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con qué empresa lo estás haciendo?. nosotros también queremos certificarnos. tenemos el sistema implantado y en funcionamiento. sólo sería pasar la auditoría de certificación. de qué sector eres?. un saludo.
existen normas como la HD 1004 y UNES
25 agosto, 2003 a las 14:27:30 en respuesta a: accidente de trabajo no probado #271921 Agradecimientos: 0si ya le has dado el parte para asistir a la mutua, incrementará la estadística de siniestralidad de la empresa.
si le has dado el parte y después sabes que ha sido simulación de accidente de trabajo, puedes aplicar las medidas sancionadoras de tu empresa ya que en el convenio colectivo (el nuestro es el metal) viene recogida como infracción muy grave la simulación de accidente o enfermedad. pero tienes que poder demostrar que fue una simulación.
en adelante, no des partes para asistencia en mutua si no va acompañado del informe de investigación de accidente de trabajo realizado por su superior o al menos, por su visto bueno. llama siempre al responsable del trabajador para que te cuente qué ha pasado. si el responsable te dice que no ha estado realizando los trabajos que supuestamente originaron el accidente, no le des el volante.
yo he tenido que recurrir a esa medida, previa información y acuerdo del comité de seguridad.
un saludo.
accidente de trabajo lo mires por donde lo mires.
por cierto, nos han dado por enfermedad profesional un infarto que sufrió un trabajador en nuestro centro de trabajo. nos han comentado que es política de las mutuas considerarlos así, aunque ocurriera en la jornada laboral y hasta en el propio centro. le ha pasado a alguien más?. un saludo.
25 agosto, 2003 a las 14:02:30 en respuesta a: Sobre la elaboración de planes de prevención #271520 Agradecimientos: 0no se puede contratar con un técnico de prevención como profesional liberal. dicho técnico debería formar parte de un SPA, contratando entonces parte de la prevención con el SPA.
un saludo.
25 agosto, 2003 a las 13:50:39 en respuesta a: MEMORIA Y PROGRAMACIÓN ANUAL DE ACTIVIDADES #271261 Agradecimientos: 0sí, es obligatorio: la programación anual te la tienen que dar al inicio del periodo cubierto por el contrato o renovación; la memoria te la darán al término del periodo. si no te han dado aún la programación,´pídela. y que te la den totalmente cumplimentada porque los inspectores se fijan mucho en ella (ej. que venga bien el número de horas de dedicación a cada actividad o el coste fijado).
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