Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: HUMOS DE SOLDADURA, SIN REALIZAR MEDICIONES #95211 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Buenas tardes.

    Pues yo creo que te viene bien que no quiera hacer mediciones. Al menos, de primeras.

    En caso de que el tiempo de soldadura fuera importante, y no exista una extracción localizada, existe exposición. Así que, le indicas que debe disponer de extracción, y una vez instalada, realizas las mediciones para verificar su eficacia.

    La guía técnica del R.D. 374/2001 te da esa opción: “… pueden obviarse las mediciones para realizar la evaluación del riesgo por inhalación en aquellos supuestos en los que la apreciación profesional del técnico considere que dadas las condiciones de trabajo resulta imprescindible la implantación de medidas específicas de prevención dirigidas a reducir la exposición. Por ejemplo, si hay certeza de una exposición significativa a cancerígenos, o si se han producido efectos imputables a la exposición, o si existen soluciones reconocidas aplicables, y en general cuando se haya tomado la decisión de aplicar en primer lugar medidas específicas de prevención.”

    Eso haría yo.

    As Ak
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    junio 2004


    Buenas tardes.
    No te puede poner ningún problema. De hecho, en la misma normativa indica esta posibilidad (R.D. 39/97, art. 16).

    Saludos.

    en respuesta a: ADPTACIÓN PUESTO CAJA #99586 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Buenas tardes.
    Busca banco isquiático, o semi-sentado.

    Un saludo.

    en respuesta a: Modificación en máquina con marcado CE #99736 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Buenas tardes.
    Pues dependerá de cómo se coloque esa escalerita.
    Imagina que tienen dispositivos sensibles en los bordes para evitar atropellos, y con la escalerita queda una parte sin proteger…
    Si el fabricante te dice que con esa modificación no se hace responsable, teóricamente te conviertes en fabricante tú. Pero para nada es obligatorio una adecuación con una OCA. Es necesario que se reevalúe la máquina,pero en ningún sitio dice que eso debe llevarlo a cabo una OCA.
    Y la declaración de conformidad nueva sólo es exigible si vas a vender el equipo.

    Saludos.

    en respuesta a: Maquinaria con marcado CE pero sin protecciones #99815 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Juan Emilio tiene toda la razón, muchas veces “nadie” comprueba que la máquina sea realmente segura, sólo el fabricante.
    Si es una máquina que no entra en las que aparecen en el Anexo IV del R.D. 1435, el fabricante únicamente deberá elaborar su ETC (expediente técnico de construcción) y enviarlo a un Organismo Notificado (junto con la declaración de conformidad, en la que indicará que se ha ajustado a la normativa en su fabricación: directiva 89/392, normas UNE…). Tras ello, el ON emite un CERTIFICADO DE QUE HA RECIBIDO TODA LA DOCUMENTÁCIÓN NECESARIA (sin entrar a valorarla)……y ya está. El fabricante puede colocar el marcado CE.

    La práctica totalidad de las máquinas que he revisado tienen algún problema de seguridad: partes móviles accesibles principalmente. Y vienen así de fábrica (según el manual).
    Eso si, en su certificado de conformidad aparece que cumplen con la Une 294:1993, Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores, con la Directiva de máquinas, etc.

    Bueno, perdón por la parrafada y un saludo.

    As Ak
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    junio 2004


    Además de lo indicado en la respuesta anterior:
    – El R.D. 487/97, que indica los límites de peso cuando quieres proteger a trabajadores especialmente sensibles.
    – El R.D. 664/97, sobre agentes biológicos y el R.D. 665/97 sobre cancerígenos.

    Con respecto a los menores: Decreto 26-07-1957 – Trabajos Prohibidos a Menores. Atención porque hay partes ya derogadas.

    Saludos.

    Embarazo y lactancia: Directiva 92/85/CEE – Medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia.

    en respuesta a: Parada de emergenca en una escuadradora. #114562 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Buenos días.

    Ten en cuenta que una parada de emergencia sólo es necesaria si “el tiempo de parada que se obtiene es netamente más corto que el obtenido mediante la parada normal” (R.D 1215). Es decir, si el motor no dispone de sistema de frenado, la parada no tendría sentido.

    en respuesta a: adecuación maquinaria #114700 Agradecimientos: 0
    As Ak
    Participante
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    junio 2004


    Buenos días.
    Básicamente, una declaración de conformidad es un documento en el que el fabricante firma que cierto equipo se ha construído respetando la normativa sobre seguridad que se aplica a ese equipo (directivas europeas, Reales Decretos sobre máquinas, normas Une, etc). Dependiendo del tipo de equipo, esto será cierto o no (ya que no debe pasar un examen CE tipo, etc).
    Todo aquel equipo de trabajo fabricado con posterioridad al año 95 debe incluirla.

    El certificado de inspección sobre el 1215 de una OCA te indica que una entidad acreditada ha revisado el equipo y declara que cumple lo establecido en el R.D 1215.
    Saludos.

    en respuesta a: cables de acero #127399 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Mírate la norma UNE 58111-91 (Cables para aparatos de elevación – Criterios de examen y sustitución de los cables). En ella se especifica todo lo que necesitas.

    Un saludo.

    en respuesta a: Extintores #130313 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    En el R.D. 486/97 no pone nada de la altura de los extintores.

    En el Reglamento de instlaciones contra incendios (aprobado por R.D. 1942/93) se indica lo siguiente:
    Los extintores estarán situados “preferentemente sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo, a 1,70 metros sobre el suelo”.

    Además, el colocarlos en el suelo suele causar problemas en los extintores (oxidación, apelmazamiento del polvo…).

    Un saludo.

    en respuesta a: Escaleras de mano #131012 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Como te han dicho, mírate un poco el R.D. 2177/2004, que es MUY restrictivo en lo que respecta a las escaleras de mano:
    Para empezar, en los trabajos en altura se deben elegir “los equipos de trabajo más apropiados para garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras”, siempre teniendo en cuenta “que deberá darse prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de protección individual y que la elección no podrá subordinarse a criterios económicos”. También indica que “La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a las circunstancias en que la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo…”.

    Es decir, utilizar siempre que sea posible plataformas elevadoras, etc, en lugar de escaleras de mano.

    En el caso de utilizar escaleras, tener en cuenta que cuando el punto donde trabajemos esté a mas de 3,5 metros (punto de trabajo, no los pies) y se requieran movimientos peligrosos (casi todos los trabajos) se deberá contar con EPI´s anticaída (una forma de decir que no se utilicen escaleras en estos casos).

    Un saludo.

    en respuesta a: hojas de firmas de formacion #130570 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Totalmente de acuerdo con Miguel Angel.
    La hoja de firmas original me la quedo yo (como técnico del SPA). A la empresa se le envía un certificado de asistencia, y a los trabajadores el correspondiente diploma. Y también me quedo copia de dichos certificados/diplomas.

    Un saludo.

    en respuesta a: Zaragoza 2005 Reunión Final #218004 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Muchas gracias Don Prevencio por la foto, muy guapos todos y todas. Agradecer también por mi parte a la Mutua Maz por la cesión de las instalaciones y su generoso aperitivo. Me alegra ver que todos quedamos muy satisfechos de la reunión, de los temas tratados en ella y de la posibilidad de conocer en persona a estos “alias” de los que nada sabíamos. Fue un placer. Y espero que se repita pronto y que todo lo dicho salga adelante. Solo me quedó una pega, al final no pudimos ver todas esas fotos de Xirgu tan…… seguras. Un saludo

    en respuesta a: Zaragoza 2005: Propuesta. #217895 Agradecimientos: 0
    As Ak
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    junio 2004


    Al igual que lo hecho verbalmente por todos los que asistimos a “Zaragoza 05”, apoyo la propuesta sobre la creación de la Asociación. Solo me queda animar a todos los foreros a sumarse a la iniciativa e incidir en que se trata de un paso muy importante (y laborioso) para todos aquellos que creemos en “esto de la prevención”. Un saludo

    en respuesta a: Libro en Red – incendios #243287 Agradecimientos: 0
    As Ak
    Participante
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    junio 2004


    Hola de nuevo, para ver la NBE-CPI 91 mira en esta pagina del BOE:

    Son 52 páginas que tendras que abrir una por una y girarlas. Empieza por la AO 7912. Abrelas sin miedo, son del BOE.

    Suert

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