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25 octubre, 2007 a las 16:08:58 en respuesta a: QUE SE DEBE HACER AL ACABAR UNA COORDINACION #124014 Agradecimientos: 0
En mi empresa, al menos, al terminar, se firma un acta por el coordinador, la contratra y el promotor dando por finalizada la coordinación. Sí me gustaría saber qué se hace con el libro de incidencias ¿Se lo queda la contrata o el promotor? ¿Debe guardarse durante cinco años o no?
24 septiembre, 2007 a las 17:38:37 en respuesta a: ¿Cuando es necesario el carnet de gruísta? #127686 Agradecimientos: 0Muchas gracias a todos. No he vuelto a pasar por la obra, pero sí le he pedido a la contrata los documentos de la máquina… A ver si los envia. De todos modos esta semana tengo que volver, le haré una foto y le pediré al operario los papeles de la máquina a ver… si eso ya os contaré
Bueno, quería decir que la contrahuella es de 45 cm, y luego hay dos escalones más con contrahuella de 10.
Desde luego, existe riesgo de caída, pues lo viví en mis carnes, pero no sabía si existía una altura mínima o un número de escalones para obligar a la construcción del descansillo…Acabo de enterarme… Claro que llevo un año en paro.
Totalmente de acuerdo con oskar. Incluso aunque tú no firmes la adecuación de la máquina, si no sólo el informe en el que se numeran sus deficiencias. Si no recuerdo mal, la conformidad de la máquina debe hacerse mediante una empresa… en este momento no recuerdo como se llaman, pero se dedican a ello específicamente, con permiso del ministerio de industria.
Sé que no es esto lo que preguntas, pero vigila el nivel de ruido. Como espectador, en algunas salas es realmente molesto el volumen al que lo ponen.
31 mayo, 2006 a las 06:32:04 en respuesta a: matrícula carretilla elevadora #180921 Agradecimientos: 0Sólo deben matricurlarse aquellas que vayan a circular por la vía pública.
En cuanto la señalización acústica y luminosa, es obligatoria para conseguir su certificación europea (si no las tiene no cumple la norma para el símbolo CE)3 febrero, 2006 a las 07:29:24 en respuesta a: Evaluación de riesgo y horas extras #194911 Agradecimientos: 0Tienen toda la razón, pero la cuestión sigue en el aire. En mi empresa, que tenemos un servicio ajeno de prevención, se nos ha prohibido comentarle al técnico las 3 horas extras diarías más las mañanas de los sábados, pues no debe quedar constancia en ninguna parte de este hecho ilegal.
Desde luego, cuando consiga el título y si sigo en esta empresa, al realizar las evaluaciones tendría en cuenta dichas horas (aumentando alguno de los factores para que no quede constancia, jeje)17 enero, 2006 a las 07:21:13 en respuesta a: PRIMEROS AUXILIOS DE GENTE APILEPTICA #197346 Agradecimientos: 0Bueno, no me ha quedado claro si meter algo en la boca es bueno o no en caso de ataque de epilepsia. Desde luego, mi abuela lo era y mi madre dice que nunca le metieron nada (murió antes de nacer yo).
Lo que si quisiera saber es que si la presencia de un trabajador epiléptico debe ser comunicada a sus compañeros, jefes, etc… o si hay que tomar alguna medida especial.Existe una falta generalizada de conocimiento de la importancia de la higiene dérmica. Se piensa que con estar limpio es suficiente.. Además, los productos que no dan cuidados especiales o no estan testados dermatológicamente son más barantos. En mi empresa, incluso,hay gente con dermatitis que debe traerse sus propios productos, pues la empresa no se hace cargo.
21 abril, 2005 a las 11:37:17 en respuesta a: calefacción en aseos y retretes en los lugares de trabajo #219654 Agradecimientos: 0Potitos tiene razón, los aseos, vestuarios y otros departamenton incluídos específicamente dentro de los lugares de trabajo por el Reglamento, por lo que deben cumplir también la normativa. En mi pregunta anterior también tenía ese problema pero es claro que los aseos son lugar de trabajo y deben acondicionarse.
Tenéis toda la razón, se nota que lo he pensado poco. Pondré a mi favor el pedazo de gripe que tengo… Muchas gracias a todos.
7 diciembre, 2004 a las 17:37:59 en respuesta a: Obligación de suministrar leche #232635 Agradecimientos: 0Ya me suponía yo que la leche, en todo caso, para atenuar la ingesta de algún ácido. Sólo quería asegurarme de que el empresario no estaba obligado. No he hablado de las medidas de seguridad porque sólo son pantalla, guantes y mandil. Ni siquiera el uniforme lleva tratamiento ignífugo y la ventilación se da cuando se abre la puerta de la nave si no hace frío. No hay ni pantallas para proteger al resto de los trabajadores (de hecho, yo sufrí una queratitis por trabajar en frente de cuatro puestos de soldadura). Ahora la duda es ¿se debe exigir a la mutua que analize los niveles de metales pesados en sangre?
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