Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: DE LAS COTIZACIONES ADICIONALES #230237 Agradecimientos: 0
    blasdany
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    agosto 2004


    Caquito: No se que titulo tienes pero creo importabnte que sepas la diferencia de tu pregunta.

    La tasa de siniestralidad se calcula dividiendo el total de días perdidos en un año por el promedio de trabajadores en ese año multiplicado por cién, la tasa de severidad es el resultado de la división del total de días perdidos en un periodo dividido por el número de lesionados. Esto te arrojará el promedio de días de tratamiento por las lesiones sufridas.

    En la Ley N° 16.744 se establece además la obligación de llevar registro de los índices de Gravedad y Frecuencia.

    La tasa de Siniestralidad se establece para determinar la Cotización adicional, pero en base a tres periodos.

    Esperando haber aclarado tus dudas y atento a cualquier consulta, te saluda atte.

    Blas

    en respuesta a: CALZADO DE SEGURIDAD #239458 Agradecimientos: 0
    blasdany
    Participante
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    agosto 2004


    Solicitar al proveedor la confección especial de este tipo de calzado, asumiendo su costo.

    atte.

    Blas Andrade Osses

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