos o se paga a parte, eso siempre que el trabajor quiera, ya que su contrato (o el calendario laboral firmado) tiene un horario que se debe cumplir. Leete el art. 14.5 de la LPRL (el trabajador no va prestar sus servicios gratis, ¿no?).
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    en respuesta a: gafas de seguridad…. #320919 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Es una estupidez y un sin-sentido, por muchos motivos, usar un EPI cuando no hay exposición al riesgo.

    en respuesta a: Formación #320890 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Se puede contratar con quien tu quieras y lo que quieras con cada uno, no hay límites. El problema con algunos SPA es que no están acostumbrados a ofrecer servicios a la carta, sólamente el contrato tipo (y si puede ser lo más inconcreto posible, para evitar responsabilidades).

    en respuesta a: Zona paso minusvalia #318028 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Hombre, no vas a encontrar nada que diga que si un trabajador lleva muletas el espacio detras del mostrador es ????. Lo normal es intentar aplicar normas que, por analogía, sean útiles para el caso que estudias. Desde la Ordenanza de Seguridad e Higiene se viene diciendo que 80 cm es el espacio mínimo libre que debe disponer un trabajador para el paso (salvo excepciones). Con el RD 486/1997 se puede entender que siempre el espacio mínimo es de 1 m. (como los pasillos de paso habitual) Aunque hay normas (depende de la comunidad autonoma) que hablan de barreras arquitectónicas que marcan un mínimo de 1,2 metros para los pasillos. Usa el sentido común y a ver si se puede corregir en la empresa. Por cierto, no te obceques con ciertas correcciones como esta, que el caso de algunas empresas es imposible de corregir a menos que se trasladen o que eliminen el puesto (o cambien al trabajador).

    en respuesta a: Libro de incidencias #317102 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Si que puedes. EL problema es en la manos que quién esté realmente y si te dejarán escribir ahí, sin crear una polémica innecesaria y poco productiva. Lo normal, en el mundo real, es que el coordinador de la obra sea el que simpre escriba y anote solo lo que él vea.

    en respuesta a: Extintores en obra #317109 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Mira, que yo sepa no hay nada para obras. Usa el sentido común dependiendo de en que fase de obra te encuentres, mirando con cuidado los materiales costructivos empleados, los cuadros eléctricos, los materiales almacenados, etc. Como criterio más restrictivo puedes usar el de 15 metros de recorrido lineal hasta el extintor, o sea un extintor cada 30 metros, por planta. Pero como no hay nada yo creo que puedes usar menos en la mayoria de los casos. Nadie puede apoyarse en ninguna norma legal para poder exigirte nada, salvo que la exigencia ambigua de que haya medios suficientes para controlar un posible incendio.

    en respuesta a: cURSO DE EMERGENCIAS #317113 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    El que se haga o no ameno depende del tutor y su experiencia, aunque haya temas que den más juego. He asistido a una clase de agentes químicos en que la gente no paraba de reirse. Yo mismo he dado clases de conceptos generales de la prevención y he conseguido arrancar algunas risas del personal y lo más importante he conseguido que se crean algunas cosas de las que he dicho (como que la prevención es “útil”).

    en respuesta a: Escalera fijas silos #317133 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Mira es muy facil. Dile a tu cliente que en ningún sitio dice que es obligatorio. Pero que si alguien se cae (aunque sea antes de llegar a lo 4 metros de la proteccion circundante -que por cierto es inentendible porque no son 2 metros, en vez de 4-) puede ser responsable de las lesiones o la muerte del trabajador, ya que un inspector puede indicar que con un arnes y la cuerda no se hubiera lesionado y/o matado. Dile que haga lo que quiera. Que en un 99,99 % no le sancionaran a menos que pase algo, en cuyo caso el % dependerá del inspector actuante.

    en respuesta a: documentacion cuando tardan enviarla #316540 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Uno muy fácil, si eres la promotora. Amistosamente te digo que si no me traes todos los papeles no cobrarás las certificaciones de obra.
    Veras como se pega patadas en el culo.

    en respuesta a: Cambio de puesto de trabajo #315780 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Pero chiquillo como vas a cambiar al afectado por moobing. El moobing está penado. Otra cosa es que dentro de la empresa no se pueda demostrar con seguridad o que solo haya algunos indicios y para evitar problemas mayores se cambie al trabajador. Pero el supuesto acosador debe ser vigilado o reterido cuanto antes ya que puede volver a las supuestas andadas. Si está “claro” que es acoso moral se debe denunciar y proponer medidas disciplinarias, y que la Ley actue contra el acosador.

    en respuesta a: muerte por suicidio #315789 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Pues claro. Además ya veras como de oficio se levanta una investigación. Otra cosa es mandar el delta. En caso de duda pregunta a la policia.

    en respuesta a: PROGRAMA PARA DIAGRAMA DE CARGAS CARRETILLA ELEV. #315747 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    Pideselas al fabricante. Es posible que venga con la propia documentacion de la máquina. Además en las propias máquinas debe venir un pequeño detalle

    en respuesta a: EPI´s contratas #74776 Agradecimientos: 0
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    mayo 2002


    La obligacion de entregar los EPIS es de la empleadora de los trabajadores. No hay mas vuelta de hoja. En el mejor de los casos podría aprovechar vuestra experiencia para solicitaros asesoramiento sobre el EPI mas adecuado, pero la obligacion es de ella

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